Convocatoria de Subvenciones destinadas a personas físicas, entidades y asociaciones que desarrollen una labor de promoción cultural en San Fernando en 2026.

Las presentes bases tienen por objeto prestar el ap oyo necesario a personas físicas, así como asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que des arrollen proyectos culturales y con ello contribuyan a la promoción, difusión, investigación , conservación y dinamización de la cultura en el municipio de San Fernando. Las ayudas se concederán de acuerdo con los princip ios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimi ento de concurrencia competitiva para actividades y de acuerdo con la normativa aplicable es la vigente en materia de subvenciones públicas…

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Realizar la/s actividad/es para la que se ha concedido la subvención, y presentar la justificación correspondiente en la forma y plazos improrrogables previstos en la base 13.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de o tras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de conformidad con lo establecido en el
  • documentation
    Las entidades y personas interesadas presentarán su solicitud y la documentación requerida exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Fernando, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), mediante el modelo normalizado (Anexo I) disponible en la misma. Código Seguro De Verificación: V1Q8+wE36n1J3Ritl8AY Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 5/28 Versión imprimible con información de firma
  • documentation
    Área de Desarrollo de la Ciudadanía | Cultura De conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas físicas incluidas en el ámbito subjetivo de esta convocatoria estarán ob ligadas a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento de San Fernando para la realización de cualquier trámite del procedimiento, atendiendo a su capacidad técnica y dedicación profesional en el ámbito cultural. Asimismo, deberán presentar la siguiente documentac ión referida al contenido del proyecto y que contendrá la información que valorará la comisión de valoración. Estos documentos se presentarán obligatoriamente utilizando los modelos normalizados.
  • documentation
    Anexo I: Solicitud, firmada electrónicamente.
  • documentation
    Anexo II: Memoria o Proyecto firmado electrónicamen te: ha de reflejar como mínimo todos aquellos apartados en los que la persona o entidad solicitante se haya otorgado alguna puntuación en el Anexo de Autobaremación (Anexo III).
  • documentation
    Anexo III: Autobaremación firmado electrónicamente.
  • documentation
    Certificado positivo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  • documentation
    Certificado positivo de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN).
  • documentation
    Certificado positivo de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • documentation
    Certificado acreditativo de no mantener deudas con el Ayuntamiento de San Fernando (Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.
  • documentation
    Las entidades y asociaciones además deberán presentar:  Acreditación del registro de asociaciones de la Junta de Andalucía.  Estatutos de constitución.  Composición vigente de la junta directiva o documen tación acreditativa de las modificaciones producidas desde la última documenta ción presentada al Ayuntamiento.
  • justification
    1 Plazo de ejecución y justificación. El plazo de realización de la actividad subvencionada será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026. El plazo de justificación de la ayuda percibida finalizará el 30 de noviembre de 2026. Código Seguro De Verificación: V1Q8+wE36n1J3Ritl8AY Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 9/28 Versión imprimible con información de firma
  • justification
    2 Documentación justificativa La justificación se realizará mediante la presentac ión de una cuenta justificativa que contendrá los
  • justification
    Memoria justificativa del cumplimiento del proyecto , con indicación de las actividades realizadas, las fechas de ejecución de las activida des, y un apartado de resultados obtenidos y conclusiones, de acuerdo con el art. 72 Rd 887/2006 (Anexo IV).
  • justification
    En dicha memoria deben indicarse, al menos los siguientes datos:  Temporalidad de las actuaciones del proyecto realiz adas, fechas y lugares de realización de las actividades. (Base 10.1).  Impacto cultural, descripción de los aspectos que s e han incluido en el proyecto respecto a este apartado (Base 10.2.1).  Participación ciudadana que ha tenido el proyecto (Base 10.2.2).  Actividades de difusión realizadas (Base 10.2.3).  Actividades culturales propias realizadas o a realizar durante el período de ejecución diferentes de la presentada en esta convocatoria subvencionada (Base 10.3). La memoria debe ir acompañada, obligatoriamente, de la documentación que evidencie la realización de las actuaciones y la utilización del logotipo del Ayuntamiento en la difusión realizada de la misma: copia de la cartelería o fol letos, fotografías de las actuaciones, se recuerda que toda la publicidad que se realice relativa a las actuaciones subvencionadas ha de incluir el logo del Ayto., en el caso de las accion es formativas, incluirlo en la programación de la actividad, su difusión ..etc.
  • justification
    Cuenta justificativa del coste de las actividade s realizadas , con indicación detallada de todos los gastos e ingresos relacionados con el pro yecto subvencionado. (Anexo V). En la cumplimentación de la hoja de gastos no ha de agrup arse los gastos, de manera que cada gasto (factura) se corresponda con un número de orden.
  • justification
    Documentos para acreditar los gastos: Los documentos han de estar numerados conforme al n úmero de orden otorgado en la memoria económica. Solo se admitirán factura, no se admitirán tickets o similares. Los pagos habrán de acreditarse mediante transferencias bancarias, cargos en cuenta o pago con tarjeta, siempre desde una cuenta bancaria cuya titularidad corresponda a la persona física o entidad beneficiaria. No se aceptan pagos en efectivo.
  • justification
    Carta de pago o documento acreditativo del reint egro , cuando existan remanentes no aplicados o cantidades a devolver al Ayuntamiento de San Fernando No se admitirá documentación que presente enmiendas o tachaduras o no sea legible su contenido.
  • justification
    3 Minoración por incumplimiento parcial. La no realización parcial de las actividades que hubieran sido objeto de valoración para la obtención de la puntuación asignada dará lugar a la revisión motivada de dicha puntuación y a la minoración proporcional de la subvención concedida, según los puntos asignados a las actividades no realizadas. Código Seguro De Verificación: V1Q8+wE36n1J3Ritl8AY Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 10/28 Versión imprimible con información de firma

