Personas jurídicasES61 - ANDALUCIA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CONSERVACIÓN, RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES61 - ANDALUCIA. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Córdoba con una población inferior a 50.000 habitantes. Los bienes deberán ser de propiedad municipal o bien en cesión de uso o depósito por un periodo superior a los cincuenta años.
  • Personas jurídicas privadas con domicilio social en la provincia de Córdoba que sean propietarias, poseedoras o titulares de derechos reales sobre bienes inmuebles ubicados en municipios de la provincia con una población inferior a 50.000 habitantes. Será requisito indispensable que el inmueble se encuentre efectivamente abierto al público, con un régimen de visitas de al menos 100 días al año y un mínimo de dos horas diarias. Este requisito deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud, no siendo admisibles compromisos, previsiones o declaraciones de apertura con posterioridad, incluso cuando esta tenga lugar tras la ejecución de las obras objeto de subvención. Cada interesado podrá presentar una única solicitud, que deberá corresponder a una sola intervención y a una sola línea de actuación.
  • Línea 1.-Conservación, restauración y rehabilitación de bienes inmuebles de interés histórico artístico.
  • Línea 2.- Conservación, restauración y rehabilitación de Castillos. Segundo.- Finalidad. La presente convocatoria tiene como objeto otorgar subvenciones para apoyar
  • 52CF 0F79 8AC5 E5D2 07D5 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en www.dipucordoba.es/tramites (Validación de Documentos)
  • Aplicación 474.3361.76200 “Convocatoria Restauración Patrimonio Histórico Municipal”: 300.000,00 €.
  • Aplicación 474.3361.76201 “Convocatoria Plan de Castillos”: 200.000,00 €.
  • Aplicación 474.3361.78901 “Convocatoria Restauración Patrimonio Histórico entidades privadas”: 200.000,00 €. Sin perjuicio de las modificaciones presupuestarias que puedan producirse para adaptarse a la naturaleza del gasto. Asimismo, la cantidad prevista inicialmente en el presupuesto podrá variar mediante las oportunas modificaciones de crédito debidamente autorizadas, sin que sea precisa la aprobación y publicación de una nueva convocatoria. La cantidad máxima a ampliar será
  • Aplicación 474.3361.76200 “Convocatoria Restauración Patrimonio Histórico Municipal”: 100.000,00 €.
  • Aplicación 474.3361.76201 “Convocatoria Plan de Castillos”: 100.000,00 €.
  • Aplicación 474.3361.78901 “Convocatoria Restauración Patrimonio Histórico entidades privadas”: 100.000,00 €. La concesión de la ayuda queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
  • Delegación de Cultura No obstante, si en alguna de las líneas no se asignara la cantidad prevista, el excedente económico podrá ser aplicado en la otra modalidad en las aplicaciones presupuestarias que tengan el mismo nivel de vinculación, es decir, el mismo capítulo de clasificación económica, mismo nivel de área de gasto en cuanto a la clasificación por programas y mismo centro gestor en la clasificación orgánica. Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. En el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de la Diputación será publicado el texto íntegro de la misma, a efectos informativos. Sexto.- Otros
  • Los/as solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
  • Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el Anexo I firmada por la representación legal de la entidad.
  • Para Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas de la provincia de Córdoba: Certificado del Secretario/a de la Entidad en el que d é fe de que el/la Alcalde/sa-Presidente/a ostenta el cargo desde la fecha de toma de posesión y que sigue ostentando el cargo al día de la fecha de presentación de la solicitud, salvo que la solicitud se presente con el certificado digital de representante.
  • En caso de personas jurídicas:
  • Documento acreditativo de la representación legal de la persona firmante de la solicitud. Cuando dicha representación no conste en la escritura de constitución o en los estatutos de la entidad, deberá aportarse certificado expedido por la persona titular de la Secretaría de la entidad, o cualquier otro documento válido en Derecho que acredite fehacientemente la representación legal de la persona firmante. No será necesario aportar esta documentación cuando la solicitud se presente mediante un certificado electrónico de representante de persona jurídica.
  • Escritura o documento de constitución de la entidad, debidamente inscrito en el registro público que corresponda, así como las modificaciones estatutarias vigentes que resulten de aplicación.
  • Delegación de Cultura En el caso de entidades religiosas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, deberá aportarse el Decreto de erección canónica expedido por el Obispo o certificación emitida por el Canciller-Secretario del Obispado acreditativa de la erección de la parroquia o entidad religiosa correspondiente.
  • DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ESPECÍFICA Tanto para la Línea 1: C onservación, restauración y rehabilitación de bienes inmuebles de interés histórico artístico, como para la Línea 2.- C onservación,

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico