CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL SERVICIO DE IGUALDAD CON DESTINO A AYUNTAMIENTOS Y EE.LL MENORES PARA ACTIVIDADES DE CONCILIACIÓN 2026

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones con destino a Ayuntamientos de la Provincia de Albacete para la realización de actividades de conciliación en el mundo rural…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES421 - Albacete. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    Las entidades locales interesadas deberán cumplimentar el formulario electrónico de solicitud disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Albacete www.dipualba.es, apartado «Subvenciones», y firmarlo con la firma electrónica de la entidad. Dicho formulario se incorporará al Registro telemático de la Diputación. En el caso de aquellas entidades que no hayan presentado solicitud con anterioridad, deberán adjuntar el modelo de solicitud de apertura/modificación de Ficha de Tercero, así como aquellas otras que, habiéndolo presentado con anterioridad, hayan sufrido modificaciones en algunos de sus datos. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes presentadas fuera del plazo anteriormente establecido no serán admitidas en la presente convocatoria. A la solicitud se adjuntará una MEMORIA que describa de manera breve, concisa y precisa el proyecto a desarrollar, mediante un único archivo adjunto en formato PDF. La
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    memoria debe incluir como mínimo los siguientes apartados:
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    º Nombre del proyecto o actuación.
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    º Formulación de los objetivos.
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    º Descripción resumida del contenido de la actuación, proyecto o programa, con indicación de las actividades objeto de la subvención, así como los medios necesarios y espacios en los que se desarrollará.
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    º Presupuesto total previsto para la actividad. La firma y presentación del formulario de solicitud conlleva la plena aceptación de estas bases y el compromiso de la entidad solicitante de cumplir con las obligaciones y
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    deberes que se desprenden de las mismas, y lleva implícita:
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    La autorización al órgano instructor para verificar todos los datos que contengan.
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    La autorización al órgano instructor para obtener los certificados o las verificaciones necesarios para la tramitación de la subvención que deban emitir otras administraciones o entidades públicas, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes y hasta el cumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de la correspondiente obligación de justificación de manera completa y correcta. Unidad de Igualdad Expediente 1546617E
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    La evaluación de los proyectos presentados se basará en la búsqueda de la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, mediante medidas que tiendan a favorecer la conciliación y la corresponsabilidad en las familias, para mejorar la vida cotidiana de las mismas equilibrando el tiempo laboral, familiar y personal. Los proyectos presentados serán valorados hasta un máximo de 100 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 55 puntos para que el proyecto, programa o actuación resulte beneficiario de las ayudas. La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme a los criterios de baremación que a continuación se
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    º.- Proyecto: máximo 70 puntos.
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    º.1.- La calidad técnica del proyecto y la claridad en la metodología para la consecución de los objetivos previstos, que deben estar identificados de manera precisa; coherencia y grado de contribución del proyecto a la consecución de los fines de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y, particularmente, a la conciliación y corresponsabilidad; que se establezca una metodología para ejecutar las actuaciones junto con un cronograma de implantación; y que se identifiquen de manera coherente los recursos humanos y técnicos: máximo 30 puntos. Unidad de Igualdad Expediente 1546617E
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    º.2.- Justificación de las necesidades municipales para la conciliación, fundamentada en un diagnóstico de la situación que justifique la actuación y analice los problemas y necesidades: máximo 20 puntos.
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    º.3.- Adecuación del presupuesto presentado por la entidad para la realización del proyecto, con partidas bien definidas, adecuadas y suficientes; valorándose las aportaciones financieras de otras entidades públicas, así como de la propia entidad que desarrolla el proyecto: máximo 10 puntos.
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    º.4.- Que se prevea el seguimiento y la evaluación del proyecto a desarrollar, describiendo la metodología y técnicas a utilizar: máximo 10 puntos.
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    º.- Criterios de valoración respecto a la entidad solicitante: máximo 30 puntos. Sólo puntuarán en este apartado los proyectos que hayan obtenido un mínimo de 50 puntos en la valoración del proyecto conforme a los criterios anteriormente indicados.
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    º.1.- Identificación y número de personas beneficiarias directas de la actividad para la que se pretende la subvención. Se valorará la identificación y número de personas beneficiarias de la actividad, que deberá realizarse mediante la aportación de datos que avalen la detección de necesidades, con indicación de la fuente de dichos datos: máximo 10 puntos.
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    º.2.- Población de la entidad local. Se otorgará hasta un máximo de 10 puntos en función del número de habitantes de la localidad donde se va a desarrollar la actividad,
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    º.3.- Acreditación de la experiencia y capacidad de intervención de la entidad solicitante en la realización de actuaciones de conciliación y corresponsabilidad. Se valorarán las actividades desarrolladas por los solicitantes en anteriores convocatorias para la misma finalidad, ya procedan de esta o de otras Administraciones. También se valorarán las actividades que sean novedosas: máximo 10 puntos. Una vez efectuada la evaluación conforme a los criterios de baremación señalados, se sumará la totalidad de puntos obtenidos por cada uno de los solicitantes. El «valor del punto» se obtiene dividiendo el crédito total de la convocatoria entre el total de puntos obtenidos por las solicitudes que hayan obtenido la puntuación mínima necesaria para resultar beneficiarias de la subvención. El importe subvencionado resultará de multiplicar el «valor del punto» por el número de puntos obtenido por cada municipio, con un importe máximo a subvencionar por proyecto de 8.000 euros.
  • BENEFICIARIAS. Las entidades locales beneficiarias deberán cumplir las obligaciones establecidas en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones con destino a Ayuntamientos de la Provincia de Albacete para la realización de actividades de conciliación en el mundo rural. Las subvenciones recogidas tienen como finalidad última avanzar en la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, y para ello parten de la implantación de una nueva política pública en el sector de los cuidados, pilar fundamental de cualquier sociedad, pretendiendo favorecer la conciliación y la corresponsabilidad en las familias para mejorar la vida cotidiana de las mismas equilibrando el tiempo laboral, familiar y personal. Por ello, las ayudas irán destinadas a financiar actuaciones dirigidas a la creación, desarrollo o reforzamiento de proyectos para el acompañamiento y la atención de personas mayores, así como de jóvenes mayores de 16 años que por sus especiales circunstancias así lo requieran, a través, de servicios de acompañamiento domiciliario, y/o servicios de carácter colectivo que puedan prestarse en dependencias convenientemente habilitadas al efecto en entidades locales de población inferior a