Gastos y actuaciones

  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Son gastos subvencionables: Serán subvencionables los gastos corrientes directamente vinculados a la preparación, organización, producción, desarrollo y ejecución de las actividad es objeto de la subvención, siempre que resulten necesarios para su realización y se encuentren debidamente acreditados. Código Seguro De Verificación: V1Q8+wE36n1J3Ritl8AY Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 4/28 Versión imprimible con información de firma
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Material fungible necesario para el desarrollo de talleres, exposiciones, representaciones, actividades formativas o cualesquiera otras actividades culturales.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Materiales consumibles destinados a la elaboració n, instalación o montaje temporal de elementos escenográficos o expositivos.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Honorarios, cachés o retribuciones de artistas, i ntérpretes, creadores, investigadores, ponentes, conferenciantes, comisarios de exposicion es, personal docente, personal técnico o cualquier otro profesional cuya participación resulte necesaria para la ejecución del proyecto.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Contratación de servicios profesionales de produc ción, coordinación, montaje, sonorización, iluminación, proyección, asistencia técnica o similares.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos en diseño, maquetación, edición, impresión o reproducción de materiales vinculados al proyecto.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Edición de publicaciones, catálogos, programas de mano, materiales divulgativos, grabaciones audiovisuales u otros recursos cultural es relacionados con la actividad subvencionada.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Alquiler temporal de espacios, equipamientos técn icos, instrumentos, vestuario, atrezo, escenografía u otros elementos necesarios para la ejecución de la actividad subvencionada.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de artistas, ponentes, investigadores, conferenciantes, personal técnico o demás participa ntes cuya intervención resulte necesaria para el desarrollo de la actividad subvencionada, s iempre que se encuentren debidamente justificados y respondan a criterios de economía y eficiencia.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Gastos de difusión, publicidad y comunicación del proyecto mediante cartelería, folletos, medios de comunicación, plataformas digitales o cua lquier otro medio destinado a la promoción de las actividades subvencionadas.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) tendrá l a consideración de gasto subvencionable únicamente cuando no sea susceptible de recuperació n, compensación o deducción por la entidad beneficiaria.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La adquisición de bienes inventariables o de inversión.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La compra de equipamiento técnico, audiovisual, informático o musical.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    La adquisición de vestuario, uniformidad, atrezo, escenografía u otros elementos de carácter permanente o susceptibles de utilización en futuras actividades de la entidad.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Las obras, reformas, reparaciones o mejoras de inmuebles.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos financieros, intereses deudores, recar gos, sanciones administrativas o penales y gastos derivados de procedimientos judiciales.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos protocolarios, de representación, aten ciones institucionales, obsequios, recepciones, cócteles, celebraciones o cualquier ot ro gasto análogo que no resulte imprescindible para la ejecución de la actividad subvencionada.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Serán subvencionables los gastos efectivamente realizados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026 que estén directamente relacionados con las actividades objeto de la subvención y sean considerados subvencionables. Solo se admitirán los gastos realizados y efectivamente pagados por la entidad beneficiaria con anterioridad a la finalización del período de justificación, de conformidad con el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Version imprimible con informacion de firma. Codigo Seguro de Verificacion: IE3+VSUjnHiJMcJOe/Fd Url de verificación: http://sede.sanfernando.es Ana Rosa Vargas Amedey Fecha firma: 12/08/2026 Patricia Cabada Montañés - Alcaldesa Fecha firma: 12/08/2026 María del Pilar Núñez de Prado Loscertales - Oficial Mayor Fecha firma: 13/08/2026 El documento consta de un total de: 26 página/s. Página 5 de 26.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Ayuntamiento de San Fernando Cultura Ref: MCI/ARV De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para los contratos menores en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014, deberán solicitarse como mínimo tres ofertas, con las salvedades y condiciones establecidas en dicho artículo. No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la persona o entidad beneficiaria esté obligada a realizar declaración del mencionado impuesto. En este supuesto, la cantidad imputable como gasto será la correspondiente a la base imponible de los justificantes. En el caso de estar exento de IVA, deberá acreditarse mediante la presentación de certificado de Condición de Sujeto Pasivo de IVA expedido a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Base 7.- Gastos subvencionables · eligible
    Son gastos subvencionables: Serán subvencionables los gastos corrientes directamente vinculados a la preparación, organización, producción, desarrollo y ejecución de las actividades objeto de la subvención, siempre que resulten necesarios para su realización y se encuentren debidamente acreditados.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las presentes bases tienen por objeto prestar el ap oyo necesario a personas físicas, así como asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que des arrollen proyectos culturales y con ello contribuyan a la promoción, difusión, investigación , conservación y dinamización de la cultura en el municipio de San Fernando. Las ayudas se concederán de acuerdo con los princip ios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimi ento de concurrencia competitiva para actividades y de acuerdo con la normativa aplicable es la vigente en materia de subvenciones públicas. Las actividades financiadas han de haberse realizad o entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026. Código Seguro De Verificación: V1Q8+wE36n1J3Ritl8AY Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 1/28 Versión imprimible con información de firma