CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES DE VECINOS DE VALLS Y PEDANIAS 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VALLS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    Fotocopia del CIF de la asociación solicitante
  • documentation
    Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • documentation
    Justificante de titularidad de la cuenta bancaria donde debería realizarse el ingreso de la ayuda. (Página inicial de la libreta bancaria donde está el nombre del titular y el número de cuenta; u hoja descargada de la banca on-line).
  • documentation
    Declaración responsable mediante la cual autoriza al Ayuntamiento de Valls para comprobar que el solicitante se encuentra al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el ayuntamiento de Valls.
  • documentation
    Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en el
  • Cumplir con todas las condiciones establecidas en esta convocatoria.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con la hacienda municipal.
  • Facilitar las actuaciones de comprobación y control financiero, así como a la documentación complementaria que se requiera a tal efecto. Duodécimo.- COMPATIBILIDADES CON OTRAS SUBVENCIONES Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra subvención que pueda otorgar el Ayuntamiento de Valls o cualquier otro ente público o privado, respetando el límite establecido en el artículo 20 de la Ley General de Subvenciones. Decimotercero.- REVOCACIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN
  • 1. El Ayuntamiento podrá anular total o parcialmente la subvención otorgada cuando el gasto no se haya producido en la forma prevista, cuando se den alteraciones de las condiciones que determinaron su concesión o cuando se incurra en alguna de las causas que se especifica en el artículo 37 de la Ley General de
  • Subvenciones. También deberá hacerse en los siguientes casos:
  • Por el incumplimiento de las condiciones y obligaciones impuestas a los beneficiarios de acuerdo con lo dispuesto en esta convocatoria.
  • Por decisión del beneficiario. La renuncia debe ser previa al cobro de la subvención. En caso contrario, realizará el reintegro de las cantidades percibidas.
  • 2. En caso de falta de justificación o de concurrencia de las causas de reintegro previstas en la normativa aplicables se producirá la pérdida del derecho total o parcial de la subvención otorgada y podrá ser motivo de revocación de conformidad y con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación.
  • 3. El Ayuntamiento podrá reclamar las cantidades indebidamente percibidas por el beneficiario junto con el interés de demora desde el momento del pago de la subvención y hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. Decimocuarto.- RÉGIMEN SANCIONADOR Los beneficiarios de las subvenciones estarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador sobre infracciones administrativas establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Decimoquinto.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL De acuerdo con la normativa vigente de protección de datos de carácter personal, los datos de carácter personal de los solicitantes serán tratados con el fin de gestionar y tramitar esta convocatoria y las respectivas convocatorias de acuerdo con los principios de seguridad y confidencialidad que la normativa sobre protección de datos establece.
  • Cinquè. Termini per a la presentació de sol·licituds: El termini de presentació de sol·licituds ser à de 20 dies naturals des del dia següent a la publicació de la convocatòria al BOPT. Sisè. Sol·licituds. Les sol·licituds d'ajut es formalitzaran i es presentaran complimentant el formulari que estarà disponible al web de l’Ajuntament de Valls (www.valls.cat) i es presentarà telemàticament a través de la seu electrònica ( https://seu.valls.cat/ ). La presentació de la sol·licitud fora de termini comporta l'exclusió de l'aspirant.
  • A la sol·licitud haurà d'adjuntar-se la següent documentació: Codi de Verificació (CSV): b0eb230fd7240ab9345bef432b3c825c095b28fc Nº referencia: GENSIG-01360/2026 URL de Verificació: http://tramits.valls.cat/impulsa/csvValidation.do Signat per Data Jerónimo Rivas Gómez (Vicesecretari PDS) 18/08/2026 08:20:27 Document signat amb segell electrònic (Valls) / Documento firmado con el sello electrónico (Valls)
  • Fotocòpia del CIF de l’associació sol·licitant.
  • Certificat de trobar-se al corrent de pagament de les obligacions tributàries i amb la Seguretat Social.
  • Justificant de titularitat del compte bancari de l’associació on s'hauria de fer l'ingrés de l'ajut. (Pàgina inicial de la llibreta bancària on hi ha el nom del titular i el número de compte; o full descarregat de la banca on-line).
  • Declaració responsable mitjançant la qual s’autoritza a l’Ajuntament de Valls per comprovar que el sol·licitant es troba al corrent de pagament de les obligacions tributàries amb l’ajuntament de Valls.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura