Personas físicasES212 - Gipuzkoa

Convocatoria de subvenciones dirigidas al aprendizaje y perfeccionamiento del euskera el curso 2026-2027

Es objeto de las presentes bases el establecer, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al alumnado de Oiartzun que vaya a cursar estudios de euskera durante el curso 2026-2027…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES212 - Gipuzkoa. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OIARTZUN.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Las solicitudes deben presentarse en el Registro General Municipal o mediante registro electrónico, en los impresos de solicitud que con ese fin pondrá a disposición el Ayuntamiento. Asimismo, se podrán presentar en los lugares citados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
  • Para la solicitud de la subvención se deberá presentar la siguiente documentación:
  • Impreso general de solicitud (ANEXO I.).
  • Certificado de inscripción en el euskaltegi (aportado por cada alumno o alumna, o lista de alumnos y alumnas presentados por el euskaltegi a la convocatoria de becas)
  • En el caso de estudiantes con posibilidad de subvención especial a la que se refiere
  • el artículo 4º, deberán aportar también los siguientes documentos:
  • Los estudiantes de educación reglada: o Documento de matrícula del centro (justificante de pago o copia del documento de matrícula).
  • Transmisión familiar o Fotocopia del libro de familia con los datos del/de la niño/a. o Certificado de la familia (cuidadores). o Certificado médico en el caso de las mujeres embarazadas y sus parejas (cuando sea necesario, podrá solicitarse declaración jurada).
  • Trabajadores de comercios y empresas de servicios en Oiartzun o Certificado de ubicación de la empresa en Oiartzun. Certificación, en su caso, de su actuación en Oiartzun.
  • Trabajadores/as de empresas con un plan para la normalización del euskera y Trabajadores/as de empresas que hayan firmado con el Ayuntamiento un acuerdo para la normalización del uso del euskara.
  • Asociaciones o Certificado de la asociación, que indica la función del solicitante en la misma. o Certificado acreditativo de que la asociación está ubicada en Oiartzun. Certificación, en su caso, de su actuación en Oiartzun. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento de Oiartzun realizará por medios electrónicos las comprobaciones y consultas necesarias para la presente convocatoria, a fin de obtener los siguientes datos
  • Identidad (en caso de personas físicas).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Estar al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Información actualizada de la vida laboral.
  • Titularidad de la cuenta corriente indicada en la hoja de solicitud. Todos ellos, salvo manifestación expresa en contra del interesado en la solicitud, en cuyo
  • caso el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:
  • Identificación mediante cualquier documento que acredite su identidad en caso de personas físicas (DNI, pasaporte, etc.)
  • Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones con la seguridad social.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de las presentes bases el establecer, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al alumnado de Oiartzun que vaya a cursar estudios de euskera durante el curso 2026-2027. Todo ello en base a lo dispuesto por la Ordenanza que regula las subvenciones del Ayuntamiento de Oiartzun, el Plan Estratégico de subvenciones 2025-2027, así como a lo recogido en el título 3º de la Ley 2005 de Igualdad, según el cual los principios generales establecidos en sus artículos 16, 18.4, 23 y 24.2 son de aplicación a todos los poderes públicos vascos, así como a las entidades privadas que suscriban contratos o convenios de colaboración con cualquiera de ellos o sean beneficiarias de ayudas o subvenciones concedidas por ellos. Por lo tanto, la persona o sociedad beneficiaria deberá respetar la totalidad de la normativa de aplicación vigente, y en especial la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres.