SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE SEMILLA DE LENTEJA CERTIFICADA -VARIEDADES GUAREÑA Y NIKOLA- Y DE SEMILLA DE GARBAN · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE SEMILLA DE LENTEJA CERTIFICADA -VARIEDADES GUAREÑA Y NIKOLA- Y DE SEMILLA DE GARBANZO CERTIFICADO -VARIEDAD GARABITO- 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona DIPUTACIÓN DE SALAMANCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que las semillas adquiridas se hayan destinado a siembra en parcelas enclavadas en la provincia de Salamanca y su recogida se realice en la presente campaña o haberse realizado en la campaña anterior.
  • Que las parcelas donde se hayan sembrado dichas semillas se encuentren inscritas en el Consejo Regulador de la IGP Lenteja de la Armuña o en la Asociación de la Marca de Garantía “Garbanzo de Pedrosillo”.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, tanto con carácter previo al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención.
  • No ser deudor de la Diputación Provincial de Salamanca.
  • No concurrir en el solicitante las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar dado de alta como tercero en la Diputación de Salamanca, con la identificación de la cuenta bancaria en la que se solicita el ingreso de la ayuda (si el solicitante no hubiera aportado a la Diputación de Salamanca sus datos bancarios con anterioridad
  • o si quisiera modificarlos - deberá realizar el “Trámite de alta, cancelación y modificación de datos de terceros” que se encuentra disponible en la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca, en el apartado de Trámites Generales).
  • - APLICACIÓN PRESUPUESTARIA La financiación de la subvención prevista en esta convocatoria se efectuará c on cargo a la aplicación presupuestaria 2026.27.4190E.4791000, y hasta un límite de 20.000,00 €.
  • - IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN Y COMPATIBILIDAD La cuantía de la subvención no superará el 50% del coste de adquisición de las semillas
  • Para la compra de semillas de lenteja certificada -variedades guareña y nikola - se subvencionará como máximo a 0,70 € por kg. de semilla adquirida y sembrada.
  • - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN
  • 1. Toda la PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN que tengan que aportar los interesados se realizará EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA de la Diputación de Salamanca, en el catálogo de trámites disponibles de Agricultura y Ganadería. Las solicitudes se generarán a partir del formulario de presentación previsto en la Sede Electrónica para esta convocatoria . Dichos formularios serán de uso obligatorio para el procedimiento conforme al artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
  • 2. El PLAZO DE PRESENTACIÓN de SOLICITUDES será de 15 días hábiles y empezará a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • 3. Los solicitantes deberán presentar en el plazo previsto en el apartado anterior, a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Salamanca, tanto la solicitud como la
  • Anexo I, declaración de datos complementarios de la solicitud de subvención.
  • Si se trata de personas físicas, certificado, volante o informe de empadronamiento, que acredite la vecindad del interesado en cualquier municipio de la provincia de Salamanca.
  • En virtud de lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el solicitante podrá autorizar expresamente a la Diputación para que ésta consulte o recabe mediante l a consulta a plataformas de intermediación de datos -u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto - sus datos de identidad y de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social . En el
  • caso de que no autorice a la Diputación, deberá aportar:
  • Si el solicitante es persona física: copia del Documento Nacional de Identidad
  • o documento identificativo equivalente-.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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