Personas jurídicasES220 - Navarra

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN DE DESARROLLO LOCAL CON ENTIDADES LOCALES DEL SUR, AÑO 2026

La presente convocatoria tiene por objeto la cofinanciación de Proyectos con Entidades Locales del Sur, a realizar en los países incluidos en la relación vigente de países beneficiarios de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) establecida por el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE. Se entiende por Entidad Local, un ente de carácter público o reconocido en la legislación nacional como equivalente al mismo, q ue rige las políticas públicas de un territorio actuando bajo la legitimidad de órganos representativos elegidos democráticamente. Debe tener personalidad jurídica propia y autonomía política, administrativa y financiera.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES220 - Navarra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA/IRUÑA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • A la presente convocatoria podrán presentarse proyectos incluidos en las siguientes modalidades: * Modalidad A: Proyectos NUEVOS: Son los proyectos que se presentan por primera vez en el año 2026 a esta convocatoria. * Modalidad B: Proyectos de CONTINUIDAD. Son aquellos proyectos presentados a esta convocatoria en años anteriores, cuya ejecución ha sido iniciada y subvencionada, presentándose en el año 202 6 la continuación. Cada entidad podrá presentar únicamente una solicitud a esta convocatoria, a estos efectos se entenderá que las Agrupaciones son entidades solicitantes diferentes de cada una de las entidades que la componen. También se podrá prestar y recibir colaboración de otras entidades en la ejecución de los proyectos, sin que esto modifique la calidad de única beneficiaria de la subvención de la entidad solicitante. Condiciones y requisitos COMUNES
  • Adecuarse al objeto y, en su caso, a las prioridades señaladas en la presente convocatoria.
  • Su identificación y formulación deberá basarse en el Enfoque de Marco Lógico, o en su defecto, en otra metodología normalizada donde se detallen de forma clara y organizada los objetivos de la intervención, los resultados esperados y las actividades y recursos necesarios para la ejecución del proyecto.
  • Contar con una socia local (contraparte) en la zona donde se vaya a realizar el proyecto. Dicha socia podrá ser una Administración Pública o una organiz ación local, incluida la Delegación de la propia entidad solicitante en el país de referencia.
  • Exponer de forma minuciosa la forma de implementar las actuaciones comprendidas en el mismo y explicar las relaciones que van a establecerse con la socia loc al, la entidad local y la comunidad destinataria para realizar el seguimiento de la acción subvencionada.
  • El proyecto debe formar parte del Plan de Desarrollo Municipal de la Entidad Local destinataria, o similar, o presentar un compromiso por parte de la misma de que, en el caso de resultar subvencionado, se incluirá este proyecto en el documento en un plazo de cuatro meses a contar desde la notificación de la concesión de la subvención a la entidad solicitante.
  • Contar con la participación activa de la Entidad Local destinataria del proyecto.
  • Incluir una propuesta de actividad/es de sensibilización ligada al proyecto a realizar en Pamplona.
  • Los proyectos que contemplen actividades relacionadas con donación o acceso a medicamentos, deberán aj ustarse a las directrices para donaciones de medicamentos establecidas por la Agencia Española de medicamentos y productos sanitarios y la Organización Mundial de la Salud.
  • Los proyectos deben tener una duración de 12 meses, debiendo la entidad solicit ante, comunicar al Ayuntamiento de Pamplona la fecha real de inicio del proyecto, en el plazo de un mes desde la percepción efectiva de la subvención, adjuntando el ingreso que certifica la percepción de la subvención del Ayuntamiento de Pamplona. Fecha límite anterior: Las actividades no pueden iniciarse antes del 01/01/2026. Fecha límite posterior: Las actividades deben iniciarse como máximo en los tres meses siguiente, a contar
  • Aunque la solicitud deba referirse a un periodo de un año, que es el que cubren las bases de la presente convocatoria, se diseñará el proyecto para lograr efectos a medio plazo, por lo que deberán contar con una programación de continuidad para los dos años siguientes (separados en fases anuales independientes). En este sentido, se concebirán como proyectos evolutivos (no podrán diseñarse como una réplica anual durante los tres años), con un grado de d efinición diferente para cada año de intervención.
  • El proyecto correspondiente al primer año deberá ser presentado con detalle, desarrollando claramente cada una las actuaciones a realizar, mientras que los años 2 y 3 podrán no ser exhaustivos, esto sin perjuicio de que, en el momento de solicitar la subvención del ejercicio de continuidad, deban desarrollarse en dicho momento, y, en su caso, actualizar, las actuaciones correspondientes a ese periodo de continuidad.
  • Haber sido financiado en la Convocatoria de Subvenciones del Ayuntamiento de Pamplona para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo con Entidades Locales del Sur 2025.
  • Presentar una propuesta de continuación de dicho proyecto para 2026.
  • Cuantía total máxima convocada dentro de los créditos disponibles: 180.000 € La consignación presupuestaria indicada, se imputará con cargo a la partida 90/23930/490000, y, si se aprobará por el Pleno municipal la incorporación de nuevos fondos, se podrán imputar a la partida 90/23930/790000. La consignación presupuesta ria máxima se distribuye en las siguientes modalidades y con los importes
  • Modalidad B: 120.000 € Sin perjuicio de lo indicado al final de este apartado, si a la fecha de resolución de la presente convocatoria existiesen fondos disponibles, éstos podrían ser destinados a incrementar la cuantía total de la misma; y si no se dispusiera del total de crédito disponible, este podrá ser destinado a otras convocatorias del Programa Municipal de Cooperación Internacional al Desarrollo. No se podrán conceder subvenciones por cuantía superior a la establecida en esta convocatoria.
  • Partida presupuestaria: 90/23930/490000
  • Cuantía individualizada máxima y criterios para su determinación: La cuantía individualizada máxima que se podrá conceder a cada beneficiario no podrá exceder de 60.000,00 €.
  • Posibilidad de proceder al prorrateo:
  • Convocatoria plurianual: SÍ NO En el caso de convocatoria plurianual, la autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.

