Personas jurídicasES532 - Mallorca

Convocatoria de subvenciones dirigida a ayuntamientos, mancomunidades y entidades locales menores de Mallorca para actuaciones de administración electrónica, digitalización y ciber-seguridad.

 El objeto de esta convocatoria es dar apoyo económico a ayuntamientos, mancomu- nidades y entidad local menor de la isla de Mallorca para los gastos, tanto corrientes como de inversión, en materia de administración electrónica, digitalización y ciber - seguridad…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES532 - Mallorca. La gestiona CONSELL INSULAR DE MALLORCA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Los ayuntamientos de Mallorca cuya población es inferior a 20.000 habitantes, que son un total de 46, de acuerdo con las últimas cifras de población publicadas en el Registro
  • Las mancomunidades de Mallorca, que son 5 de acuerdo con los datos publicados en el CEDOMU –Centro de Documentación Municipal - del Gobierno de las Islas Baleares. Son las mancomunidades siguientes: des Raiguer, del Migjorn, Nord, Pla de Mallorca y Tramuntana.
  • La entidad local menor de Palmanyola. De acuerdo con lo anterior, las entidades locales que pueden ser beneficiarias en esta
  • Presupuesto de la convocatoria. El crédito de la convocatoria es 680.000,00€ para gastos corrientes y de 561.000,00€ para gastos de inversión, previsto en e l presupuesto del Consell de Mallorca para el 2026 en
  • 65 49175 46200 convocatoria subvención ayuntamientos gastos informáticos y coordinación municipal: 610.000 euros.
  • 65 49175 46300 convocatoria subvención mancomunidades gastos informáticos y coordinación municipal: 55.000 euros.
  • 65 49175 46800 convocatoria subvención entidad local menor gastos informáticos y coordinación municipal: 15.000 euros.
  • 65 49175 76200 convocatoria subvención ayuntamientos inversiones informáticas y coordinación municipal: 501.000 euros
  • 65 49175 76300 convocatoria subvención mancomunidades inversiones informáticas y coordinación municipal: 45.000 euros.
  • 65 49175 76800 convocatoria subvención entidad local menor inversiones informáticas y coordinación municipal: 15.000 euros.
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    Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes Las solicitudes de subvención se tienen que presentar en el plazo arriba establecido (punto
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    En cuanto a la presentación electrónica de las solicitudes hay que tener en
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    cuenta: Tanto la solicitud (instancia) como los anexos se tienen que firmar electrónicamente me- diante el certificado de representante de persona jurídica correspondiente, es decir, todos los anexos y las declaraciones responsables se tienen que firmar. En el proceso de presentación electrónica de la solicitud (instancia), en el apartado co- rrespondiente a la aceptación de condiciones, la conformidad con la cláusula de oposición a la autorización de consulta de datos tributarios en el AEAT y Seguridad Social por parte del Consell de Mallorca, implicará que el beneficiario se tendrá que hacer cargo de la aportación de estos certificados. La solicitud se puede presentar a través del Registro Electrónico general del Consell de Mallorca de la Sede Electrónica o bien a través del Sistema de Interconexión de Registros
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    (SIR). En el caso de que la solicitud la envíe la entidad local a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única (de adelante de DEHu), se tiene que tener en cuenta que la recepción de
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    Documentación a adjuntar con la solicitud Cada entidad beneficiaria presentará una única solicitud de subvención en la cual se recojan todos los gastos subvencionables según esta convocatoria, tanto de gasto corriente como de gasto de inversión, que se indicarán de manera separada.
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    Se tiene que adjuntar la documentación siguiente:
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    Modelo de solicitud de subvención (Anexo I).
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    Declaración responsable (Anexo II)
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    Certificado del interventor/secretario de la entidad local con visto bueno del al- calde o presidente, según corresponda, sobre la realización de la actividad sub- vencionada y de sus ingresos y gastos (Anexo III)
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    Certificado de que la entidad solicitante está al corriente del de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado, así como de las obligaciones tributarias ante el Consell Insular de Mallorca y los organis- mos autónomos que de él dependen, impuestas por las disposiciones vigente s, y no ser deudora por resolución de procedencia de reintegro (Anexo IV)

