Convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a clubes, asociacion…

Título oficial: Convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a clubes, asociaciones deportivas y deportistas individuales sin ánimo de lucro.

La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a las bases reguladoras publicadas en el B.O.R.M. nº 197, de 26 de agosto de 2021, la concesión de subvenciones a clubes, asociaciones deportivas y deportistas individuales sin ánimo de lucro.

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Deportistas, Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORRES DE COTILLAS, LAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Deportistas, Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 35.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán participar en esta convocatoria:
  • Los clubes deportivos legalmente constituidos, adaptados a la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.
  • Aquellas Asociaciones deportivas de régimen general sin ánimo de lucro entre cuyos fines según sus estatutos estén los del fomento del deporte y la actividad física y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.
  • Las solicitudes y el resto de la documentación requerida en las Bases reguladoras, se encontrarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento. La solicitud deberá presentarse en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y se formalizará mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas, conforme al Anexo II de las Bases reguladoras. Se presentará en sede Electrónica por parte de las asociaciones y clubes deportivos y de alguna de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por parte de los deportistas individuales. A cada ejemplar de solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación en copia
  • Entidades Jurídicas (asociaciones deportivas y clubes)
  • Certificado emitido por la entidad bancaria referido al número de cuenta de la entidad o deportista solicitante donde, en su caso, se deba ingresar la subvención (Ficha a terceros). Anexo III
  • Número de identificación fiscal del solicitante.
  • Certificado del acta o acuerdo donde se nombra al presidente/a del Club o Asociación deportiva y credencial de inscripción en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana de este Ayuntamiento.
  • Declaración del Presidente/a de la Entidad o deportista individual sobre las subvenciones o ayudas solicitadas y/o concedidas por Administraciones públicas o privadas para la realización de las actividades para las que se solicita subvención, conforme al modelo que figura como Anexo IV.
  • Declaración responsable de que la entidad o deportista individual no está incursa en alguna de las causas determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme al modelo que figura como
  • Proyecto deportivo de cada una de las competiciones que se vayan a realizar o ya se hayan realizado durante el año de la convocatoria (Anexo VIII-A), determinando de forma clara y precisa la descripción de las acciones que se van a llevar a cabo, para las que se solicita subvención, con su correspondiente presupuesto de ingresos y gastos y la cantidad que solicita de subvención. En el proyecto deportivo deberán describirse todas aquellas actividades, eventos, colaboraciones con el Ayuntamiento, personal contratado, titulación, desplazamientos y cuantos datos permitan aplicar los criterios de valoración que determinan la puntuación final de cada entidad.
  • Certificado emitido por la federación o federaciones correspondientes de los datos referentes a la actividad de la entidad deportiva: modalidades deportivas que se practican, número de equipos, categorías, número de licencias de deportistas, gastos federativos. Este certificado tendrá como finalidad obtener los datos necesarios para puntuar con arreglo a los criterios de valoración.
  • EVENTOS DEPORTIVOS Y LIGAS SIN FINANCIACIÓN: Para optar a ser beneficiario de subvención por la organización y ejecución de eventos deportivos concretos o ligas sin financiación, promovidas por asociaciones o clubes deportivos, además de aportar la documentación general referida a entidades jurídicas, se deberá aportar un proyecto deportivo del evento o liga conforme al
  • Personas Físicas. Deportistas Individuales.
  • Los apartados: a), b) d), e) f), g) y h) descritos en “Documentación General” anterior.
  • Proyecto deportivo para el año de la convocatoria. Anexo VIII-B
  • Copia de licencia federativa en vigor en alguna federación española correspondiente al año de la convocatoria, de la disciplina deportiva para la que solicita la subvención.
  • Declaración responsable en la que conste no pertenecer a ningún club o asociación que ya haya incluido sus méritos y otros criterios individuales en su solicitud. (Anexo IX).
  • Si el solicitante fuese menor de edad, la solicitud habrá de ser rellenada y firmada por su representante legal. Con carácter general y común a cualquier solicitante sea persona física o jurídica, si los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y no se hayan producido modificaciones en los mismos, podrá hacer uso de su derecho a no
  • presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos en el apartado correspondiente del Anexo II.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 3.º Gastos subvencionables · eligible
    Serán gastos subvencionables todos aquellos que estén directamente relacionados con la actividad del club, asociación o deportista a nivel individual o por equipos durante el ejercicio económico de ejecución del proyecto, y referidos a los siguientes
  • Artículo 3.º Gastos subvencionables · eligible
    compensables por la entidad beneficiaria. En este caso, en el momento de presentar la justificación de la subvención, la entidad beneficiaria deberá presentar la declaración prevista en el art. 11.i) de esta convocatoria. Los gastos subvencionables deberán producirse y realizarse dentro del plazo comprendido entre el día 1 de enero y el día 31 de diciembre del ejercicio económico del año de la convocatoria, ambos incluidos. La justificación documental de los gastos subvencionables se realizará conforme a la forma y plazos regulados en el art. 11 de las Bases reguladoras.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a las bases reguladoras publicadas en el B.O.R.M. nº 197, de 26 de agosto de 2021, la concesión de subvenciones a clubes, asociaciones deportivas y deportistas individuales sin ánimo de lucro.