SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA LÍNEA DE ACTUACIÓN 4 DE EDUCACIÓN: FOMENTO DE ACTIVIDADES · 2026/2027

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA LÍNEA DE ACTUACIÓN 4 DE EDUCACIÓN: FOMENTO DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES DESTINADAS A LAS ASOACIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL MUNICIPIO DE LOS REALEJOS, CURSO 2026 - 2027.

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE REALEJOS, LOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • En la sede electrónica del Ayuntamiento: https://sede.losrealejos.es (Trámites y gestiones  Ayuntamiento  Solicitud del ciudadano Tramitar)
  • Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es/
  • Documentación general a presentar:
  • Solicitud de subvención (ANEXO I).
  • D.N.I. del representante. Para descargar una copia de este documento consulte la siguiente página web Código Seguro de Validación 9c054b7b3ce549cdb409f49f0ef9385e001 Url de validación https://sede.losrealejos.es/absis/idi/arx/idiarxabsaweb/castellano/asp/verificadorfirma.asp Metadatos Origen: Origen administración Estado de elaboración: Original Firma 1 de 1
  • Certificado del Centro Educativo acreditativo del número de alumnos y alumnas.
  • Proyecto para el desarrollo de actividades extraescolares. Debe contener un presupuesto de gastos (ANEXO
  • Recibidas las solicitudes, se comprobará que se ha presentado la documentación en plazo y forma, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos. Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en el artículo 66 de la LPAC, o no se acompañe la documentación que se establezca en las presentes bases o en la posterior convocatoria, de conformidad con el artículo
  • 1 de dicha Ley, el órgano competente requerirá al interesado/a para que en el plazo máximo e improrrogable de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Tablón de Edictos online, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la repetida Ley. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 letra b) de la LPAC, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, el requerimiento señalado en el apartado anterior se realizará mediante la correspondiente publicación en el Tablón de Edictos online del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos.
  • Se emitirá una propuesta de valoración que asignará los incentivos correspondientes a las características del interesado. Esta propuesta la elevará a una Comisión Técnica formada por un Presidente que podrá residir en la persona titular de la Concejalía Delegada de Educación y que podrá ser sustituido en cualquier momento del procedimiento, un funcionario del Área de Educación y el Técnico del Área de Acción Cultural del Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos, que actuará como Secretario con voz pero sin voto, y que podrá ser sustituido por otro técnico municipal en cualquier momento del procedimiento. La Comisión Técnica emitirá al órgano concedente de la subvención una propuesta de resolución provisional relativa a la valoración de los criterios para la adjudicación, los beneficiarios y las cuantías de las subvenciones correspondientes a cada de ellos, las que se den por desistidas y a las que no proceda conceder subvención, indicando los motivos.
  • La propuesta de resolución definitiva de concesión de subvención se publicará en el tablón de edictos online municipal para que los beneficiarios propuestos presenten la aceptación y documentación que le acompaña en el plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación. La aceptación se presentará según el modelo ANEXO III- Aceptación de la Subvención y pago anticipado y el documento de “Alta a terceros”, en caso de que no figure en el Ayuntamiento o hayan cambiado los datos bancarios de la entidad. Asimismo, deberán presentar certificados de que la asociación se halla al corriente de obligaciones tributarias con la Administración Tributaria Estatal y Autonómica y de cotizaciones a la Seguridad Social. Se deberá presentar la aceptación y certificados citados a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
  • Los Realejos, o a través de la oficina virtual ORVE (de la red SARA), tal y como se señala a continuación: A.- En la sede electrónica del Ayuntamiento: https://sede.losrealejos.es (Trámites y gestiones  Ayuntamiento  Solicitud del ciudadano Tramitar) B.- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es/ No presentar el documento de aceptación de la subvención en el plazo previsto supondrá que la entidad beneficiaria desiste de la misma archivándose el expediente sin más trámite.
  • El acuerdo de resolución del órgano concedente pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que los dictó, con carácter previo al recurso contencioso-administrativo, que podrá interponerse en los plazos y con los requisitos establecidos en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • El acuerdo de resolución se notificará mediante publicación de anuncio en el Tablón de Edictos Online del Ayuntamiento de Los Realejos, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 letra b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los plazos de los recursos se contaran a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Tablón de Edictos online municipal.
  • La resolución deberá contener la relación de solicitantes a los que se concede la subvención, la puntuación obtenida según los criterios de valoración, el importe de los gastos subvencionables, las solicitudes que se tienen por desistidas y los solicitante a los que no procede conceder subvención, indicando los motivos.
  • El plazo máximo para resolver y notificar el presente procedimiento de concesión de subvención será de SEIS (6) MESES, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el periodo de presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud de subvención.
  • El órgano concedente podrá declarar la tramitación de urgencia del procedimiento con el objeto de cumplir el plazo de resolución.
  • 1. Pago de la subvención. El Ayuntamiento de Los Realejos hará efectivo el importe de subvención en un solo pago, una vez se haya presentado el ANEXO III aceptación de la subvención y pago anticipado. Para poder obtener el pago anticipado de la subvención, será necesario señalar tal opción en el documento de aceptación de la misma conforme al citado ANEXO
  • 2. Justificación de la subvención. Para descargar una copia de este documento consulte la siguiente página web Código Seguro de Validación 9c054b7b3ce549cdb409f49f0ef9385e001 Url de validación https://sede.losrealejos.es/absis/idi/arx/idiarxabsaweb/castellano/asp/verificadorfirma.asp Metadatos Origen: Origen administración Estado de elaboración: Original Firma 1 de 1
  • plataforma Web para la conformación de la cuenta justificativa: https://www.losrealejos.gestisub.es A los expresados efectos, los beneficiarios están obligados a presentar, debidamente cumplimentado, el modelo de alta en el aplicativo de gestión de subvenciones del Ayuntamiento de Los Realejos (MOD SUB 2.0). Una vez tabulados los distintos documentos justificativos del gasto realizado y la Memoria Evaluativa de la actividad subvencionada en la plataforma Web, se generarán los Anexos IV (instancia) y V (relación numerada) que serán presentados para justificar la subvención otorgada en el registro telemático (sede electrónica del Ayuntamiento o Red SARA), antes de la fecha de expiración del plazo para justificar la subvención otorgada, acompañados de los

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