subvenciones en regimen de concurrencia competitiva para la Acción Educativa

Título oficial: Convocatoria de subvenciones en regimen de concurrencia competitiva para la Acción Educativa

Objeto: La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento que se debe seguir para la valoración y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Santomera para la Acción Educativa.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTOMERA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 11.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Proyecto para el que se solicita subvención que contenga, al menos, los siguientes pun-
  • Fotocopia del DNI del representante.
  • Fotocopia del CIF de la entidad, en su caso.
  • Declaración responsable de que la entidad o no está incursa en algunas de las causas determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de sub- venciones que figura como Anexo III.
  • Certificado del Secretario de la entidad, con el Visto Bueno de su Presidente, con la composición actual de la Junta Directiva, especificando la fecha de la última Asamblea en la que se produjo la renovación de la Junta Directiva, así como los cargos que ostenta cada uno de sus miembros y el número total de asociados con que cuenta la Entidad (Anexo IV).
  • Certificado de la AEAT y de la Seguridad Social en el que se acredite que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o en su lugar, la correspondiente autorización para que el órgano administrativo corres- pondiente requiera la información necesaria a los exclusivos efectos de concesión de subvención (Anexo V).
  • Ficha a terceros. (Anexo VI).
  • II. Documentación a presentar para programa de intercambio y movilidad estudiantil:
  • Certificado de la Universidad extranjera, en el que se acredite la condición de estudiante durante el curso académico para el cual se solicita la subvención, con indicación del tiempo de estancia.
  • Fotocopia del DNI del solicitante.
  • Declaración responsable (Anexo III-BIS)
  • Certificación de comunicación de datos bancarios y domicilio. (Anexo VI)
  • Plazo de presentación. El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La publicación se realizará por conducto de la BDNS, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.
  • Subsanación de errores en las solicitudes. Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano instructor requerirá al beneficiario para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la misma, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Procedimiento de concesión de subvenciones.
  • Órgano instructor. Conforme a lo señalado en la Ordenanza reguladora de las subvenciones y premios del Ayun- tamiento de Santomera aprobada por Pleno de la Corporación el 25 de abril de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 5 de julio de 2024, la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la técnico de subvenciones y a la técnico de la concejalía de Educación; quienes realizarán cuantas actuaciones estimen necesarias para la
  • 5 determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formu- larse propuesta de resolución.
  • Comisión de Valoración Para la valoración de las solicitudes, se constituirá un órgano colegiado de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza reguladora de las subvenciones y premios del Ayuntamiento de Santomera, que estará formado por la concejal de Educación, la Técnico/a adscrita a la Concejalía de Educación, que actuará como secretaria de la comisión y la Técnico de subvenciones.
  • Propuesta de Resolución Provisional Conforme a lo previsto en la Ordenanza reguladora de las subvenciones y premios del Ayunta- miento de Santomera, el órgano instructor a la vista del expediente y del preceptivo informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente moti- vada que deberá notificarse a los interesados en la forma que establezca la convocatoria y se concederá un plazo de diez días para presentar alegaciones. Se podrá prescindir de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hecho ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesa- dos. En este caso, la propuesta de resolución provisional formulada tendrá el carácter de definitiva.
  • Resolución definitiva El órgano competente para la resolución de las solicitudes será La Alcaldía-Presidencia, la Con- cejalía que actúe por Delegación o la Junta de Gobierno Local en el caso de que las competen- cias estén delegadas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses, con- tados a partir del último día de presentación de solicitudes. La resolución dictada pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma cabrá interponer bien recurso contencioso-administrativo, o bien recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Objeto: La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento que se debe seguir para la valoración y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Santomera para la Acción Educativa.