Personas jurídicasES431 - Badajoz

SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS A SOCIEDADES LOCALES DE CAZADORES/AS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, TI…

Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS A SOCIEDADES LOCALES DE CAZADORES/AS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, TITULARES DE COTOS SOCIALES PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS POBLACIONES CINEGÉTICAS DE CAZA MENOR EN LA PROVINCIA PARA EL EJER

La Diputación de Badajoz, en el marco de su Ordenanza General de Subvenciones y del Plan Es- tratégico de Subvenciones 2026, establece mediante estas bases las normas específicas para regular, en régimen de concurrencia competitiva, el acceso a subvenciones públicas destinadas a Sociedades Locales de Cazadores/as titulares de cotos sociales de caza autorizados de la pro - vincia de Badajoz…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 300.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Sociedades Locales de Cazadores/as de la
  • Tener su sede en la provincia de Badajo z. Se acreditará mediante certificación emitida por el secretario/a de la sociedad local.
  • Ser titulares de cotos sociales de caza autorizados por la consejería competente de la comunidad autónoma, no teniendo suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos. Este requisito se acreditará mediante documento expedido por el órgano competente en materia de caza que certifique o informe que dicha sociedad local es titular de coto social y que el mismo no tiene suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos.
  • - Valls Múñoz, Ana Belén, DIP. DEL ÁREA DE DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO, de Diputación de Badajoz. Firmado 18/09/2026 11:47
  •  PLAZO DE PRESENTACIÓN El plazo para presentar la solicitud será de 20 días naturales, c ontados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Solo se podrá presentar un único proyecto por entidad solicitante, en el que se integren todas las actuaciones a solicitar y que se ejecutarán en un único coto social del que sea titular. En caso de que una entidad presentara más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la última registrada dentro del plazo.
  • ESTADOFIRMASOTROS DATOS presentación de solicitudes, deberá realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo. Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo conforme al artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día del plazo inicialmente establecido de presentación de solicitudes. El acceso deber á realizarse con certificado digital de representación de la entidad emitido a favor del/de la representante legal de la misma, y los pasos a seguir para realizar el acceso son
  • Entrar en la sede electrónica en la siguiente dirección https://sede.dip-badajoz.es/ Para cualquier duda o incidencia se puede consultar el Manual de ayuda a Sede Electrónica
  • En "Trámites por delegaciones para ciudadanos y empresas", seleccionar "Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo".
  • Seleccionar el trámite "Solicitud de subvención destinada a Sociedades Locales de Cazadores/as de la provincia de Badajoz, titulares de cotos sociales para la recuperación de las poblaciones cinegéticas de caza menor en la provincia para el ejercicio 2026”.
  • Identificarse con el certificado digital de representación de el/la representante legal de la entidad.
  • Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad y a el/la representante legal de la entidad.
  • Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
  • Adjuntar los anexos y demás documentos requeridos en la convocatoria.
  • Verificar los datos de el/la interesado/a y representante legal, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los anexos y documentos adjuntados.
  •  DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD
  • deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
  • Certificado del/de la secretario/a de la sociedad local de cazadores/as de tener su sede en la provincia de Badajoz.
  • Documento expedido por el órgano competente en materia de caza que certifique o informe que la sociedad local de cazadores/as es titular de coto social y que el mismo no tiene suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos.
  • Declaración responsable del/de la representante legal de la entidad (según Anexo III) acreditativa del cumplimiento de los requisitos y obligaciones para obtener la condición de beneficiario/a.
  • Proyecto de inversiones (Anexo IV), que deberá incluir como mínimo los siguientes

