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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL DEPORTE OFICIAL AFICIONADO DESDE LOS 6 AÑOS DE EDAD EN ADELANTE DURANTE LA TEMPORADA 2025/2026

Subvencionar la organización de entrenamientos regulares y la participación en determina das competiciones deportivas oficiales por parte del tejido asociativo deportivo pamplonés durante la temporada 202 5-2026. Dicha participación competitiva y los entrenamientos serán considerados como "deporte oficial aficionado" de acuerdo con la definició n, condiciones y requisitos dados para estas actividades en la presente convocatoria.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES220 - Navarra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA/IRUÑA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. Condiciones y requisitos sobre la consideración de "deporte oficial aficionado" A los efectos de la presente convocatoria se entenderá como "deporte oficial aficionado" al conjunto de
  • Ligas deportivas regulares de ámbito esta tal, categoría senior, que sean organizadas por las correspondientes Federaciones Deportivas desde la 2ª división senior de un deporte hasta otras divisiones inferiores, siempre y cuando: a) el equipo esté integrado por al menos 4 deportistas y no haya sido subvencionado en la convocatoria municipal específica para estas Ligas; b) las ligas tengan una denominación federativa concreta, siguiendo un calendario oficial prestablecido, de al menos tres jornadas (en deportes individuales) y siete (en deportes col ectivos) celebradas en diferentes días, donde no haya posibilidad de que los equipos opten a participar discrecionalmente en unas u otras pruebas de un calendario más amplio; y c) la liga permita el ascenso o el descenso a otra liga, en función del rendimiento deportivo del equipo.
  • 2. Otros requisitos y plazo de realización de las actividades objeto de subvención o No se subvencionarán ni a deportistas ni a la actividad organizativa en torno a ellos/as c uando
  • Cuantía total máxima convocada dentro de los créditos disponibles: 200.000 € No se podrán conceder subvenciones por cuantía superior a la establecida en esta convocatoria.
  • Partida presupuestaria: 70/34100/482090
  • Cuantía individualizada máxima y criterios para su determinación: La cuantía eco nómica individualizada máxima a conceder a cada entidad no podrá superar el 100% del déficit resultante y, en
  • Posibilidad de proceder al prorrateo:
  • Convocatoria plurianual: SÍ NO En el caso de convocatoria plurianual, la autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
  • Anualidades: Anualidad corriente: 200.000 € 2ª anualidad ( ) € 4ª anualidad ( ) € 1ª anualidad ( ) € 3ª anualidad ( ) €
  • D. REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE LA PERSONA O ENTIDAD BENEFICIARIA:
  • Podrán obtener la condición de beneficiaria las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas a continuación, siempre que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el
  • SÍ NO Primera Las entidades solicitantes que resulten beneficiarias de subvenciones con cargo a esta convocatoria estarán obligadas declarar, a través de la casilla correspondiente dentro del trámite telemático, si están sujetas a las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 12.4 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. De est arlo, deberán además aportar, dentro de ese trámite telemático, dos documentos: uno con el organigrama de cargos directivos de la entidad, con sus funciones, dedicaciones y retribuciones, y otro con las últimas cuentas anuales disponibles de la entidad. En el caso de que esta documentación tuviera que se r enmendada o
  • En comunicación o publ icidad escrita y gráfica (folletos, carteles, catálogos, sitios web, anuncios en prensa, publicidad digital o televisión, etc.) deberá incluirse el logotipo del Ayuntamiento y la leyenda “Con la colaboración del Ayuntamiento de Pamplona – Iruñeko Udalaren laguntzarekin”. El logotipo del Ayuntamiento será, al menos, del mismo tamaño que el de la entidad concesionaria de la subvención.
  • En comunicación o publicidad en radio y otros medios de comunicación no gráficos, deberá incluirse la locución “[Actividad / Proyecto] realizado con la colaboración del Ayuntamiento de Pamplona – [Jarduera / Proiektu] hau Iruñeko Udalaren laguntzarekin egin da”
  • En regalos promocionales o publicitarios y en cualquier otro objeto o producto que resulte financiado por la subvención , deberá incluirse una etiqueta con el logotipo del Ayuntamiento de Pamplona. El incumplimiento de esta obligación será causa de reintegro de la subvención. Obligación de destinar los bienes al fin concreto para el que se concede la subvención, en los tér minos del artículo 29.4 de la Ordenanza General de Subvenciones: SÍ NO
  • Lugar de presentación de solicitudes: Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente, a través del trámite "solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas", publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona www.pamplona.es. Dicho trámite comprende la documen tación mencionada en los apartados G y T de la presente convocatoria.
  • Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra hasta el 2 5 de septiembre de 2026. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable. La presentación de solicitudes fuera del plazo señalado dará lugar a la inadmisión de las mismas.
  • Documentos que deben acompañar a las solicitudes:
  • Las personas interesadas deberán presentar la documentación siguiente:
  • Documentación acreditativa de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre. Documentación acreditativa de ser una entidad legalmente constituida, así como de su domiciliación social y fiscal, y de su constitución legal en la fecha de presentación de la solicitud. No será necesario presentar los documentos aquí detallados si estuviesen en poder del Ayuntamiento de

