Personas jurídicasES422 - Ciudad Real

Convocatoria del Plan de Empleo 2026

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.000.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron, ajustándose a la normativa de aplicación (anexo IV de la convocatoria).
  • Relación clasificada, firmada por el Secretario-Interventor o Interventor y el Tesorero de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago (anexo V.A de la convocatoria).
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a la existencia/inexistencia de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad, o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto (anexo VI de la convocatoria).
  • Certificación acreditativa de que los documentos que integran la cuenta justificativa se custodian en la entidad beneficiaria, y se encuentran a disposición de la Diputación Provincial a los efectos del control financiero de las subvenciones (anexo VII de la convocatoria).
  • En su caso, carta de pago del reintegro, si se hubiera producido.
  • Para la línea 1, y en el supuesto de modificación de los programas inicialmente aprobados, resolución definitiva de la Delegación Provincial de la Consejería. El órgano gestor comprobará, a través de las técnicas de muestreo, en un porcentaje no inferior al 10%, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes de gasto y pago seleccionados.
  • SUBVENCIONES SUPERIORES A 40.000 EUROS
  • Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron, ajustándose a la normativa de aplicación (anexo IV de la convocatoria). Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 8 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: 4kPSDuWnXUbhgFFGVZdF Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 08/09/2026 13:24:50 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 10/09/2026 13:00:15 El documento consta de 23 página/s. Página 8 de 23
  • Declaración formal del representante legal de la entidad de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, debidamente desglosados, y acreditados mediante la presentación de los justificantes de gasto, en la que se especifique que corresponde a la subvención concedida por la Diputación Provincial, y documentos justificativos del pago de los mismos (anexo V.B de la convocatoria).
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a la inexistencia de otras subvenciones que se hayan obtenido para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto (anexo VI de la convocatoria).
  • Línea 1.- Deberá acompañarse la siguiente documentación:
  • Recibos de liquidación y relación nominal de trabajadores de todos los meses en los que los trabajadores han permanecido contratados, directamente descargados de la página de la Seguridad Social.
  • Justificantes de pago de los seguros sociales.
  • Modelo 111, retenciones e ingresos a cuenta IRPF, de los trimestres que correspondan, y modelo 190, resumen anual, y sus justificantes de pago. Los justificantes de gasto se ordenarán y paginarán según el número de orden que figure en dicha relación, debiendo incluirse cada justificante de pago inmediatamente después de cada gasto. El incumplimiento de este requisito conllevará la devolución del expediente a la entidad local para su subsanación. Con la finalidad de posibilitar las labores de comprobación de la justificación económica por el órgano gestor, deberán remitir asimismo la relación de gastos obligatoriamente en formato EXCEL.
  • Línea 2 . - Deberá acompañarse la siguiente documentación:
  • Nóminas de los trabajadores contratados.
  • Justificantes de pago de las nóminas y de los seguros sociales.
  • Modelo 111, retenciones e ingresos a cuenta IRPF, de los trimestres que correspondan, y modelo 190, resumen anual, y sus justificantes de pago. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 9 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: 4kPSDuWnXUbhgFFGVZdF Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 08/09/2026 13:24:50 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 10/09/2026 13:00:15 El documento consta de 23 página/s. Página 9 de 23
  • DECIMOCUARTA.- SEGUIMIENTO Y CONTROL. Los servicios técnicos de la Diputación podrán realizar labores de asesoramiento, comprobación e inspección de las actividades y/o servicios en cualquier momento, debiendo la entidad beneficiaria aportar las aclaraciones y documentación que se consideren oportunas. Todas las entidades beneficiarias de la subvención deberán custodiar a disposición del servicio gestor por plazo de cuatro años los documentos originales que hubieran sido escaneados y presentados por medios electrónicos en cualquiera de las fases y trámites del expediente, conforme a lo indicado en los apartados 3 a 7 del artículo 28 de la LPAC.
  • JUNTA DE GOBIERNO Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con el Servicio de Subvenciones de la Diputación Provincial (Tfno 926292575, Ext. 1314 y 1312).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo