Personas físicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES Y DE PROMOCIÓN DEL USO DEL EUSKERA, AÑO 2026

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES Y DE PROMOCIÓN DEL USO DEL EUSKERA, AÑO 2026

La Presente convocatoria tiene como objetivo general establecer el régimen de concesión de ayudas a asociaciones y particulares de Estella-Lizarra con la finalidad de

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 9.500,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 30/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. De las asociaciones: Para acogerse a estas ayudas económicas, deberá acreditarse el pertenecer a una Asociación que realice actividades recogidas en el artículo 1º de la convocatoria y que figure inscrita legalmente en el Gobierno de Navarra, que se dediquen al estudio, protección, promoción de bienes culturales o de la vida artística. Se exigirá que la entidad o asociación radique en Estella.
  • estar empadronadas en Estella-Lizarra.
  • 3. De las actividades programadas Ser públicas y estar abiertas a todas las personas vecinas de Estella-Lizarra.
  • PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Estella- Lizarra. Se admitirán las solicitudes presentadas entre los días 1 de enero al 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive, el plazo será improrrogable, no admitiéndose solicitudes fuera de plazo.
  • Junto con la Instancia Oficial del Ayuntamiento se aportará:
  • 1. Acreditación de la entidad solicitante.(Copia del CIF).
  • 2. Memoria explicativa de la labor realizada; o a realizar.
  • 3. Presupuesto aproximado de gastos e ingresos del trabajo realizado o a realizar, teniendo en cuenta que el IVA deducible no se considera gasto y no será subvencionado, por lo que se desglosará en el presupuesto que IVA deducible y el no deducible.
  • 4 Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias, así como declaración responsable de que se cumplen los requisitos que indica el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 7 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario.
  • CRITERIOS DE LAS SOLICITUDES La Comisión Municipal de Cultura, Patrimonio y Festejos y la Comisión Municipal de Euskara valorarán las solicitudes y hará la propuesta correspondiente a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, detallando la relación de solicitantes para los que
  • Criterios para las actividades culturales.
  • Las actividades culturales que podrán acogerse a estas ayudas entrarán en la
  • Actividades artísticas: actuaciones musicales, teatro, cine, danza, exposiciones, animación infantil.
  • Actividades socio-culturales: charlas, ciclos culturales, festivales, actividades literarias, actividades de animación.
  • Criterios para otorgar las ayudas: La calidad de la actividad propuesta, tanto en lo que se re fiere al contenido de la actividad como en el procedimiento y medios empleados en su desarrollo. Que contribuya al estudio o difusión del patrimonio cultural. Que contribuya a cumplimentar la propuesta cultural global Hasta 40 puntos El número de personas a las que la actividad va destinada o nº previsto de asistentes. Hasta 20 puntos
  • Criterios para actividades de promoción del uso del euskera. Se subvencionarán actividades que ayuden a aumentar el número de hablantes del euskera y a extender su uso funcional local en uno de estos campos: educación, mundo laboral, medios de comunicación, servicios y vida social, cultura, tiempo libre y entorno familiar. Las actividades que tengan en cuenta los siguientes aspectos se valorarán de forma
  • RESOLUCIÓN La resolución de las solicitudes se llevará a cabo por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, atendiendo las propuestas de las Comisiones de Cultura y Patrimonio y la Comisión de Euskera. La resolución de las solicitudes se colocará en el tablón municipal de anuncios, y se notificará individualmente por escrito a los beneficiarios. Para calcular el valor que corresponde a un punto, se dividirá la cantidad total asignada a cada una de las ayudas, entre la suma total de puntos asignados al conjunto de las asociaciones. Con la puntuación asignada a cada asociación y con el valor correspondiente al punto se calculará la cuantía estimada para cada asociación.
  • Realizar las actividades y actuaciones aprobadas.
  • Comunicar al Ayuntamiento los cambios relevantes introducidos en el desarrollo de los programas subvencionados.
  • Facilitar el cometido de los/as evaluadores.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La Presente convocatoria tiene como objetivo general establecer el régimen de concesión de ayudas a asociaciones y particulares de Estella-Lizarra con la finalidad de