SUBVENCIONS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE PROMOCIÓN ECONÒMICA DESTINADAS A FOMENTAR EMPRENDIMIEN…

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA EN MATERIA DE PROMOCIÓN ECONÒMICA DESTINADAS A FOMENTAR EMPRENDIMIENTO, CREACIÓN DE NUEVA ACTIVIDAD ECONÒMICA Y LA MEJORA ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO, SERVICIOS PERSONALES Y RESTAURACIÓN

El objeto de esta convocatoria es regular la con cesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a fomentar el emprendimiento, la creación de nueva actividad económica y la mejora de los estable cimientos de comercio, servicios personales y restauración en el municipio de Olesa de Montserrat, de acuerdo con las Bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento de Olesa de Montserrat.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OLESA DE MONTSERRAT.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Personas jurídicas, Comercio.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 26.000,00 €. Plazo: Fin: 14/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que hayan iniciado una nueva actividad económica o desarrollen una actividad de comercio,
  • - José Luis García Medina (TCAT) (Cap de Serveis Jurídics / Instructor), 17/07/2026 12:38
  • - Marc Serradó Mestres (TCAT) (Alcalde), 17/07/2026 12:43
  • Período elegible de las actuaciones Serán subvencionable s las ac tuaciones y gastos ejecutados dentro del período comprendido entre el 27 de junio de 2025 y la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOPB, ambos incluidos.
  • hayan sido efectivamente realizados,
  • estén debidamente facturados,
  • y hayan sido pagados con anterioridad a la presentación de la solicitud
  • Cuantía de la subvención La cuantía de la subvención se determinará mediante un sistema de reparto proporcional en función de la puntuación obtenida por cada solicitud, en relación con el conjunto de solicitudes estimadas y hasta agotar el crédito disponible.
  • Importe mínimo de la subvención: 500 euros. No se otorgarán subvenciones por importe inferior a este mínimo.
  • Importe máximo de la subvención:
  • Líneas 2.1 y 2.2: 1.500 euros El importe de la subvención no podrá superar, en ningún caso, los gastos subvencionables efectivamente acreditados. En el c aso de las líneas 2.1 y 2.2, el importe de la subvención no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables.
  • Criterios de valoración de las solicitudes
  • 1. Sistema general de valoración Las solicitudes admitidas se valorarán de acuerdo con los crit erios establecidos para cada línea de subvención en este apartado. La puntuación total máxima será de 100 puntos para cada una de las líneas. Solo se valorarán los criterios debidamente acredita dos o declarados mediante la documentación presentada con la solicitud, de acuerdo con los modelos normalizados.
  • Línea 2.2: 40 puntos Las solicitudes que no alcancen la puntuación mínima exi gida para la línea correspondiente quedarán excluidas.
  • 2. Criterios de valoración de la línea 1. Nueva actividad económica Las solicitudes se valorarán con un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los siguientes
  • 40 puntos: plan de empresa validado por un Servicio Local de Promoción Económica
  • 30 puntos: plan de empresa validado en el marco de programas públicos de apoyo al emprendimiento.
  • 0 puntos: resto de casos. B. Generación de empleo vinculado a la actividad (hasta 30 puntos)
  • 15 puntos: actividad desarrollada por una sola persona promotora.
  • 30 puntos: actividad con dos o más personas vinculadas a la actividad. C. Inversión vinculada a la actividad (hasta 30 puntos)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es regular la con cesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a fomentar el emprendimiento, la creación de nueva actividad económica y la mejora de los estable cimientos de comercio, servicios personales y restauración en el municipio de Olesa de Montserrat, de acuerdo con las Bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento de Olesa de Montserrat.