CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA FORMACIÓN EN LA METODOLOGÍA BIM. AÑO 2026.

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES - ESPAÑA. La gestiona SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Estar constituidos conforme a la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
  • No encontrarse comprendidos en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias y de seguridad social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • El órgano instructor, con anterioridad a efectuar la propuesta de resolución de concesión de la subvención, deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de dichos datos en un plazo no superior a veinte días, a través de la s ede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible, https://sede.transportes.gob.es/
  • Tener satisfecha cualquier obligación derivada de reintegro, conforme a lo previsto en el
  • Cumplir con los requisitos legales para el supuesto de subcontratación de la ejecución.
  • Cofinanciar las actividades de formación en una cuantía mínima de al menos un 20% del proyecto de formación solicitado.
  • Acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias, de seguridad social, y el Impuesto de Actividades Económicas o la exención correspondiente en su caso con anterioridad a la concesión de la subvención.
  • Comunicar modificaciones en el plazo de realización de la actividad, así como la variación de las condiciones de la actividad subvencionada.
  • Dar difusión, en los términos previstos en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado, así co mo en el Manual de Imagen Institucional del Estado, del logotipo de la Administración del Estado, Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible, que identifique el origen de la ayuda en toda la comunicación y actividades formativas realizadas bajo la subvención así como en los materiales que se empleen en las mismas. FIRMADO por: RAFAEL GUERRA POSADAS. A fecha: 04/08/2026 07:06 PM
  • Comunicar la formalización de contratos en el momento en que se produzca, en caso de subcontratación de actividades.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que pudiera efectuar el órgano concedente, a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración del Estado y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas. Apartado 13. Modificación de la resolución. Si durante la ejecución de la actividad subvencionada se manifiestan circunstancias objetivas que alteren o dificulten gravemente su desarrollo, y que no constituyan cambios sustanciales, el beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución, de acuerdo a lo que se recoge en el artículo 20 de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de esta convocatoria de subvenciones, en la sede electrónica https://sede.transportes.gob.es/ Apartado 14. Justificación.
  • La realización de las actividades para las que se haya concedido la subvención se justificará ante la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera del Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible una vez finalizada la actividad subvencionada, y en todo caso en un plazo de un mes desde la finalización de la actividad, en la forma que se detalla en el artículo 21 de la Orden que aprueba las bases reguladoras de esta subvención, a través del formulario de justificación que se publicará en la sede electrónica https://sede.transportes.gob.es/
  • Y MOVILIDAD SOSTENIBLE Apartado 16. Normativa aplicable La presente convocatoria se regirá con carácter general por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Orden TMA/94/2021, de 22 de enero, por la que se establecen las bas es reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para la formación en la metodología BIM aplicada a la contratación pública, y supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cualquier otra disposición que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación. Apartado 17. Eficacia. La presente Resolución producirá efectos el día siguiente a la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de Departamento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 2 octubre de 2015.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Investigación, desarrollo e innovación