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables. · eligible
    En esta convocatoria se subvencionarán actuaciones tanto gasto corriente como de gasto de inversión, en materia de administración electrónica, digitalización y ciber-seguridad.
  • Como gasto corriente, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La reparación, mejora y/o condicionamiento del cableado de datos y del “rack” o ar- mario de comunicaciones (esta actuación engloba: renovación de cableado, elimina- ción de “switches” para duplicar tomas, certificación de puntos de red, etiquetado de puntos de red, saneamiento del rack o “peinado” del rack, entre otros).
  • Como gasto corriente, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La suscripción a programas de gestión de expedientes electrónicos.
  • Como gasto corriente, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La suscripción a otros módulos o aplicaciones necesarios para el buen funcionamiento de la administración local (programas de nóminas, gestión de RRHH, gestión econó- mica, gestión tributaria, gestión de padrón municipal, o cualquier otro sem ejante, siempre que se acredite su utilidad).
  • Como gasto corriente, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Los gastos destinados a licencias de productos informáticos, a la contratación de em- presas que den soporte informático así como gastos en programas para protegerse de virus, ataques y malware, estos últimos comprendidos en el Catálogo de Productos y Servicios de Seguridad de las TIC del Centro Criptológico Nacional (https://cps- tic.ccn.cni.es/es/).
  • Como gasto corriente, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Los gastos de contratación de espacio en la nube y/o su migración, siempre y cuando cumplan con las regulaciones de datos del Reglamento General de Protección de Da- tos (RGPD).
  • Como gasto corriente, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Los gastos de reparación de hardware informático de elementos que no hayan llegado a su fin de vida útil.
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La instalación de nueve puntos de red, rack o armarios de comunicación, elementos de red ( enrackables y no enrackables) siempre y cuando los nuevos puntos de red estén certificados y los elementos de red tengan una velocidad mínima de 1.000 Mb/s (1Gb/s).
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La adquisición de servidores (físicos o virtuales y enrackables y no enrackables), or- denadores (portátiles o de sobremesa), dispositivos de copias de seguridad (cabinas de discos SAN, NARIZ, DAS), impresoras (de red o individuales), teléfonos móviles, así como cualquier elemento complementario de estos como pantallas, teclados, rato-
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · ineligible
    nes, altavoces, micrófonos, siempre que cumplan las condiciones siguientes: o En cuanto a todos los elementos subvencionables mencionados, que se acre- dite que están destinados a ser utilizados por personal del ayuntamiento pa ra el cumplimiento de sus tareas profesionales. o En cuanto a los sistemas operativos, que estén enfocados al entorno profesio- nal (no serán subvencionables sistemas operativos no profesionales o enfoca- dos al entorno doméstico, como Microsoft Windows Home o similares). o En cuanto a los teléfonos móviles, no se subvencionarán los que tengan un coste de adquisición superior a los 500,00€, IVA incluido.
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La adquisición de programas de video-actas así como la adquisición de cámaras y micrófonos para hacer efectivo este sistema de certificación de las sesiones plenarias de las entidades.
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La adquisición de cámaras de videovigilancia y seguridad, siempre que se instalen en espacios públicos y respondan a una finalidad de seguridad pública. No se considerará como gasto subvencionable la instalación de radares pedagógicos o similares.
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    La adquisición de sistemas de alimentación ininterrumpida para evitar fluctuaciones de corriente y desperfectos en los equipos informáticos (enrackables o no enra- ckables).
  • Como gasto de inversión, se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes: · eligible
    Los gastos destinados a la renovación o mejora de la capacidad de conservación de archivos informáticos en servidores físicos, discos duros extraíbles, cabinas de discos o similares.
  • No se considerarán gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria: · ineligible
    Los gastos corrientes de consumos telefónicos.
  • No se considerarán gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria: · ineligible
    Los gastos, tanto corrientes como de inversión, relacionados con páginas webs.
  • No se considerarán gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria: · ineligible
    Gastos de papelería, tóners y consumibles asimilables.
  • No se considerarán gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria: · ineligible
    Tasas o precios públicos abonados al Consell de Mallorca por estos conceptos. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables puede ser superior al valor de mercado. Las entidades beneficiarias, en la adquisición o contratación de bienes o servicios que se consideran gastos subvencionables en esta convocatoria, deben cuidar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación de contratos, así como observar el cum- plimiento, cuando proceda, del Esquema Nacional de Seguridad y el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
  • No se considerarán gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria: · ineligible
    Afectación. En relación con los gastos de inversión, bienes inventariables que se adquieran, se tienen que destinar a la finalidad concreta para la cual se concedió la subvención durante un plazo de cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público y de dos años en los otros casos (artículo 44.6 OGS). El incumplimiento de la obligación de destino será causa de reintegro de la subvención.
  • No se considerarán gastos subvencionables, a efectos de esta convocatoria: · ineligible
    Ámbito temporal. Para que las actuaciones sean subvencionables tienen que realizarse desde el 25 de octu- bre de 2025 inclusive, hasta la fecha en la cual finalice el plazo por presentar la solicitud. El plazo de presentación de las solicitudes de subvención, junto con las facturas y sus justificantes de pago, se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB y finalizará día 30 de septiembre de 2026. Por lo tanto, en el momento en que se presente la solicitud, las facturas que la acompañen tienen que estar pagadas a los acreedores correspondientes. Ahora bien, de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 48.1 del OGS, se podrá c onsiderar como gasto realizado la certificación de las obligaciones reconocidas dentro del plazo subvencionable, emitida por el secretario de la entidad local (o funcionario que lo sustituya en estas funciones).

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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 El objeto de esta convocatoria es dar apoyo económico a ayuntamientos, mancomu- nidades y entidad local menor de la isla de Mallorca para los gastos, tanto corrientes como de inversión, en materia de administración electrónica, digitalización y ciber - seguridad.  La finalidad, dentro del ámbito de la competencia del Consell de Mallorca para ges- tionar la prestación de servicios de administración electrónica, es alcanzar una admi- nistración local de calidad que pueda dar una atención adecuada a sus habitantes me- diante unas estructuras digitales fuertes, encaminadas al cumplimie nto del Esquema Nacional de Seguridad, que estén lo más preparados posibles para poder hacer frente a eventuales ciber-ataques y que puedan adaptarse a la incorporación de elementos de inteligencia artificial.