Gastos y actuaciones subvencionables

  • BASE 5. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES, CONDICIONES TÉCNICAS Y GASTOS ELEGIBLES · eligible
    1. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
  • Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres bloques temáticos y deberán ajustarse estrictamente a los requisi · eligible
    Se establece un conjunto de acciones por unidad de gestión, en la que actuando en una pequeña parte del territorio se realiza un impacto en una superficie de afección de 400 ha. Esta unidad de referencia permite modular técnica y proporcionalmente los límites máximos de elementos subvencionables en función de la superficie del coto. No obstante, cuando la superficie de actuación total del coto no alcance un múltiplo exacto de 400 ha, el exceso de superficie se considerará a efectos de subvención de forma proporcional. A modo de ejemplo, si la actuación se realiza en un coto con una superficie de 600 ha, se sub - vencionará una unidad completa (por las primeras 400 ha) y el exceso (200 ha) se calculará en proporción a dicha unidad (en este caso, un 50%), aplicándose ese porcentaje a los límites má - ximos establecidos para cada tipo de actuación. Siempre se redondeará a la baja el número de elementos subvencionables resultantes del cálculo proporcional.
  • Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres bloques temáticos y deberán ajustarse estrictamente a los requisi · eligible
    - Valls Múñoz, Ana Belén, DIP. DEL ÁREA DE DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO, de Diputación de Badajoz. Firmado 18/09/2026 11:47
  • Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres bloques temáticos y deberán ajustarse estrictamente a los requisi · eligible
    En ningún caso se concederán más elementos (ha, unidades, ejemplares) que los que corres - pondan proporcionalmente a la superficie real del coto.
  • Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres bloques temáticos y deberán ajustarse estrictamente a los requisi · eligible
    Las actuaciones de repoblación no podrán ejecutarse de forma aislada. Para que sean sub - vencionables, deberá acreditarse la existencia de una combinación mínima con otras actuacio - nes que garanticen su efectividad y coherencia técnica. Estas actuaciones podrán formar parte de la solicitud de subvención o haber sido ejecutadas previamente en el coto, siempre que se acredite su permanencia y funcionalidad.
  • Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres bloques temáticos y deberán ajustarse estrictamente a los requisi · eligible
    El detalle de los criterios técnicos, metodologías, materiales, dimensiones mínimas, condiciones de mantenimiento y requisitos específicos aplicables a cada actuación se recoge en el Anexo I de Especificaciones Técnicas, que tiene carácter vinculante.
  • Las actuaciones subvencionables se estructuran en tres bloques temáticos y deberán ajustarse estrictamente a los requisi · eligible
    Cada actuación deberá estar representada gráficamente tanto con imágenes georreferenciadas y fechadas como con planos con referencias SIGPAC o similar. La documentación técnica, cartográfica y fotográfica formará parte de la justificación y podrá s er objeto de control posterior.
  • Las actuaciones subvencionables organizadas por bloques son: · eligible
    Recuperación y mejora de hábitats de especies cinegéticas de caza menor.  Actuación 1: Creación de márgenes multifuncionales.  Actuación 2: Instalación de comederos y bebederos.
  • Las actuaciones subvencionables organizadas por bloques son: · eligible
    Recuperación del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus).  Actuación 6: Creación de un núcleo de cría semiextensivo.  Actuación 7: Instalación de comederos y bebederos específicos para conejo de monte.  Actuación 8: Construcción de vivares artificiales (majanos).  Actuación 9: Cultivos no productivos de cereales y leguminosas para mejorar el hábitat del conejo.  Actuación 10: Realización de desbroces selectivos mecanizados en áreas destinadas a la recuperación del conejo.  Actuación 11: Repoblaciones de conejo de monte.
  • Las actuaciones subvencionables organizadas por bloques son: · eligible
    Repoblaciones con perdiz (Alectoris rufa).  Actuación 12: Repoblaciones de perdiz roja (Alectoris rufa).  Actuación 12 bis: Jaulas de aclimatación de perdiz roja.
  • Limitaciones especificas: La convocatoria inmediatamente anterior estableció, respecto a determinadas actuaciones subven · eligible
    Todas las actuaciones subvencionables estarán sujetas a los límites máximos de unidades/hectáreas subvencionables por unidad de gestión, superficie o cualquier otro parámetro técnico establecido en las bases, en el Plan Técnico de Caza o en la normativa sectorial aplicable, establecidos en las Bases.
  • Limitaciones especificas: La convocatoria inmediatamente anterior estableció, respecto a determinadas actuaciones subven · eligible
    Cuando, de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior, la actuación resulte subvencionable por no superarse el límite máximo establecido para cada actuación en el Anexo I de especificaciones técnicas y las bases de la convocatoria anterior establezcan para dicha actuación una obligación de mantenimiento, las nuevas actuaciones únicamente podrán ser objeto de subvención sobre ubicaciones, parcelas, superficies o emplazamientos distintos de aquellas previamente subvencionadas mientras dicha obligación permanezca vigente. Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando la propia naturaleza de la actuación, las Bases o la normativa sectorial aplicable exijan necesariamente su ejecución en una ubicación determinada o vinculada a infraestructuras previamente existentes, sin perjuicio del cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en las presentes bases y del respeto a los limites máximos previstos para cada actuación.
