Personas jurídicasES707 - La Palma

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS GENERADORES DE EMPLEO

Fomento del Empleo

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 400.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El coste del personal, vinculado al desarrollo del proyecto, entendiendo como tal los costes laborales totales que constituyan la remuneración del trabajador, incluida la indemnización,
  • con las siguientes condiciones: a. Personal contratado exclusivamente para el desarrollo del proyecto de empleo. Se podrá imputar como coste subvencionable el 100 % de los costes laborales totales. Comprenden los costes totales de la contratación de personal desempleado para desarrollar las diferentes acciones. b. Cuando se trata de personal propio de la Entidad beneficiaria no contratado específicamente para desarrollar el proyecto, será necesario acreditar mediante certificados las tareas a realizar y el tiempo de dedicación al proyecto, resultando el coste máximo subvencionable del 80 % de los costes totales del trabajador o trabajadores, en proporción a la jornada laboral dedicada al mismo.
  • Gastos directos derivados de la realización del proyecto, como pueden ser entre otros, los de material didáctico que se distribuyan entre los asistentes o que se utilicen para el desarrollo de las actividades, gastos de materiales, equipos de protección, contratación de servicios externos (formadores, profesionales y/o expertos), gastos de guardería y/o cuidado de personas, becas, ayudas alumnos y seguros (con un límite máximo del 30 % del total del gasto subvencionable del proyecto).
  • Gastos de gestión y administración de la Entidad beneficiaria, que resulte necesario para el normal funcionamiento de la Entidad en la ejecución del proyecto. Deberán estar
  • Gastos de publicidad y difusión del proyecto a realizar por la Entidad beneficiaria (con un límite máximo del 3 % del total del gasto subvencionable del proyecto).
  • Equipos de protección (EPI) o ropa de trabajo para la realización de la formación. Se admitirá la permutación hasta un 20 % entre los conceptos presupuestados definidos anteriormente y previstos en la solicitud, siempre que no sobrepase los límites máximos establecidos para cada concepto y no impliquen modificación de la naturaleza del mismo.
  • PLANES DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO. Los gastos corrientes a los que ascienda la cantidad que se alcance para el desarrollo de la acción formativa, comprenderán los siguientes gastos, los cuales deberán estar contemplados en la solicitud en el apartado del presupuesto de ingresos y gastos y en la memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas en los términos recogidos en la base 17ª.
  • Costes Directos de la Formación:
  • Retribuciones del personal docente: Salarios, seguros sociales y contrataciones externas de profesores.
  • Gastos de material didáctico: Manual didáctico del alumnado, libros y manuales complementarios entregados a los alumnos.
  • Material de oficina: Libretas, cuadernos, lápices, bolígrafos, carpetas, pendrives, etc.
  • Bienes consumibles: Materiales específicos para impartir la formación y los talleres imprescindibles para las clases prácticas.
  • Equipos de protección individual (EPIs) que contemple el plan formativo y el equipaje necesario para las medidas de seguridad e higiene, que serán conformes a la normativa de la ocupación, no pudiendo ser alquilado.
  • Seguros de los alumnos: Pólizas de accidentes y de responsabilidad civil para la fase teórica y práctica.
  • Gastos derivados de la utilización, arrendamiento, cesión onerosa o puesta a disposición de aulas, talleres, instalaciones, maquinaria, equipos y demás recursos materiales acreditados o inscritos necesarios para la impartición de las acciones formativas, siempre que se encuentren directamente vinculados a la actividad subvencionada, respondan a valores normales de mercado y se encuentren debidamente justificados.
  • Gastos de transporte y manutención: Traslados específicos necesarios para el desarrollo de la actividad formativa.
  • Gastos de publicidad, información, de difusión del proyecto y para la captación de participantes a realizar por la Entidad beneficiaria. Se admitirá la permutación hasta un 20 % entre los conceptos presupuestados definidos anteriormente y previstos en la solicitud.
  • Costes Indirectos de la Formación, con los siguientes límites máximos del total de los
  • Personal de apoyo: Salarios de coordinadores, administrativos y personal de limpieza del centro. Límite máximo del 15 %.
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Fomento del Empleo