CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS DEL CASCO ANTIGUO DE ALMUDEVAR Y BARRIOS 2026

económicas municipales, a partir de la entrada en vigor de la presente bases, las

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALMUDÉVAR.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • - El propietario o propietarios del edificio, usuarios o no del mismo. Cód. Validación: 324KGKJCAMMW32GAPD4JAZXZH Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 13
  • - Los inquilinos o arrendatarios del edificio contando con la autorización por escrito de los propietarios.
  • - Las Comunidades de Propietarios de los edificios, sean o no usuarios de las viviendas. Los beneficiarios, y en todo caso los propietarios del edificio deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y acreditar fehacientemente su condición.
  • documentación, deberán presentarse en la sede electrónica: https// almudevar.sedelectronica.es a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, hasta el 30 de noviembre de 2026. El plazo de presentación de solicitudes no podrá ser ampliado, según previene el
  • Una vez finalizadas las obras, el beneficiario de la subvención debera de justificarla antes del 1 de Diciembre de 2026 para lo cual debera formular la solicitud de pago, mediante escrito dirigido al Sr. Alcalde según Anexo II de las presentes bases, al que
  • se acompañará necesariamente la siguiente documentación:
  • Certificado de la obra suscrito por la persona que las haya ejecutado, o en su defecto declaración firmada por el beneficiario acreditando la finalización de estas. Cód. Validación: 324KGKJCAMMW32GAPD4JAZXZH Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 13
  • Factura detallada emitida por el contratista encargado de la realización de las obras, en la que quede acreditado el coste real efectivo de las obras realizadas, debiendo reunir los requisitos exigidos por la normativa aplicable.
  • Declaración del beneficiario en la que se acredite que no han surgido variaciones respecto a la obtención de otras ayudas para la realización de las obras con relación a la declaración presentada en el momento de la solicitud o expresiva de las variaciones habidas, en su caso.
  • Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, expedidos conforme al artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003. Los servicios Municipales comprobarán de oficio que el solicitante haya abonado, en su caso, la liquidación definitiva girada por el Ayuntamiento de Almudévar en concepto del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en el supuesto de que se hubiesen producido diferencias entre el coste previsto y el coste real de dichas obras. Asimismo, la Tesorería Municipal comprobará de oficio que el solicitante no tenga deudas con el Ayuntamiento de Almudévar.
  • Fotocopia del NIF del solicitante.
  • Si se actuase en representación de una persona jurídica se presentará el CIF de esta, la escritura de constitución, debida- mente inscrita en el Registro Mercantil, y la correspondiente escritura de apoderamiento a favor de quien firme la solicitud.
  • Si la petición la formulase una Comunidad de Propietarios: CIF de la Comunidad, fotocopia del DNI del Presidente de la Comunidad, y Acta de la Junta en que se ha acordado llevar a término la actuación.
  • Declaración responsable del solicitante relativa a la inexistencia de concurrencia con otras ayudas recibidas, o en su defecto, declaración enumerando las ayudas e importes recibidos, a la que se adjuntará la copia de las correspondientes resoluciones o acuerdos de concesión de tales ayudas.
  • Documentación que acredito la condición de beneficiario: copia compulsada de la escritura de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad, contrato de compraventa o cualquier otra documentación que acredite suficientemente la titularidad del inmueble; copia compulsada del contrato de arrendamiento y del convenio o acuerdo entre el propietario y el inquilino donde se haga constar la descripción de las obras y la autorización del propietario para realizarlas.
  • Copia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, correspondiente al edificio a rehabilitar, del último ejercicio cuyo periodo cobratorio en periodo voluntario hubiese concluido.
  • Licencia municipal que ampare las obras objeto de la solicitud de ayuda económica. En el supuesto de instalación de letreros comerciales, deberá aportarse la correspondiente licencia de actividad.
  • Ficha de alta de terceros debidamente cumplimentada en el modelo habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Almudévar. Cód. Validación: 324KGKJCAMMW32GAPD4JAZXZH Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 13
  • Si la petición la formulase una Comunidad de Propietarios: CIF de la Comunidad, fotocopia del DNI del Presidente de la Comunidad, y Acta de la Junta en que se ha acordado llevar a término la actuación. Cód. Validación: 6NSTYC5DLTDJRM6CDGDMEQJDY Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2
  • Ficha de alta de terceros debidamente cumplimentada en el modelo habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Almudévar. Cód. Validación: 6NSTYC5DLTDJRM6CDGDMEQJDY Verificación: https://almudevar.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 2

Gastos y actuaciones

  • Artículo 2.- Actuaciones subvencionables . Podrán ser objeto de ayudas · eligible
    siguientes actuaciones: Arreglo de las fachadas: revocado, pintado, etc.…, siempre que se realice sobre la totalidad de estas. La adecuación y/o pintado de medianeras vistas, siempre que se realice sobre la totalidad de estas. En ningún caso se subvencionarán actuaciones solicitadas con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes bases ni obra de nueva planta. Tampoco serán subvencionables las obras que tengan por objeto la sustitución o mejora de elementos en buen estado.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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económicas municipales, a partir de la entrada en vigor de la presente bases, las