Gastos y actuaciones

  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    subvencionables: Podrán cubrir los gastos directos e indirectos de los proyectos cofinanciados, de acuerdo con lo dispuesto
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    a continuación: Se considerarán gastos directos, aquellos directamente relacionados con la ejecución del proyecto y que
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    financiarán la consecución de los objetivos del mismo. Los gastos directos subvencionables son: Gastos de inversión
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    Infraestructuras.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    1. Adquisición de terrenos o bienes inmuebles: El destino de la subvención a adquisición de terrenos o bienes inmuebles t endrá carácter excepcional y, en todo caso, queda condicionada a la presentación de toda la documentación necesaria que informe sobre su situación legal y demuestre que efectivamente pueden ser comprados.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    2. Construcción y rehabilitación.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    3. Estudios y proyectos de construcción.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    4. Materiales de construcción y transporte de los mismos.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    Adquisición y transporte de equipos.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    1. Maquinaria.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    3. Medios de transporte.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    4. Mobiliario.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    5. Útiles y herramientas.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    6. Equipos electrónicos e informáticos, y sistemas y programas informáticos.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    7. Producciones cinematográficas, fonográficas, videos y series audiovisuales: Incluye la grabación, edición y diseño de materiales audiovisuales, incluidos aquellos dirigidos a la difusión en redes sociales, páginas web, proyecciones en espacios, etc. así como gastos de traducción. Gastos corrientes
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    Identificación (máximo 5%): Los gastos derivados de la identificación en el terreno, siempre que se hayan realizado en los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    CONCURRENCIA COMPETITIVA Código seguro de verificación, que puede comprobarse en https://sedeelectronica.pamplona.es 0018773104926161991038 18 proyectos a la presente Convocatoria y que no superen el 5% de la subvención total. Los gastos imputables a este concepto, serán los directamente derivados de la realización de diagnósticos, talleres de i dentificación, estudios previos, etc. incluyendo los costes de personal y los viajes y estancias generados por la actividad. Solo podrán incluirse en los proyectos de Modalidad A (nuevos.)
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    Materiales y suministros:
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    1. Adquisición de materiales en di stintos soportes (bibliográfico, audiovisual) y material fungible que resulten necesarios para la realización de las actividades, y su distribución y/o transporte.
  • Determinación de los gastos subvencionables: Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a · eligible
    2. Exposiciones y producciones fotográficas: Incluye el diseño, maquetación e impresión de exposiciones, materiales escritos o gráficos necesarios para la realización y difusión de las actividades, así como gastos de traducción. También incluye el transporte y seguro de materiales (en el caso de exposiciones o similares).

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto la cofinanciación de Proyectos con Entidades Locales del Sur, a realizar en los países incluidos en la relación vigente de países beneficiarios de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) establecida por el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la OCDE. Se entiende por Entidad Local, un ente de carácter público o reconocido en la legislación nacional como equivalente al mismo, q ue rige las políticas públicas de un territorio actuando bajo la legitimidad de órganos representativos elegidos democráticamente. Debe tener personalidad jurídica propia y autonomía política, administrativa y financiera.