subvenciones para la realización de actividades de fortalecimiento de la convivencia y prevención de la intolerancia y…

Título oficial: Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de fortalecimiento de la convivencia y prevención de la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos

Justicia

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona FUNDACIÓN PLURALISMO Y CONVIVENCIA, F.S.P.E..

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 130.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las entidades beneficiarias deberán presentar a través de medios electrónicos su solicitud en la sede electrónica asociada del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes https://mpr.sede.gob.es/ cumplimentando el formulario establecido a tal efecto, además de la documentación que se indica en el apartado 2 del presente artículo.
  • Cada entidad podrá presentar un solo proyecto.
  • La presentación de la solicitud constituirá una declaración implícita de aceptación de las condiciones y obligaciones establecidas en esta convocatoria, sin que sea precisa la presentación de una expresa declaración de aceptación para obtener la adjudicación, salvo en el caso de que el órgano encargado de resolver la convocatoria proponga la concesión de subvenciones por una cuantía inferior a la solicitada o con modificaciones sobre la formulación presentada por la entidad solicitante.
  • El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En caso de que se amplíe este plazo, dicha ampliación se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado»
  • Las comunicaciones y notificaciones a los interesados de las actuaciones que se realicen por los órganos competentes en el procedimiento de concesión de las subvenciones, durante el desarrollo de su ejecución y en su justificación, se llevarán a cabo media nte comparecencia en sede electrónica asociada del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
  • Las solicitudes se cumplimentarán por la persona que actúe en nombre o representación de la persona jurídica solicitante, mediante certificado Abogacía del Estado Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las CortesSubsecretaría
  • ÁMBITO- PREFIJO CSV FECHA Y HORA DEL DOCUMENTO GEISER GEISER-2f9e-17ff-62e8-6eb1-bff3-9780-7eae-a3c0 03/08/2026 09:17:50 Horario peninsular Nº registro DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN Validez del documento REGAGE26s00070297479 https://run.gob.es/hsbzvympyF Copia GEISER-2f9e-17ff-62e8-6eb1-bff3-9780-7eae-a3c0 8 electrónico de persona física a nombre de la persona que ostente la representación legal, o bien certificado electrónico de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante. En ambos casos, el certificado electrónico deberá estar emitido por alguna de las autoridades de certificación reconocidas por la Administración General del Estado.
  • Al modelo de solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
  • Una memoria explicativa del proyecto para el que se solicita la subvención, que contemplará las actuaciones a realizar y el presupuesto, conforme al modelo de memoria del proyecto disponible en el portal de internet de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P: http://www.pluralismoyconvivencia.es
  • Declaración responsable de la persona que ostente la representación legal de la entidad de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvención, establecidas en el
  • Presentación de las solicitudes conforme a los modelos oficiales dentro de los plazos y cauces que se establezcan en la convocatoria. Los plazos y cauces para la subsanación de defectos de tipo formal que puedan advertirse en la solicitud se regirán por lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Adecuación del proyecto al objeto de las subvenciones definido en el

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