Subvenciones destinadas a entidades, agrupaciones y asociaciones que desarrollen una labor de promoción de la música en · 2026

Título oficial: Convocatoria de Subvenciones destinadas a entidades, agrupaciones y asociaciones que desarrollen una labor de promoción de la música en San Fernando en 2026.

La presentes bases tienen por el objeto prestar el apoyo necesario a entidades, agrupaciones y asociaciones que fomenten la conservación, protecci ón y difusión de la música en general en San Fernando y que estudien, desarrollen y difundan la r iqueza de esta expresión, en orden a la preservación del patrimonio musical y a su difusió n en el ámbito local y exterior, favoreciendo especialmente la igualdad de toda la ciudadanía en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos…

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES612 - Cádiz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 90.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Realizar la/s actividad/es para la que se ha concedido la subvención, y presentar la justificación correspondiente en la forma y plazos improrrogables previstos en la base 13.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de o tras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de conformidad con lo establecido en el
  • Las entidades interesadas presentarán su solicitud y la documentación requerida exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electró nica del Ayuntamiento de San Fernando, en el plazo de DIEZ (10) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), mediante el modelo normalizado (Anexo I) disponible en la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la LPAC. Asimismo, deberán presentar la siguiente documentac ión referida al contenido del proyecto y que contendrá la información que valorará la comisión de valoración. Estos documentos se presentarán obligatoriamente utilizando los modelos normalizados. La presentación de solicitudes y documentación se r ealizará exclusivamente por medios electrónicos, siendo obligatoria la firma electróni ca de todos los documentos aportados, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.
  • Anexo I: Solicitud, firmada electrónicamente por la persona que ostente la representación de la entidad.
  • Anexo II: Memoria o Proyecto firmado electrónicamen te: ha de reflejar como mínimo todos aquellos apartados en los que la entidad se haya ot orgado alguna puntuación en el Anexo de Auto baremación (Anexo III).
  • Anexo III: Auto baremación firmado electrónicamente. .
  • Acreditación del registro de asociaciones de la Junta de Andalucía.
  • Aportación de modificaciones en la junta directiva en caso de que se hayan producido.
  • Certificado positivo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  • Certificado positivo de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN).
  • Certificado positivo de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
  • Certificado acreditativo de no mantener deudas con el Ayuntamiento de San Fernando (Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria). Código Seguro De Verificación: MTnzjmm9W9x63pgNI+1x Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 5/27 Versión imprimible con información de firma
  • 1 Plazo de ejecución y justificación. El plazo de realización de la actividad subvencionada será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026. El plazo de justificación de la ayuda percibida finalizará el 30 de noviembre de 2026.
  • 2 Documentación justificativa La justificación se realizará mediante la presentac ión de una cuenta justificativa que contendrá los
  • Memoria justificativa del cumplimiento del proyecto , con indicación de las actividades realizadas, las fechas de ejecución de las activida des, y un apartado de resultados obtenidos y conclusiones, de acuerdo con el art. 72 Rd 887/2006 (Anexo IV).
  • En dicha memoria deben indicarse, al menos los siguientes datos:
  • Apartado 9.1.- Fomento de la Formación Musical y logístic a:  9.1.1 Acciones formativas: Programación didáctica, personal docente, duración, fechas de ejecución y público destinatario.  9.1.2 Instalaciones: lugar, gastos previstos alquiler, suministros y seguro.  9.1.3. Reparación y mantenimiento de instrumentos, y uniformidad: relación de elementos que se han reparado o mantenido.  9.1.4.-Número de componentes: incluir relación de c omponentes e instrumento acompañada de una declaración jurada de la presiden cia sobre la veracidad del listado.
  • Apartado 9.2.- Promoción musical de la Ciudad:  9.2.1 Conciertos para la ciudadanía: fechas y lugares de estos, público destinatario.  9.2.2 Organización y participación de certámenes: f echas y lugares de estos, público destinatario.  9.2.3 Grabación/difusión musical y audiovisual: des cripción de las grabaciones realizadas. La memoria debe ir acompañada, obligatoriamente, de la documentación que evidencie la realización de las actuaciones y la utilización del logotipo del Ayuntamiento en la difusión realizada de la misma: copia de la cartelería o folletos, fotografías de las actuaciones, se recuerda que toda Código Seguro De Verificación: MTnzjmm9W9x63pgNI+1x Firmado por: VARGAS AMEDEY ANA ROSA Fecha firma: 13-08-2026 Url De Verificación https://sede.sanfernando.es Pagina: 10/27 Versión imprimible con información de firma
  • Cuenta justificativa del coste de las actividades realizadas , con indicación detallada de todos los gastos e ingresos relacionados con el proyecto subvencionado. (Anexo V). En la cumplimentación de la hoja de gastos no ha de agruparse los gastos, de manera que cada gasto (factura) se corresponda con un número de orden.
  • Documentos para acreditar los gastos: Los documentos han de estar numerados conforme al número de orden otorgado en la memoria económica. Solo se admitirán factura, no se admitir án tickets o similares. Para el apartado de alquiler se deberá aportar contrato del inmueble (salvo que esté ya en posesión del Servicio). Los pagos habrán de acreditarse mediante transferen cias bancarias, cargos en cuenta o pago con tarjeta, siempre y cuando esté a nombre de la e ntidad beneficiaria, sólo se admitirán los pagos que se realicen en la cuenta corriente de la entidad, no pudiéndose realizar pagos con otro medio. No se aceptan pagos en efectivo. Se remitirá la Carta de pago o documento justificat ivo de la devolución o reintegro en el caso de remanentes no aplicados. No se admitirá documentación que presente enmiendas o tachaduras o no sea legible su contenido.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presentes bases tienen por el objeto prestar el apoyo necesario a entidades, agrupaciones y asociaciones que fomenten la conservación, protecci ón y difusión de la música en general en San Fernando y que estudien, desarrollen y difundan la r iqueza de esta expresión, en orden a la preservación del patrimonio musical y a su difusió n en el ámbito local y exterior, favoreciendo especialmente la igualdad de toda la ciudadanía en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos. Las ayudas se concederán de acuerdo con los princip ios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimi ento de concurrencia competitiva para actividades y de acuerdo con la normativa aplicable es la vigente en materia de subvenciones públicas. Las actividades financiadas han de haberse realizad o entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026.