CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL AÑO 2026 DE LA LÍNEA L10.3 SUBVENCIONES DESTINADAS A POTENCIAR EL ÉXITO EDUCATIVO Y LA PARTICIPACIÓN EN LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAESCOLARES EN EL MARCO DEL PLAN EDUCATIVO DE ENTORNO (Línea 1 - Potenciar el éxito Educ

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES513 - Lleida. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LLEIDA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • El sueldo/hora debe corresponder mínimo a las tablas retributivas establecidas en el convenio colectivo del sector del ocio educativo y sociocultural de Cataluña vigente en el momento de la convocatoria.
  • Debe tener una formación adecuada según la temática de cada actividad.
  • Debe estar en posesión del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C1), que se corresponde con el nivel C1 del marco europeo común de referencia para las lenguas (MECR); se pueden aportar los títulos, diplomas y certificados que la
  • Debe aportar, previo inicio de la actividad, la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. Los centros educativos o las AFAs / AMPAs deben garantizar los requisitos anteriores y custodiar la documentación acreditativa, en el caso de contratar directamente al personal. En el caso de que los centros educativos o las AFAs / AMPAs contraten una entidad o empresa, deben velar que cumplan los mencionados requisitos, y al mismo tiempo requerirlos y custodiar la documentación acreditativa. Los centros educativos o AMPAs / AFAs beneficiarios de subvenciones de esta convocatoria, se comprometen a poner a disposición del Ayuntamiento de Lleida, cuando así lo requiera, toda la documentación relativa a los párrafos anteriores con el fin de realizar las comprobaciones que se consideren adecuadas.
  • - NÚMERO DE ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES SEGÚN LA TIPOLOGÍA DE
  • Los centros educativos públicos de máxima y alta complejidad pueden solicitar subvención hasta un máximo de 3 actividades.
  • Los centros educativos públicos ordinarios y los centros concertados pueden solicitar subvención hasta un máximo de 2 actividades.
  • Los institutos escuela pueden pedir subvención hasta un máximo de 3 actividades para infantil y primaria y hasta un máximo de 3 actividades para ESO.
  • - ÓRGANO INSTRUCTOR Y COMISIÓN EVALUADORA El órgano instructor será el Concejal de Juventud, Educación y Empleo, Sr. Xavier Blanco Pérez, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4.2) de las bases reguladoras de la Línea L10.3. La Comisión Evaluadora de la línea subvencionadora L10.3 Subvenciones destinadas a potenciar el éxito educativo y la participación en las actividades deportivas extraescolares
  • Sra. Gemma Domingo Llobet, Directora adjunta de Innovación social, o persona en quien delegue, que la presidirá.
  • Sra. Marta Alegret Coma, Responsable Coordinadora de Educación.
  • Sr. David Creus Grífol, Jefe de Sección Socioeducativa, que actuará como secretario. De acuerdo con lo establecido en el apartado 4.4) de las bases reguladoras de la Línea
  • - RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Tal y como se establece en el apartado 4 de las bases específicas que regulan esta
  • El plazo para la resolución y notificación de concesión de las ayudas será como máximo de tres meses a partir de la presentación de la solicitud.
  • Las propuestas de resoluciones se notificarán individualmente a las personas solicitantes, indicando la cuantía de la ayuda otorgada, las condiciones económicas y el plazo de justificación del gasto.
  • Transcurrido este plazo si no se ha dictado y notificar la resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54.2.e de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
  • La resolución de concesión de la ayuda se notificará mediante el sistema de notificación electrónica de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Lleida. La resolución pone fin a la vía administrativa.
  • - FORMA DE PAGO DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS. El pago de las subvenciones se hará mediante anticipo del 100% eximida de garantía.
  • - PLAZO DE EJECUCIÓN Los proyectos presentados en esta convocatoria deben desarrollarse durante el curso 2026-
  • - PLAZO DE JUSTIFICACIÓN La justificación de las actuaciones subvencionadas deberá realizarse en como máximo el 30 de septiembre de 2027. Si el plazo finalizase en sábado, domingo o día festivo, este plazo se prorrogará hasta el siguiente lunes o día hábil posterior. Lleida, en la fecha de la firma electrónica (14/07/2025) El concejal de Juventud, Educación y Empleo

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación