Personas físicasPersonas jurídicasES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Convocatoria en concurrencia competitiva para actividades destinadas a la promoción de la ordenación del territorio

3.1 El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones para la promoción de actividades destinadas a la difusión y fomento en materia de Ordenación del Territorio. Las referidas líneas de actuación están contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos 2024-2026.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento Tal como regulan la base decimotercera, el órgano instructor del procedimiento de concesión de las subvenciones es el Servicio de la Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias y el órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión de la subvención es la titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio. El estudio y valoración de las solicitudes presentadas se realizará por la Comisión Permanente de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, tal y como se establece en las bases reguladoras (base decimocuarta)
  • Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.
  • Las solicitudes de subvención se presentarán según modelo normalizado que se establezca en la correspondiente convocatoria anual.
  • Junto con la solicitud se acompañarán necesariamente los siguientes documentos, que habrán de
  • Memoria explicativa de la actividad a realizar o ya realizada durante el ejercicio, que habrá de
  • tener el contenido mínimo siguiente:
  • Definición detallada de las finalidades previstas con la actividad a realizar y su vinculación con la ordenación del territorio, con indicación de los temas a desarrollar y programa previsto.
  • Indicación de la duración de la actividad, público al que va destinada, así como el aforo de los locales, medios personales empleados y número de ponentes previstos durante el desarrollo de la actividad.
  • Medios de difusión de la actividad, con indicación, en su caso, de los impactos previstos o acreditados de dicha difusión.
  • Presupuesto desglosado en el que se incluya un cuadro de ingresos y gastos, cuyos importes
  • deberán coincidir. El presupuesto incluirá:
  • En el apartado de ingresos se establecerá la ayuda que se solicita en esta convocatoria y una especificación de los demás ingresos disponibles para su realización.
  • En el apartado de gastos se incluirá el total de los gastos a realizar en la actividad. En el punto 3.4 de esta convocatoria se establecen los gastos subvencionables. Aquellas partidas no subvencionables por esta línea de ayudas deberán ser financiadas con ingresos de otras fuentes, y así deberá constar de manera explícita en la propuesta de presupuesto.
  • Documentos acreditativos de la personalidad y de la representación con la que actúa la persona física que firma la solicitud.
  • Declaración responsable de la persona física o representante de la entidad solicitante relativa a no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Dicha declaración deberá incluir, asimismo, la relación de subvenciones solicitadas o concedidas con la misma finalidad y que se ha procedido o no a la justificación de subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Administración del Principado de Asturias, así como la manifestación de no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
  • Ficha de acreedores, según modelo que se encuentre vigor en el momento de la convocatoria. La aportación de éste documento se puede omitir, si ya han aportado la ficha de acreedores previamente y la entidad figura como tercero validado en el sistema contable del Principado, salvo que se haya producido alguna modificación en los datos en cuyo caso, será necesaria su comunicación.
  • El beneficiario de la subvención deberá acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social conforme exige el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • En todo caso la Consejería competente en materia de ordenación del territorio podrá solicitar la ampliación y/o aclaración de los datos que estime oportunos, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
  • La presentación de solicitudes supone la aceptación expresa y formal de las condiciones que define la presente convocatoria, así como de la cesión que se realice a favor de otras administraciones públicas, de los datos contenidos en la misma y, en su caso, de los relativos a la subvención concedida a efectos de estadística, evaluación y seguimiento.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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3.1 El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones para la promoción de actividades destinadas a la difusión y fomento en materia de Ordenación del Territorio. Las referidas líneas de actuación están contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos 2024-2026.