Convocatoria de veinte Becas Residenciales para estudiantes universitarios, curso 2026/2027, en el Hogar Provincial Antonio Fernández Valenzuela, de la Excma. Diputación de Alicante

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En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • El modelo de solicitud, así como la documentación a aportar se encuentran en la Sede Electrónica de Diputación, en el apartado Trámites, HOGAR PROVINCIAL ANTONIO FERNÁNDEZ VALENZUELA. Convocatoria de becas residenciales para estudiantes universitarios. (https://diputacionalicante.sedelectronica.es/catalog/t/a883d813-42ef-4f3c- a44a-be7887f6bc61) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) Cód. Validación: 6RTJLNSXX3GXXL6XR4M76DFQY Verificación: https://diputacionalicante.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 22
  • Las solicitudes podrán presentarse: a.1) Forma presencial: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registros sita, en la calle Tucumán 8, de lunes a viernes, en horario de 09:00h. a 14:00h. a.2) Forma telemática: A través de la Sede Electrónica de Diputación en el apartado arriba indicado. A tal efecto, es necesario estar registrado para el uso de sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve o, poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe. Para una correcta tramitación puede seguir los pasos indicados en ‘Tu guía de Sede Electrónica’, disponible en el apartado de INICIO. a.3) Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En el cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, (www.pap.minhafp.gob.es /bdnstrans/es/index) una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil el plazo concluirá el primer día hábil siguiente. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales facilitados serán incorporados y tratados en un fichero titularidad de la Diputación Provincial de Alicante con la exclusiva finalidad de gestionar y controlar las ayudas y subvenciones concedidas.
  • Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
  • Instancia de solicitud, según modelo.
  • Fotocopia del DNI del/la solicitante y, en su caso, de su representante legal o de hecho.
  • Certificación académica de las calificaciones obtenidas en los dos últimos cursos realizados (años académicos 2024/2025 y 2025/2026, o en su caso los dos últimos cursados por el solicitante), o fotocopia de las mismas debidamente compulsadas o con firma de la Secretaría del Centro en el que se han cursado los estudios o CSV.
  • Certificación de empadronamiento colectivo en vigor. Cód. Validación: 6RTJLNSXX3GXXL6XR4M76DFQY Verificación: https://diputacionalicante.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 22
  • Fotocopia compulsada o con sello digital de autenticidad de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Si en razón de los ingresos familiares no se tuviera obligación de presentar declaración del IRPF, se deberán acreditar los ingresos de la unidad familiar mediante cualquier documento en donde se consignen fehacientemente dichos ingresos.
  • Fotocopia del Libro de Familia, o cualquier otro documento que acredite la situación de la unidad familiar si procede.
  • Para la descripción de las situaciones socio-familiares especiales, se requerirá informe social emitido por el/la trabajador/a social del equipo municipal.
  • Para la justificación de la diversidad funcional superior al 33% de alguno de los miembros de la unidad familiar, se deberá presentar resolución sobre reconocimiento de grado de discapacidad de la Consellería competente en materia de Servicios Sociales.
  • Para la justificación del criterio condición familiar se deberá presentar el título acreditativo correspondiente.
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Declaración responsable de estar al corriente con la hacienda provincial y no tener la condición de deudor por reintegro de subvenciones concedidas por la Diputación.
  • Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad y violencia de género.
  • Declaración sobre otras ayudas, ingresos o subvenciones para la misma finalidad y, en su caso, importes correspondientes. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acreditará por la propia Diputación, salvo que las personas solicitantes se opongan expresamente, en cuyo caso deberán aportar la documentación correspondiente. En la documentación que se presente, deberá nombrarse cada archivo adjunto según el contenido al que haga referencia.
  • Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante. Cód. Validación: 6RTJLNSXX3GXXL6XR4M76DFQY Verificación: https://diputacionalicante.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 22
  • Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta disposición, se requerirá al interesado/a para que, en el plazo de 10 días, complete dicha documentación exigida. En caso de no ser así se considerará que desiste de su petición.
  • Selección. Finalizado el plazo de presentación de instancias y demás documentación, se constituirá la Comisión de Selección, que estará compuesta por el Diputado de Bienestar de las Personas, la Directora del Área de Hogar Provincial, la Jefa de Servicio Económico Administrativo, la Jefa de Servicio Asistencial, y la Coordinadora de Grupos de Usuarios y Becarios del Hogar Provincial. Actuará como Secretaria, la Jefa de Servicio Económico Administrativo. La Comisión podrá solicitar, asimismo, el asesoramiento de personal técnico del Área de Hogar Provincial para cuestiones puntuales derivadas de esta Convocatoria. La valoración de las solicitudes se hará por la Comisión correspondiente

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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