Convocatoria de subvenciones destinadas a las actividades de las asociaciones cinegéticas sin ánimo de lucro de la provincia de Albacete, durante 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES421 - Albacete. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Número de factura, o en su caso, serie.
  • Lugar y fecha de emisión de la factura. Las fechas de las facturas coincidirán con el año objeto de la subvención.
  • Nombre y apellidos o denominación social, NIF y domicilio del proveedor y del cliente.
  • Descripción de la operación, fecha en que se hayan efectuado las operaciones, base imponible, tipo tributario y cuota repercutida en relación al I.V.A.
  • En el caso de facturas emitidas por empresarios y profesionales, la retención correspondiente del I.R.P.F., si procede.
  • Se admitirán facturas simplificadas cuando su importe acumulado no exceda de 100 euros ni del 10% de la subvención concedida Igualmente, los beneficiarios deberán adjuntar la acreditación del pago de las mismas,
  • Pago en efectivo: Sólo se admite el pago en efectivo para aquellas facturas de importe inferior a mil euros (1.000,00 euros). Si el pago fuese en efectivo, éste se acredita mediante “recibí” firmado sobre la factura, con indicación del nombre y apellidos de quien recibe los fondos y su
  • Pago bancario: Si el pago fuese por cheque nominativo (nunca al portador), transferencia o domiciliación bancaria, mediante presentación del cargo bancario correspondiente. Importe de la justificación. Como norma general deberá justificarse el importe total de la subvención percibida por el beneficiario de la Diputación Provincial. En el caso de obtener otra subvención para la misma finalidad, el importe a justificar será la suma de las ayudas recibidas. El órgano instructor una vez concluido el plazo de presentación de la justificación de la subvención, remitirá a la Intervención General propuesta de justificación de los beneficiarios que hubieran cumplido con su obligación de justificar en tiempo y forma, en la que se hará constar, en su caso, la comprobación de los justificantes presentados y la adecuación de los mismos a la finalidad subvencionada. El órgano instructor comprobará, a través de los sistemas de interoperabilidad informática, que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente Subvenciones Expediente 1598321Q
  • Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieren impedido; incumplimiento total del objetivo, de la actividad, proyecto o no adopción del comportamiento que justifica la subvención; incumplimiento de la obligación de aportación de cualesquiera de los documentos previstos en la convocatoria: Reintegro de las cantidades percibidas y/o anticipadas, en su caso, y pérdida del derecho al cobro de la subvención, previo informe de la Oficina de Gestión de Subvenciones.
  • Incumplimiento parcial del objetivo, de la actividad, proyecto o no adopción de parte de los comportamientos que justifican la subvención: Abono exclusivamente de aquellas actividades que guarden relación directa con el objeto de la subvención y que hubieran sido adecuadamente justificadas, conforme a lo previsto en esta convocatoria, y reintegro, en su caso de las cantidades percibidas y/o anticipadas que excedan de esos límites, previo informe de la Oficina de Gestión de Subvenciones.
  • Incumplimiento parcial de la obligación de justificación de la ayuda concedida, conforme a lo previsto en esta convocatoria: Abono exclusivamente de las cantidades adecuadamente justificadas, y reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas y/o anticipadas que excedan de esos límites, previo informe de la Oficina de Gestión de Subvenciones. DÉCIMO TERCERO.- Protección de datos. Los datos consignados en las solicitudes se tratarán de forma automatizada y serán recogidos confidencialmente en los archivos de la Diputación Provincial de Albacete, para ser utilizados en la gestión de las ayudas de Presidencia. Los afectados podrán dirigirse a la Diputación Provincial de Albacete, para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. DÉCIMO CUARTO.- Normativa aplicable. En todos aquellos aspectos que no han sido previstos específicamente en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Subvenciones Expediente 1598321Q

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico