Convocatoria de subvenciones destinadas a la publicación de prensa escrita en formato papel y digital del ámbito de la parte foránea de Mallorca, año 2026

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para apoyar la continuidad y mejora del funcionamiento de los medios informativos en soporte papel o digital locales, optimizar sus actuaciones técnicas y fomentar la información de proximidad vinculada a las necesidades de los vecinos y vecinas y del conjunto de entidades sociales del ámbito local, potenciando así la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES532 - Mallorca. La gestiona CONSELL INSULAR DE MALLORCA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • No pueden obtener la condición de personas beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes: Las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca y en el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre. Entidades que, de acuerdo con sus estatutos, adopten la denominación de federación, confederación o coordinadora o, en todo caso, se trate de una unión de asociaciones (artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación). Fundaciones que, de acuerdo con la escritura de constitución, tengan como fundadoras a personas jurídicas de naturaleza pública. Las publicaciones en las que no se exprese de manera clara la conexión existente entre el contenido y el objeto y finalidades de la convocatoria.
  • Presupuesto de la convocatoria Se destina la cantidad de cincuenta mil euros (50.000,00 euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.92500.48901 del presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2026.
  • documentation
    Las solicitudes deben formalizarse mediante las instancias y los anexos que facilita el Consell de Mallorca, que pueden descargarse desde la Sede electrónica del Consell de Mallorca, a través de la dirección de internet https://seu.conselldemallorca.net y deben contener los datos necesarios para identificar correctamente a la entidad y a la persona que la presenta. Los beneficiarios personas jurídicas, obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, deben presentar las solicitudes exclusivamente por vía telemática y deben dirigirse a la Dirección Insular de Comunicación del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública a través del registro electrónico del Consell de Mallorca, accesible desde la sede electrónica (https://seu.conselldemallorca.net). Para obtener información sobre la tramitación de las subvenciones se puede contactar con el Servicio de Comunicación en el correo premsa@conselldemallorca.net
  • documentation
    En cuanto a la presentación electrónica de las solicitudes hay que tener en cuenta: Tanto la solicitud (instancia) como los anexos deben firmarse electrónicamente mediante el certificado de representante de persona jurídica correspondiente. En el proceso de presentación electrónica de la solicitud, en el apartado correspondiente a la aceptación de condiciones, la conformidad con la cláusula de oposición a la autorización de consulta de datos tributarios a la AEAT y Seguridad Social por parte del Consell de Mallorca implicará que el beneficiario deberá hacerse cargo de la aportación de dichos certificados. Las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración pueden presentar las instancias en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • documentation
    Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears. Si el último día es inhábil se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. Las solicitudes presentadas fuera de este plazo no se admitirán en esta convocatoria. La documentación que debe presentarse para solicitar la subvención se relaciona en el punto 4.3 de la convocatoria.
  • documentation
    Otros datos El texto completo de la convocatoria y los anexos pueden descargarse en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net) Palma, en la fecha de la firma electrónica El consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para apoyar la continuidad y mejora del funcionamiento de los medios informativos en soporte papel o digital locales, optimizar sus actuaciones técnicas y fomentar la información de proximidad vinculada a las necesidades de los vecinos y vecinas y del conjunto de entidades sociales del ámbito local, potenciando así la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos. El objetivo es fomentar y promover el desarrollo de proyectos de comunicación en el ámbito municipal o comarcal, garantizando la función social de los medios que promueven una información de proximidad, especialmente vinculada a las necesidades de la ciudadanía. La finalidad de esta convocatoria va dirigida a financiar medios de comunicación de proximidad vinculados al ámbito de un municipio o varios, en soporte papel o digital, con el objeto de mejorar sus medios de producción, edición y difusión.