Personas físicasES51 - CATALUÑA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA COLABORACIÓN EN LA FINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE ADAPTADO INDIVIDUAL Y COLECTIVO A LA COMARCA DEL ALT EMPORDÀ 2026

El objeto de esta convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Consejo Comarcal del Alt Empordà, a través del área de Bienestar social, destinadas a financiar el transporte de personas con discapacitadas y/o con dependencia que presenten problemas de movilidad para que puedan acceder a los servicios favorecer su integración en el entorno…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona CONSELL COMARCAL DE ALT EMPORDÀ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarias de esta subvención:
  • Las personas físicas mayores de 18 años con problemas de movilidad y/o necesidad de acompañamiento, que estén empadronadas en algún municipio de los que integran el Área Básica de Servicios Sociales del Consejo Comarcal del Alt Empordà, excepto el municipio de
  • Tener reconocida la condición de persona con discapacidad mediante el certificado emitido por la Dirección General de Protección Social de la Generalidad de Cataluña, donde conste además que supera el baremo de movilidad reducida o acredite que ha iniciado el trámite de solicitud.
  • Tener reconocido un grado de dependencia o acreditar que ha realizado la solicitud de valoración y disponer del certificado de discapacidad donde conste además que supera el baremo de movilidad reducida o acredite que han iniciado el trámite de solicitud.
  • Los entes locales del Área Básica de Servicios Sociales del Consejo Comarcal del Alt Empordà, que se encarguen de organizar este servicio mediante transporte colectivo de las personas beneficiarias establecidas en la base 4.1 hacia centros prestadores de servicios sociales especializados siempre que cumplan los requisitos establecidos.
  • Las entidades sin ánimo de lucro, los centros o asociaciones especializadas en transporte adaptado que realicen servicios de transporte para personas de la comarca del Alt Empordà, excepto del municipio de Figueres.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario las personas solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
  • Órgano competente para la instrucción y Resolución del Procedimiento
  • El órgano instructor del procedimiento es el Consejo Comarcal del Alt Empordà, quien tramitará y gestionará el mismo mediante el área gestora. Esta área realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de las cuales debe dictarse la resolución.
  • Éste solicitará todos los informes que estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones.
  • El órgano competente para la resolución definitiva de concesión de subvenciones será la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Presidencia 2019/228.
  • Plazo de presentación de solicitudes y Documentación Las solicitudes se presentarán mediante el modelo normalizado, a disposición de los interesados en la web www.altemporda.org /Área de Bienestar/Transporte adaptado, en el registro de entrada del Consejo Comarcal del Alt Empordà o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de 1 de octubre veinte días naturales contadores a partir deal día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • En el caso de las personas físicas habrá que adjuntar la siguiente documentación:
  • Solicitud de ayuda económica de transporte adaptado que figura como anexo 1.
  • DNI del firmante de la solicitud y, si actúa en representación ajena, documentación acreditativa de su representación.
  • Ficha de alta de acreedor, en caso de primera petición, o en caso de modificación de datos, que figura en el anexo 3.
  • Declaración responsable de estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social que figura como Anexo 8.
  • Certificado de reconocimiento de discapacidad emitido por la Dirección General de Protección Social o bien el documento de solicitud de dicho certificado, o el documento de reconociendo del grado de dependencia, o en caso de que todavía no se tenga un grado reconocido la solicitud de valoración de grado de dependencia.
  • La documentación justificativa necesaria para la valoración de los criterios establecidos en la Base 8.2 para la evaluación de las subvenciones con el presupuesto detallado de los gastos de la actividad o proyecto propuesto y de su financiación, de acuerdo con los
  • En el caso de las entidades y entes locales habrá que adjuntar la siguiente documentación:

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de esta convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Consejo Comarcal del Alt Empordà, a través del área de Bienestar social, destinadas a financiar el transporte de personas con discapacitadas y/o con dependencia que presenten problemas de movilidad para que puedan acceder a los servicios favorecer su integración en el entorno. Gastos subvencionables Serán gastos subvencionables aquellos producidos por el transporte individual o colectivo de las personas beneficiarias de esta convocatoria que se realicen antes de que finalice el año natural en el que se haya concedido la subvención.  En particular, se considerarán gastos subvencionables aquellos que se deriven de la prestación de transporte adaptado para facilitar el acceso a los servicios sociales de