Gastos y actuaciones

  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    Bajo este concepto se podrán incluir los siguientes gastos:
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    El uso de instalaciones deportivas no propias.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    Gastos indirectos por el uso de instal aciones deportivas propias a partir de una metodología de
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    seguir los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas; b) que los cos tes correspondan al periodo que efectivamente realizan los equipos subvencionados su actividad; c) que los costes correspondan exclusivamente a las personas concretas integrantes de los equipos subvencionados - teniendo en cuenta además, si fuera necesario , el hecho de que pudieran estar compartiendo instalación en un momento dado -; y d) que los gastos indirectos afecten únicamente a los gastos de luz, agua, limpieza, conserjería, seguro de Responsabilidad Civil de la instalación, y calefacción (no se podrá n imputar otros costes, como por ejemplo, telefonía y comunicaciones; seguridad general; mantenimiento/reparaciones; gestión/administración; y amortizaciones de inversiones por la compra de
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    cánones o cuotas federativas específicas y exclusivas por participar en el campeonato o fase sector, y
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    desplazamientos, alojamiento y manutención para los mismos. En ningún caso se admitirán gastos por comidas protocolarias o de celebración asociadas a los mencionados gastos de manutención, ni gastos de familiares alojados o desplazados, ni posibles sanciones deportivas. Para transporte en vehículo particular será admitido un gasto máximo de 0,32 € /km. L.1.3. Acciones sobre igualdad en el marco del proyecto correspondiente previsto en el apartado H.1.5 de la presente convocatoria. Aquellas acciones que impliquen un desembolso específico de las entidades deberán estar debidamente justificadas y razonadas en la solicitud.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    L.1.4. Otras consideraciones: Cuando el importe de cada gasto subvencionable individualmente considerado supere la cuantía de
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el benefici ario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la asunción del compromiso de prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exist a en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. la elección entre las ofertas presentadas, que deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. En ningún caso el coste d e adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    SÍ NO En ningún caso se considerarán gastos subvencionables: los ya mencionados anteriormente.
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    CONCURRENCIA COMPETITIVA Código seguro de verificación, que puede comprobarse en https://sedeelectronica.pamplona.es 0035405271226217991023 14 cuantía de la ayuda otorgada a financiar, en todo o en parte, los gastos incurridos en las actividades objeto de subvención sin superar en ningún caso el 100% del déficit resultante. La parte del gasto no cubierta con la subvención municipal deberá cubrirse con aportación propia o con otras aportaciones procedentes de otros medios externos (otras subvenciones públicas, cuotas a participantes, etcétera).
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Sistema de pago: El pago de la subvención revestirá la siguiente modalidad: Pago previa justificación de las acciones/proyectos/conductas/actividades subvencionadas.
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Constitución de garantías:
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Modalidad de justificación: La justificación del cumplimiento de las con diciones impuestas y de la
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Cuenta justificativa: Cuenta justificativa con aportación de justificante de gasto ( siguiendo las prescripcione s establecidas en el artículo 35 de la Ordenanza). Cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría. Contenido adicional: SÍ NO Cuenta justificativa simplificada. Acreditación del gasto por módulos (siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 37 de la
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Coste unitario módulo:
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Memoria evaluativa de la actividad subvencionada llevada a cabo. El contenido de la memoria será el siguiente: 1.) denominación de la actividad o proyecto; 2.) objetivos y finalidades; 3.) Actuaciones temporizadas realizadas (incluyendo las que se pu dieran haber hecho relacionadas con igualdad); 4.) resultados socio -deportivos; y 5.) resultados económicos a partir de un balance de ingresos y gastos donde se indique de una forma ordenada y totalizada los diferentes conceptos e importes asociados, y el déficit específico de la actividad sin tener en cuenta la subvención municipal. Aquellas entidades que hubieren obtenido algún tipo de ingreso al ser contratadas o encargadas por otras entidades para desarrollar, en todo o en parte, una Escuela Deportiva d e Base subvencionada municipalmente durante la temporada 2025- 2026 deberán reflejar el mismo dentro de los ingresos de la presente memoria junto
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Si procede, Anexo IV "Participación en Campeonatos/Copas/Supercopas de España (desde el año 2013 y anteriores-) y Anexo V "Participación en fases de ascenso/descenso, fases sector o promoción de categoría (senior)".
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Anexo VI "Número de deportistas con licencia federativa de Navarra" (a rellenar por la Federación Navarra correspondiente, con el visto bueno de la entidad/club correspondiente). No serán admitidos los Anexos enmendados ni completados a bolígrafo de una forma superpuesta al documento electrónico original.
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    Muy breve aportación documental (cartelería A4, pantallazos de redes sociales, pantallazos web, etcétera) que acredite las obligaciones de difusión determinadas en el apartado E de la presente convocatoria.
  • Plazo de realización de los gastos subvencionables: septiembre de 2025 a agosto 2026. · eligible
    La justificación relacionada con las obligaciones legales de transparencia y de veracidad de la documentación justificativa se llevarán a cabo durante el trámite web. Únicamente será necesario adjuntar documentación añadida en el caso de que las entidades estén sujetas a obligaciones legales de transparencia (concretamente, las últimas cuentas y el organigrama actualizado con cargos, dedicac iones y remuneraciones)

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Subvencionar la organización de entrenamientos regulares y la participación en determina das competiciones deportivas oficiales por parte del tejido asociativo deportivo pamplonés durante la temporada 202 5-2026. Dicha participación competitiva y los entrenamientos serán considerados como "deporte oficial aficionado" de acuerdo con la definició n, condiciones y requisitos dados para estas actividades en la presente convocatoria.