Personas físicasEstudiantes y educaciónES523 - Valencia / València

Convocatoria del programa de subvenciones “Suport a les famílies per a tasques educatives 2026/2027"

La presente convocatoria tiene por objeto desarrolla r el procedimiento para la concesión de ayudas económicas que financien la adquisición de material escolar para alumnado empadronado en Xirivella y escolarizado en centros privados (Educación infantil), públicos o concertados de la provincia de Valencia…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE XIRIVELLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • El/la menor precisará estar empadronado/a en el municipio de Xirivella en el momento de formalizar la solicitud, salvo casos de necesidad social urgente u otros motivos debidamente acreditados, así como menores en trámite de adopción nacional o internacional o en situación de acogimiento familiar o residencial. Todo ello a criterio de la Comisión de Valoración. Si la falta de empadronamiento del o de la menor obedeciese a motivos imputables a la Administración, bastará el empadronamiento de las madres, padres o representantes legales, empadronando al o a la menor con posterioridad.
  • El/la menor precisará estar escolarizado/a en el ejercicio de la convocatoria en un curso de Educación Infantil, Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio grupos presenciales y semipresenciales o Formación Profesional Básica, y
  • La adquisición del material financiado debe estar comprendida entre la fecha de finalización del curso anterior y el último día de plazo para la solicitud de esta ayuda. En caso de solicitudes para varios/as hermanos/as se deberá formalizar una solicitud y adjuntar un ticket o factura diferente para cada uno/a de ellos/as. El resto de documentación no se duplicará, siendo suficiente su aportación en una de ellas, e indicándose en la misma. En los casos en que los dos progenitores presenten solicitud para el mismo alumno se admitirá la que esté correcta y, en caso de ser ambas, la presentada en primer lugar.
  • Serán requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de las presentes ayudas, los
  • Que las personas beneficiarias de la citada aportación reúnan las condiciones señaladas en el artículo 2 de la presente convocatoria.
  • Que las personas interesadas soliciten la ayuda a partir del día siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Boletín Oficial de la Provincia, según el procedimiento previsto en el art. 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y hasta el día 31 de octubre de 2026. En los supuestos de presentación de manera presencial en el Ayuntamiento, en el Servicio de Educación, se establecerá un calendario para facilitar la entrega de la documentación.
  • Las personas beneficiarias no deben incurrir en ninguna de las causas de exclusión o incompatibilidad especificadas en el artículo 6 de estas bases.
  • Las personas beneficiarias no deben estar incursas en cualquiera de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • - Estar dados de alta en el censo de obligados tributarios mediante declaración censal correspondiente.
  • - Estar en posesión de la correspondiente Licencia de apertura, o haber presentado en el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada, la declaración responsable o comunicación previa que le habilita para el ejercicio de la actividad indicada.
  • - Estar dado de alta y al corriente en el pago de cotizaciones de la Seguridad Social en el régimen correspondiente.
  • - Estar al corriente de las obligaciones tributarias locales y no mantener ninguna deuda con la hacienda municipal.
  • - Pertenecer al siguiente epígrafe: Grupo
  • 4 “Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio, y artículos de dibujo y bellas artes" El Ayuntamiento de Xirivella, establecerá un convenio con los comercios de Xirivella señalados con anterioridad que lo deseen, con el objeto de colaboración en la gestión de la subvención sin que se produzca la previa entrega o distribución de fondos, de conformidad con lo previsto en el
  • documentation
    concesión. El presente programa se rige mediante el procedimiento de concurrencia competitiva al amparo de lo prevenido en el art. 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, y arts. 58 y siguientes del Reglamento que desarrolla la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El procedimiento se iniciará a instancia de parte una vez publicada la convocatoria. Podrán solicitar estas ayudas tanto los padres y/o madres como los/as tutores/as legales que representen al/la menor. Las solicitudes deberán presentarse en los lugares indicados a tal efecto en el siguiente apartado, a través del modelo que será facilitado a todas las personas interesadas. En los casos en que los dos progenitores presenten solicitud para el mismo alumno se admitirá la que esté correcta y, en caso de ser ambas, la presentada en primer lugar. La convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma, en el diario oficial correspondiente, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones, o norma que la sustituya. Patrimoni i Administració General Expediente 2686159C
  • documentation
    Las personas interesadas en las ayudas reguladas en la presente convocatoria y que reúnan los requisitos detallados para ser persona beneficiaria y que estén matriculadas en cualquier centro educativo, ya sea público o concertado, o privado en el supuesto de educación infantil d e la provincia de Valencia, presentarán su solicitud según el modelo de instancia establecido, que se aprobará junto a la presente convocatoria .
  • documentation
    1 La presentación de solicitudes de participación en la presente convocatoria se realizará en los términos previstos en los artículos 14 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tal efecto, las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento de Xirivella, podrán presentar la solicitud y la documentación prevista en la presente convocatoria mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
  • documentation
    En el registro electrónico de la Administración y organismo al cual se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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    En las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • documentation
    En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto desarrolla r el procedimiento para la concesión de ayudas económicas que financien la adquisición de material escolar para alumnado empadronado en Xirivella y escolarizado en centros privados (Educación infantil), públicos o concertados de la provincia de Valencia. Así, la finalidad de las presentes ayudas se centra en el alumnado empadronado en Xirivella y escolarizado en centros privados (Educación infantil), públicos y concertados de la provincia de Valencia, según las previsiones del artículo 2 de la presente convocatoria, que obtendrán la condición de alumnado persona beneficiaria, para que dispongan en función de su matriculación para el curso 2026/2027 de una ayuda, siempre y cuando reúnan las condiciones establecidas en las propia convocatoria, para la adquisición de material escolar, incluidos los libros requeridos para el curso 2026-2027 que no pertenezcan al programa de reutilización, reposición y renovación de libros de texto y material curricular, según Orden 26/2016, de 13 de junio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa de de reutilización, reposición y renovación de libros de texto y material curricular.