  • Limitaciones especificas: La convocatoria inmediatamente anterior estableció, respecto a determinadas actuaciones subven · eligible
    2. GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
  • Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de forma indubitada, respondan a la naturaleza del proyecto subvencio · eligible
    ESTADOFIRMASOTROS DATOS  Serán subvencionables exclusivamente las inversiones y actuaciones ejecutadas y efectivamente pagadas dentro del período comprendido desde la fecha de la resolución y hasta el 15 de septiembre de 2027.  Se ajusten al valor de mercado conforme al artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este supuesto podrá ser comprobado por la Diputación mediante control financiero.
  • Se consideran gastos subvencionables aquellos que, de forma indubitada, respondan a la naturaleza del proyecto subvencio · eligible
    Cuantía máxima de la ayuda por Sociedad Local de Cazadores/as: La cuantía máxima de subvención que podrá solicitarse y concederse por proyecto será de 8.000,00 euros (IVA incluido); limitado al importe que soliciten y deducidos, también en su caso, los importes de los gastos presupuestados que, con arreglo a lo establecido en las presentes bases, no resulten subvencionables. El importe de la subvención podrá llegar hasta el 100% del coste total de las actuaciones.
  • Actuaciones subvencionables y costes unitarios máximos (IVA INCLUIDO) · eligible
    A continuación, se detallan las actuaciones subvencionables, organizadas por bloques, así como sus costes unitarios máximos con IVA incluido y las limi taciones específicas de superficie,
  • Actuaciones subvencionables y costes unitarios máximos (IVA INCLUIDO) · eligible
    Recuperación y mejora de hábitats de especies cinegéticas de caza menor
  • Actuaciones subvencionables y costes unitarios máximos (IVA INCLUIDO) · eligible
    ESTADOFIRMASOTROS DATOS Actuación 1: Creación de márgenes multifuncionales Coste máximo: 700 €/ha. Límite: 6 ha por entidad (hasta 10 km de desarrollo lineal). Anchura mínima: 4 m. Solo se subvencionan hectáreas completas (redondeo por defecto). Actuación 2: Instalación de comederos y bebederos Coste máximo: 165 €/unidad completa (comedero + bebedero). Límite: 8 unidades por unidad de gestión. Actuación 3: Cultivo no productivo de cereales sin cosecha Coste máximo: 150 €/ha. Límite: 50 ha por unidad de gestión. Dosis mínima: 150 kg/ha Actuación 4: Desbroces con siembra de pastizales o praderas Coste máximo: 450 €/ha. Límite: 10 ha por unidad de gestión. Actuación 5: Construcción de puntos de agua Coste máximo: 2.600 €/unidad. Límite: 1 unidad por unidad de gestión.
  • Actuaciones subvencionables y costes unitarios máximos (IVA INCLUIDO) · eligible
    Recuperación del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) Actuación 6: Creación de un núcleo de cría semiextensivo Coste máximo: 6.800 €/unidad Límite: 1 por unidad de gestión. A efectos de estas bases, el importe máximo subvencionable previsto para la creación de un núcleo de cría comprende la totalidad de las instalaciones, infraestructuras, equipamientos y demás elementos obligatorios necesarios para su correcta implantación y funcionamiento, de conformidad con la normativa aplicable y las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo
  • Actuaciones subvencionables y costes unitarios máximos (IVA INCLUIDO) · eligible
    I. En consecuencia, ninguno de dichos elementos podrá ser incluido, total o parcialmente, como actuación independiente o gasto subvencionable dentro de cualquiera de las restantes actuaciones previstas en la presente convocatoria, evitando la duplicidad en la financiación de una misma inversión. Actuación 7: Instalación de comederos y bebederos específicos para conejo de monte Coste máximo: 165 €/unidad completa (comedero + bebedero) Límite: 8 unidades por unidad de gestión. Actuación 8: Construcción de vivares artificiales (majanos) Coste máximo: 330 €/unidad. Límite: 10 unidades por unidad de gestión (en grupos de 5). Actuación 9: Cultivos no productivos de cereales y leguminosas para mejorar el hábitat del conejo Coste máximo: 150 €/ha. Límite: 40 ha por unidad de gestión.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La Diputación de Badajoz, en el marco de su Ordenanza General de Subvenciones y del Plan Es- tratégico de Subvenciones 2026, establece mediante estas bases las normas específicas para regular, en régimen de concurrencia competitiva, el acceso a subvenciones públicas destinadas a Sociedades Locales de Cazadores/as titulares de cotos sociales de caza autorizados de la pro - vincia de Badajoz. El objeto de estas subvenciones es financiar, con cargo al ejercicio presupuestario de 2026, ac - tuaciones dirigidas a la recuperación de las poblaciones cinegéticas de caza menor, mediante intervenciones integrales orientadas a la mejora de hábitats, la conservación y reproducción de especies cinegéticas, así como el reforzamiento poblacional a través de repoblaciones debida - mente autorizadas. A tal efecto, las actuaciones objeto de subvención serán las determinadas en la Base 5 de la presente convocatoria, relativa a actuaciones subvencionables, condiciones técnicas y gastos elegibles, debiendo realizarse todas ellas dentro del ámbito territorial de la provincia de Bada - joz y en un único coto social. Asimismo, deberán desarrollarse conforme a los criterios técnicos, sanitarios y administrativos exigidos por la normativa autonómica vigente, especialmente en lo relativo a repoblaciones, infraestructuras y gestión del hábitat cinegético, y de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de Especificaciones Técnicas y en el plan técnico de caza aprobado pa- ra el coto donde se plantea llevar a cabo las actuaciones.