Personas físicasES42 - CASTILLA LA MANCHA

Convocatoria de una beca de colaboración para la organización y gestión de la plataforma digital del programa mentor y mentor profesional Escuela Superior de Informática de Ciudad Real Universidad de Castilla La Mancha. Curso Académico 2026-2027

1. Se convoca una beca de colaboración destinada a que la persona beneficiaria preste su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en la Escuela Superior de Informática del campus de Ciudad Real, para promover la formación del estudiante en cuanto al desarrollo, implantación, configuración y gestión de una plataforma propia de carácter social para la gestión de las actividades del programa Mentor y Mentor Profesional de la Escuela Superior de Informática de Ciudad Real, lo que permitirá al estudiante conocer el funcionamiento interno de la escuela y las actividades que se realizan, poniendo en prácticas los conocimientos adquiridos durante sus estudios y potenciando…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES42 - CASTILLA LA MANCHA. La gestiona UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
  • Estar matriculado/a en enseñanza oficial de Grado en Ingeniería Informática de la UCLM durante el curso 2026/2027, siendo necesario que el /la estudiante continúe con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. A estos efectos, no podrán solicitar la aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al /la alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado, según proceda, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
  • No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos /as independientes económicamente. En el caso de los /las alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
  • No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual o superior a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
  • No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
  • No se podrá disfrutar de la beca cuando a la persona solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
  • No se podrán beneficiar de una beca de colaboración aquellos /as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal ef ecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla la Mancha.
  • Las solicitudes, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo I II de la presente convocatoria y estarán dirigidas al Director de la Escuela Superior de Informática de Ciudad Real.
  • Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.
  • El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde durante 7 días hábiles contando a partir del día siguiente a la fecha de la firma de la convocatoria.
  • Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos: a. Currículum Vitae (CV). b. Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.
  • Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.
  • Incorporarse a su actividad en el Centro desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
  • Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
  • Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia , el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  • La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del/la solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Un iversidad de Castilla- La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
  • Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
  • Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el /la becario/a, con el visto bueno de su tutor , deberá presentar una memoria de l a actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1. Se convoca una beca de colaboración destinada a que la persona beneficiaria preste su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en la Escuela Superior de Informática del campus de Ciudad Real, para promover la formación del estudiante en cuanto al desarrollo, implantación, configuración y gestión de una plataforma propia de carácter social para la gestión de las actividades del programa Mentor y Mentor Profesional de la Escuela Superior de Informática de Ciudad Real, lo que permitirá al estudiante conocer el funcionamiento interno de la escuela y las actividades que se realizan, poniendo en prácticas los conocimientos adquiridos durante sus estudios y potenciando además, competencias transversales previstas en la correspondiente memoria de los estudios en curso verificada por la ANECA , conforme a l plan formativo de la beca previsto en el anexo I y l a planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.