Convocatoria de subvenciones en especie para la elaboración y entrega de guías de respuesta ante emergencias por incendios forestales y planes de actuación de ámbito local a los ayuntamientos de la provincia de Burgos, en el marco del Plan INFOCAL.

1.1 La presente convocatoria tiene por objeto determinar el alcance del contrato de servicios que será objeto de licitación por parte de la Diputación Provincial de Burgos para la elaboración y entrega de los instrumentos de planificación municipal en materia de prevención y respuesta ante emergencias por incendios forestales, de conformidad con lo establecido en el Plan INFOCAL de Castilla y León. El citado Plan establece que “todos los municipios de Castilla y León deberán elaborar la Guía de respuesta ante emergencias por incendios forestales detallada en el Anexo VII” , como instrumento básico de planificación operativa municipal…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES412 - Burgos. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiario s de la presente Convocatoria los Ayuntamientos de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes que realicen su solicitud de conformidad con lo establecido en las presentes Bases.
  • documentation
    1. Esta convocatoria se articula al amparo de lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se establece la obligación de relac ionarse a través de medi os electróni cos con las Admi nistraciones Públicas , para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, a las personas jurídicas, es decir, a los posibles beneficiarios de las ayudas a esta Convocatoria. Al amparo del mar co normativo citado, la Diputación Provincial de Burgos, aprobó con fecha 4 de septiembre de 2020 la Or denanza de Administración electrónica, cuya publicación efectiva se realizó en el B .O.P. nº 212 de fecha 20 de noviembre de 2020. En dicha Ordenanza se regula, en su artículo 6, el catálogo de procedimientos . A tales efectos, las instanc ias para participar en esta Con vocatoria se presentarán úni ca y exclusivamente en la sede electróni ca de la Diputación de Burgos , no admitiéndose otros canales de registro.
  • documentation
    2. Los Ayuntamientos que deseen participar en esta Convocatoria, de berán presentar el modelo de solicitud que figura como Anexo I, única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación de Burgos , donde se podrá
  • documentation
    PLANES DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL (PAAL)". En dicho Anexo, se indicará la persona de contacto a efectos de esta convocatoria. La Diputación de Burgos utilizará el correo electrónico institucional puesto a disposición de los Ayuntamientos para el aviso de las notificaciones de la gestión administrativa de esta Convocatoria. Estas notificaciones serán accesibles mediante comparecencia en sede electrónica https://sede.diputaciondeburgos.es en la sección BUZON DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS. Para actualizar la dirección de correo electrónico puede acceder a https:/sede.diputaciondeburgos.es y entrar en la sección: MIS DATOS - Datos personales, deberá acceder mediante certificado digital de representante.
  • documentation
    3. La comprobación de que la sol icitud reúne los requisitos exigidos en esta convocatoria se realiz ará por la Sección de Fomento, Protección Civil e Infraestructuras.
  • documentation
    1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • 1 Los Ayuntamientos beneficiarios quedan obligados a facilitar cuanta información les sea requerida por la Diputación, así como por las empresas que resulten adjudicatarias del contrato, con el fin de garantizar la correcta elaboración de los documentos objeto de la presente convocatoria. A tal efecto, deberán indicar en la solicitud la persona de contacto , indicando su teléfono, que actuará como interlocutor municipal ante la empresa adjudicataria , y que será la encargada de facilitar la información necesaria, coordinar las actuaciones que resulten precisas y, en su caso, acompañar o asistir a la empresa en los trabajos de campo que deban realizarse en el ámbito municipal.
  • 2 Los Ayuntamientos beneficiarios quedan obligados a tramitar
  • En el caso de las guías, la aceptación por parte de la Alcaldía/Presidencia y su remisión a la Diputación Provincial para su posterior aprobación por la JCYL.
  • En el caso de los planes , la aprobación del documento mediante acuerdo plenario y su remisión a la Diputación Provincial para su posterior aprobación por la JCYL, así como su homologación por la Agencia de Protección Civil.
  • DISPOSICIÓN FINAL Contra las presentes Bases, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante la Junta de Gobierno de esta Diputac ión en el plazo de un mes, de conformidad con el a rt. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Admi nistraciones Públicas. As imismo podrán ser impugnadas directamente ante el Juzgado de lo Cont encioso Administrativo de Burgos, en el plazo de dos meses a tenor de lo establecido en el art 8 de la Le y 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, tras la modificación introducida por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. Ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Burgos, a la fecha que consta en la firma electrónica
  • documentation
    DECLARA:  No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en la normativa de aplicación.  Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En………………, a ……………de ……………………de 2026 Fdo.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[16063].extracted_segments[0]

1.1 La presente convocatoria tiene por objeto determinar el alcance del contrato de servicios que será objeto de licitación por parte de la Diputación Provincial de Burgos para la elaboración y entrega de los instrumentos de planificación municipal en materia de prevención y respuesta ante emergencias por incendios forestales, de conformidad con lo establecido en el Plan INFOCAL de Castilla y León. El citado Plan establece que “todos los municipios de Castilla y León deberán elaborar la Guía de respuesta ante emergencias por incendios forestales detallada en el Anexo VII” , como instrumento básico de planificación operativa municipal. Asimismo, el Plan establece que “los municipios que figuran en el Anexo III del Plan INFOCAL presentan un mayor riesgo de incendios forestales en áreas de interfaz urbano-forestal y son los que, de acuerdo con lo dispuesto por la Directriz Básica de protección civil de emergencia por incendios forestales (RD 893/2013), deberán elaborar e implantar un Plan de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales”. Ambos instrumentos constituyen elementos integrados del sistema de planificación de emergencias local, conforme a la Ley 43/2003, de Montes, y a la Directriz Básica de Protección Civil ante Incendios Forestales (RD 893/2013). La Diputación de Burgos pretende, por tanto, colaborar con los Ayuntamientos de la provincia en materia de prevención y extinción de incendios , en el marco de las competencias establecidas en el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.