Personas jurídicasES422 - Ciudad Real

subvenciones a Municipios y Eatims de la provincia de Ciudad Real para la Organización de Eventos y Espectáculos Taurin · 2026

Título oficial: Convocatoria de subvenciones a Municipios y Eatims de la provincia de Ciudad Real para la Organización de Eventos y Espectáculos Taurinos 2026. Segunda Convocatoria.

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL.

● Abierta

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Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 700.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Acreditación de que los matadores participantes han nacido o están empadronados en la provincia de Ciudad Real, con una antigüedad mínima de cinco años con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, o han tomado la alternativa en la provincia de Ciudad Real; o acreditación de que los novilleros participantes han nacido o están empadronados en la provincia de Ciudad Real, con una antigüedad mínima de cinco años con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, o han debutado con o sin caballos, según proceda, en la provincia de Ciudad Real; acreditación de que al menos uno de los recortadores ha nacido o está empadronado en la provincia de Ciudad Real con una antigüedad mínima de cinco años con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, y acreditación de que los alumnos participantes pertenecen a alguna de las escuelas taurinas de la provincia de Ciudad Real.
  • Acreditación de que la ganadería pertenece a la provincia o mantiene parcelas en la misma, mediante informe o certificación emitida por el servicio u organismo competente, en la que conste expresamente la denominación de la ganadería y su ubicación en uno o varios municipios de la provincia. En su caso, se deberá aportar documentación acreditativa de explotación de la/s parcela/s en régimen de arrendamiento.
  • Declaración formal del representante legal de la entidad beneficiaria en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron, ajustándose a la normativa de aplicación (Anexo II).
  • Relación clasificada firmada por el Secretario-Interventor o Interventor y el Tesorero de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento, concepto, importe, fecha de emisión y fecha de pago (Anexo III.A).
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a la Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 10 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: QNPRhBPZctzN1iiiqA7o Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 02/09/2026 10:20:34 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 02/09/2026 13:32:50 El documento consta de 23 página/s. Página 10 de 23
  • Certificación acreditativa de que los documentos que integran la cuenta justificativa se corresponden fielmente con los originales que se custodian en la entidad beneficiaria, y se encuentran a disposición de la Diputación Provincial a los efectos del control financiero de las subvenciones (Anexo V).
  • Copia escaneada del cartel anunciador del evento taurino, donde conste la colaboración de la Diputación Provincial de Ciudad Real y el logotipo oficial de la misma.
  • En su caso, carta de pago del reintegro, si se hubiera producido. La entidad solicitante se responsabiliza de la veracidad de los documentos que presenten a todos los efectos legales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.7) de la LPAC. El órgano gestor comprobará, a través de las técnicas de muestreo, en un porcentaje no inferior al 10%, los justificantes que estime oportunos y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes de gasto y pago seleccionados.
  • SUBVENCIONES SUPERIORES A 40.000 EUROS
  • Declaración formal del representante legal de la entidad de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, debidamente desglosados, y acreditados mediante la presentación de las facturas o de los justificantes de gasto escaneados, en la que se especifique que corresponde a la Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://sede.dipucr.es/ página 11 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: QNPRhBPZctzN1iiiqA7o Firmado por Sr. Secretario General LUIS JESÚS DE JUAN CASERO el 02/09/2026 10:20:34 Firmado por Sr. Presidente MIGUEL ÁNGEL VALVERDE MENCHERO el 02/09/2026 13:32:50 El documento consta de 23 página/s. Página 11 de 23
  • Certificación expedida por el funcionario/a competente de la entidad local relativa a la inexistencia de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad, o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto (Anexo IV).
  • En su caso, carta de pago del reintegro, si se hubiera producido. El plazo de presentación de la justificación finaliza el día 31 de diciembre de 2026. Con carácter excepcional, previa solicitud motivada de la entidad beneficiaria que se habrá de presentar por vía telemática siguiendo el procedimiento previsto en el manual denominado Subsanación o Modificación de una Solicitud – Ayuntamientos disponible en la sede electrónica provincial, antes de la finalización del plazo indicado, se podrá autorizar la ampliación de éste, y sin que tal ampliación pueda exceder de quince días naturales.
  • DECIMOSEPTIMA.- SEGUIMIENTO Y CONTROL. Los servicios técnicos de la Diputación Provincial podrán realizar labores de asesoramiento, comprobación e inspección de las actividades y/o servicios en cualquier momento, debiendo la entidad beneficiaria aportar las aclaraciones y documentación que se consideren oportunas. Todas las entidades beneficiarias de la subvención deberán custodiar a disposición del servicio gestor por plazo de cuatro años los documentos originales que hubieran sido escaneados y presentados por medios electrónicos en cualquiera de las fases y trámites del expediente conforme a lo indicado en los apartados 3 a 7 del artículo 28 de la LPAC.
  • DECIMOCTAVA.- SERVICIO GESTOR. Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con el Servicio de Subvenciones de la Diputación Provincial (Tfno 926292575, Ext. 1314 y 1354).
  • VIGÉSIMA.- RECURSOS. Contra la resolución de la convocatoria, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la fecha de su notificación, o bien impugnarla directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses contados desde el mismo día indicado. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente o se crea conveniente. Cualquier recurso que se presente en relación con la convocatoria o la subsiguiente tramitación del expediente deberá presentarse en el Registro Electrónico de la Diputación de Ciudad Real de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la ley 40/2015, de 1 de octubre.
  • Subvenciones acceso - Ejercicio actual - Ayuntamientos – Convocatorias Gasto Corriente - Anexos “Eventos taurinos 2026. Segunda convocatoria”.
  • DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE
  • EVENTO O ESPECTÁCULO TAURINO

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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