CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA “SEGOVIA SÍ EMPRENDE 2026”

El fomento del emprendimiento local es clave para dinamizar la economía, generar empleo y enriquecer el tejido empresarial de una ciudad. En este contexto, es

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES416 - Segovia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Aquellos cuya actividad empresarial se haya iniciado en el municipio de Segovia, entendiéndose como tal la fecha de alta de actividad recogida en el alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Tributaria (IAE) entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de julio de 2026, ambos incluidos. Para considerar cumplido dicho requisito se comprobará el domicilio fiscal que figure en la Agencia Tributaria y/o la dirección del local afecto a la actividad, si esta se desarrolla en local ubicado en el municipio de Segovia. Así mismo, los técnicos municipales podrán desplazarse al domicilio de la actividad a fin de constatar la realización de la misma dentro del municipio de Segovia.
  • Disponer o encontrarse en trámite, a fecha de solicitud, de licencia o comunicación ambiental, de conformidad con las normas ambientales vigentes. En todo caso el titular de la licencia o comunicación ambiental debe ser el solicitante de “Segovia Sí Emprende 2026”.
  • Las actividades que se realicen desde el domicilio particular deberán disponer o encontrarse en trámite, a fecha de solicitud, de comunicación ambiental, de conformidad con las normas ambientales vigentes.
  • Serán objeto de subvención aquellas actividades cuyos gastos realizados, según el epígrafe de “VIII. Conceptos subvencionables”, sea igual o superior a 1.000 euros sin incluir IVA. Dichos gastos deberán estar íntegramente pagados a la fecha de la solicitud de la subvención.
  • Que el negocio o proyecto empresarial pueda reunir condiciones de viabilidad técnica, económica, financiera y comercial. Se deberá aportar una memoria descriptiva de la actividad a subvencionar que será valorada por personal técnico del área de Innovación y Promoción Económica.
  • No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y con el Ayuntamiento de Segovia y sus OO.AA. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención en caso de
  • No tener pendiente de reintegro o justificación, fuera de los plazos establecidos, otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Segovia o sus Organismos Autónomos. Los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, en las Bases de ejecución de presupuestos vigentes, en el artículo 14 de la Ordenanza de Bases reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Segovia, y en las que a continuación se
  • Ejecutar el proyecto, realizando las mismas actividades determinadas en el mismo, en los términos propuestos en la solicitud y que dieron lugar a su aprobación. Las actividades no incluidas en el proyecto que sirve de base para la concesión de la subvención, no se incluyen como subvencionadas. Las variaciones del proyecto inicial, aunque no se modifique el proyecto, que disminuyan su importe supondrá una disminución equivalente en el importe subvencionado. Si el gasto es menor, la subvención se disminuirá en la misma proporción.
  • Comunicar, justificar y solicitar aprobación de todo tipo de modificación que afecte sustancialmente el proyecto, entendiéndose por tal: la modificación de objetivos; modificación de la cualificación del personal o los servicios profesionales implicados, así como toda variación superior a un 25% sobre el presupuesto presentado.
  • Presentar junto con la solicitud, la documentación requerida en la Convocatoria.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  • Dar publicidad de la subvención del Ayuntamiento de Segovia, incorporando de forma visible el logo institucional en placas, letreros, carteles, publicaciones, material de difusión, publicidad, etc., dependiendo de las características del proyecto. La difusión del origen de la subvención se realizará con el mismo tamaño y en las mismas condiciones de visibilidad que otros financiadores.
  • Autorizar al Ayuntamiento para utilizar material gráfico relativo al proyecto para la difusión de los proyectos subvencionados.
  • Disponer de los libros contables, registros y demás documentos exigibles por la legislación aplicable.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Segovia la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados.
  • Comunicar cualquier eventualidad que altere o dificulte gravemente el desarrollo del proyecto subvencionado.
  • Someterse y facilitar las actuaciones de comprobación que respecto a la gestión de los fondos pueda efectuar el Ayuntamiento de Segovia.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • No tener pendiente de reintegro o justificación, fuera de los plazos establecidos, otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento o sus OO.AA.
  • A efecto del cumplimiento de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia en la que se establece la obligación de acreditar, para quienes pretendan acceder o ejercer profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, que no tienen antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales, se exigirá la presentación del correspondiente Certificado del Registro Central de Delincuentes sexuales en el que figure que NO CONSTA información penal relativa a los profesionales contratado o voluntarios asegurados que desarrollen la actividad subvencionada. En caso de ampliación, cambio o sustitución del personal contratado o voluntario, se deberá presentar dicho Certificado y con un plazo no superior a 24 horas.

Gastos y actuaciones

  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Cuotas de cotización a la Seguridad Social en el régimen que corresponda.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de colegio profesional, siempre y cuando sea obligatorio para el desarrollo de la actividad.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Gastos de alquiler del local, quedando excluido en el caso de desarrollar la actividad en vivienda habitual o si la desarrollan en algún espacio municipal. A tal efecto deberán aportar el contrato de arrendamiento a nombre del solicitante, las facturas y pagos realizados. No se subvencionarán fianzas o gastos derivados de las mismas.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos corrientes (electricidad, calefacción, seguros) en el caso de tener local afecto a la actividad.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de mejora de la identidad corporativa: realización de logotipos, tarjetas de presentación, diseño y posicionamiento de web o redes sociales.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de publicidad, marketing, propaganda y difusión.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · ineligible
    Gastos de prevención de riesgos laborales, no serán subvencionables los gastos derivados de las mutuas.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos de registro de patentes y marcas.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Gastos derivados del pago de suscripciones periódicas a aplicaciones informáticas o de gestión. Con fecha 6 de mayo de 2026 con número de entrada de registro general 2026019177 se recibió informe emitido por la Dirección de Administración Local perteneciente a la Viceconsejería de Relaciones institucionales y Administración Local de la Junta de Castilla y León en la que informaba de la inexistencia de duplicidad respecto de todos los conceptos subvencionables indicados en la convocatoria. Con fecha 9 de junio de 2026 con número de salida de registro general 2026012669 se solicitó a la Junta de Castilla y León, Dirección General de Tributos y financiación autonómica emisión de informe de sostenibilidad financiera a que se refiere el artículo
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    SE TRANSCRIBE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA – (…) V.- Visto el BORRADOR de las BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA “SEGOVIA SÍ EMPRENDE 2026”, de fecha 24 de junio de 2026, tal y como obra en el expediente.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    El Informe sobre duplicidades en relación con el programa “Segovia Emprende 2026” del Ayuntamiento de Segovia, de fecha 06 de mayo de 2026, emitido por la Dirección de Administración Local, a que se refiere el artículo 7.4 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    El Informe de la Dirección General de Tributos y financiación Autonómica de Sostenibilidad Financiera, de fecha 22 de junio de 2026, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.4 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Loca Considerando el artículo 4.1.a y c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    El procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre de oficio.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    La iniciación de oficio se realizará siempre mediante convocatoria aprobada por el órgano competente, que desarrollará el procedimiento para la concesión de las subvenciones convocadas según lo establecido en este capítulo y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La convocatoria deberá publicarse en la BDNS y un extracto de la misma, en el "Boletín Oficial del Estado" de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8. La convocatoria
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Indicación de la disposición que establezca, en su caso, las bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada, salvo que en atención a su especificidad éstas se incluyan en la propia convocatoria.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, en su defecto, cuantía estimada de las subvenciones
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
  • cuarta como conceptos subvencionables los siguientes: · eligible
    Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El fomento del emprendimiento local es clave para dinamizar la economía, generar empleo y enriquecer el tejido empresarial de una ciudad. En este contexto, es