Personas jurídicasES51 - CATALUÑA

subvenciones para proyectos de investigación en el campo de la prevención de residuos municipales. (Exp. 904308/26)

Título oficial: Convocatoria de subvenciones para proyectos de investigación en el campo de la prevención de residuos municipales. (Exp. 904308/26)

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona ÀREA METROPOLITANA DE BARCELONA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 24.000,00 €. Inicio: 10/07/2026. Plazo: Fin: 30/07/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una instancia dirigida al AMB solicitando participar en la convocatoria de subvenciones, aceptando estas bases y la Ordenanza General de Subvenciones del AMB que se aplicará en caso de dudas. El anexo I puede servir de modelo.
  • El Currículum Vitae del aspirante (o aspirantes en caso de que el proyecto se presente en equipo) de forma que quede claro que se cumplen las circunstancias para concurrir a la convocatoria. Tiene que constar el DNI o NIE y la dirección postal mientras esté trabajando en el proyecto subvencionado.
  • Proyecto de investigación o TFC (máximo 4 páginas) que incluya el cronograma previsto y el beneplácito del director universitario de la investigación.
  • Currículum vitae, máximo una página, del director de la investigación.
  • Presupuesto del proyecto. En caso de que se contabilicen las horas de dedicación, hay que tener presente que no pueden ser más de 25 horas por semana con un máximo de 1.000 a un valor orientativo de 8€/h para el estudiante. También se considerarán gastos justificables las analíticas, desplazamiento u otros materiales necesarios para la investigación. Sobre el total se podrá añadir un 15 % de gastos generales que no habrá que justificar en concepto de material informático, teléfono, bibliotecas, etc. Las solicitudes se presentarán mediante instancia electrónica que se encuentra disponible en la sede electrónica de la AMB.
  • Como órganos competentes se establecen: El responsable de la instrucción del procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones objeto de la presente convocatoria será la Direcció del Servicio de Prevención i Gestión de Residuos. La evaluación de las solicitudes presentadas lo efectuará el órgano colegiado, en conformidad con el que dispone el art . 22 de la Ley 38/2003, general de subvenciones y
  • Presidencia: Ejercerá la presidencia el vicepresidente del Área de Medio ambiente del AMB que podrá delegar en el director de Servicios de Prevención y Gestión de Residuos o el responsable de servicio de Prevención de Residuos del AMB.
  • Vocales: Dos técnicos del AMB, vinculados en el mundo de la investigación en temas ambientales del servicio de prevención de residuos, dos técnicos municipales de la zona geográfica del área Metropolitana de Barcelona y un representante de la Agencia de Residuos de Cataluña.
  • Secretario: técnico de la Dirección de Servicios de Prevención y Gestión de Residuos del CON, o la persona en quien delegue esta tarea. Quién ocupe la secretaría no tiene que ser miembro del órgano colegiado y, por lo tanto, asistirá a las sesiones con voz pero sin voto En el proceso de selección se examinarán conjuntamente, en un solo procedimiento, todas las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido, y se resolverá en un único acto administrativo a favor de la solicitud o solicitudes que cumplan los requisitos previstos a las Bases reguladoras y obtengan, al mismo tiempo, una mayor puntuación en aplicación de los criterios de valoración fijados a las propias Bases. Excepto por aquellas concesiones que, por sus características, se tengan que resolver en diferentes actos administrativos. El órgano competente para la concesión será Presidencia y per medio de Decreto y podrá, de acuerdo con la normativa aplicable, dejar desierto el proceso de selección o no agotar el importe total previsto en la convocatoria.
  • El plazo de presentación de las solicitudes empieza el día siguiente de la publicación de un extracto de l a correspondiente convocatoria en e l Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, a través de la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y fi nalizará transcurridos 15 días hábiles.
  • El procedimiento se resolverá y se notificará en un plazo máximo de 5 semanas a contar desde la fecha de cierre de la presentación de las solicitudes. Una vez acordada la concesión de las subvenciones, estas ha de ser serán notificadas a los interesados en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución, de acuerdo con aquello previsto al artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administracione s Públ icas. No obstante, l a publicaci ón en e l BOPB del acta de concesión sustituye a la notificación y produce los mismos efectos, en aplicación del artículo 45 de la Ley 39/2015, al tratarse de actas integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva. En consecuencia, l a publicación se hará en el plazo de 10 días desde la aprobación de la resolución de la conc esión que también se publicará en e l Tablón de anuncios.
  • Posibilidades de reformulación. De acuerdo con el artículo 14 del Ordenanza General, sólo se podrán reformular las solicitudes cuando el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura a la solicitud presentada . En este caso, se puede instar al beneficiario la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. Codi per a validació :I9TS1-LYMPE-ESCZI Verificació :https://verificador.amb.cat/verificadorDocumento/home Aquesta és una còpia impresa del document electrònic referènciat : 4/7.
  • Los candidatos que lo consideren oportuno podrán presentar alegaciones en un plazo de (10) diez días naturales a partir de la notificación de la resolución provisional del órgano competente, aportando la documentación que soporte su reclamación. Si se producen, se examinarán las alegaciones formuladas en el trámite de audiencia y se formulará propuesta de resolución definitiva con expresión de los solicitantes propuestos y la cuantía de la ayuda otorgada y de la puntuación obtenida. La propuesta de resolución definitiva, que pone fin a la tramitación administrativa, se comunicará a los beneficiarios para que manifiesten su aceptación mediante el documento de formalización que se entregará al efecto. En caso de que alguna de las personas que tiene que recibir la ayuda renunciara en el transcurso de la investigación, se propondrá la aceptación a los siguientes candidatos según la puntuación que establezca el órgano colegiado de valoración.
  • La fecha límite para presentar el proyecto final será el 15 de noviembre del 2026.
  • Entrega de los trabajos finales: El trabajo final se tendrá que librar al AMB en formato electrónico y, en el caso de los estudiantes, tendrá que llevar el visto bueno del tutor del trabajo. Además, se tendrá que librar en formato electrónico un artículo del proyecto, de un máximo de 15.000 caracteres, que se publicará en la web de la AMB. Este artículo, escrito en catalán, castellano o inglés, tendrá que empezar con un resumen de 500 caracteres en cada una de las tres lenguas
  • Como criterios de valoración de las propuestas se usarán:
  • La adecuación de la propuesta a los temas prioritarios de cada convocatoria, hasta 30 puntos.
  • La implicación de la ciudadanía, hasta 15 puntos.
  • La reducción demostrable en la generación de residuos, hasta 2 5 puntos.
  • La innovación en el campo de la investigación, hasta 20 puntos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Investigación, desarrollo e innovación