CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LOS CLUBES DEPORTIVOS ALMERIENSES CON EQUIPOS EN COMPETICIONES OFICIALES DE ÁMBITO NACIONAL DE CATEGORÍA SUBMÁXIMA, TEMPORADA 2025-2026

Constituye el objeto de estas bases regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a potenciar la cantera y estructura de los clubes deportivos almerienses con equipos federados en categorías cadete, juvenil y/o junior, que cuenten además con equipo senior compitiendo en categoría nacional en la temporada 2025- 2026 (en adelante, temporada) y que, además, reúnan los requisitos señalados en la base 3 de esta

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los clubes deportivos en los que
  • simultáneamente concurran todas y cada una de las siguientes situaciones en la temporada: a. Estar inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas. b. Haber tenido en la temporada 2025-2026 un equipo compitiendo en la categoría absoluta y en el nivel submáximo de una liga oficial de ámbito nacional, siempre y cuando esta competición, de ese nivel, no sea profesional . Dicha condición será acreditada mediante certificado con firma digital emitido por la Federación Deportiva Española o Andaluza correspondiente, en el que se incluirá la clasificación obtenida por el equipo al final de dicha temporada.
  • Los clubes deportivos (en adelante, clubes) deberán reunir, además, los requisitos para obtener
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS. Deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con la Diputación Provincial de Almería.
  • La realización de la actividad subvencionada habrá de tener cabida en el objeto o fines sociales de la misma.
  • No tener pendiente de justificar subvenciones percibidas de la Diputación Provincial de Almería dentro del plazo establecido en la convocatoria, convenio o acto de otorgamiento, o, en su caso, en el plazo a que hace referencia el art. 70.3 RLGS, salvo que, previa solicitud, se haya acordado su ampliación por el órgano competente.
  • Los requisitos indicados en el punto anterior, se acreditarán mediante declaración responsable contenida en el anexo I que se presenta con la solicitud.
  • No podrán concurrir a esta convocatoria aquellos clubes deportivos que ya hayan sido beneficiarios de subvenciones concedidas por esta Diputación Provincial cuyo objeto esté destinado a la financiación de "Gastos de temporada 2025-2026" por la participación en competiciones nacionales de un equipo de categoría submáxima o máxima.
  • La Diputación podrá consultar o recabar las certificaciones o informes acreditativos del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario, electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que el interesado se hubiera opuesto expresamente.
  • CUANTÍA MÁXIMA, CUANTIA INDIVIDUAL Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA La cuantía total disponible para esta convocatoria asciende a veinticinco mil (25.000 €) euros con cargo a la aplicación 9000 341 48000 del vigente presupuesto de 2026, denominada “Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro ". La cuantía individual de la subvención se determinará en función de la puntuación obtenida tras la aplicación de los criterios de valoración previstos en la base 10 y mediante un reparto
  • No obstante, la cuantía final concedida estará sujeta a los siguientes límites:  En ningún caso podrá superar el importe solicitado por la entidad.  Se establece un límite máximo absoluto de 15.000,00 € por solicitud. En ningún caso el crédito sobrante de la cuantía a repartir podrá incrementar el valor por punto inicialmente fijado ni, por tanto, los importes de las subvenciones del resto de los beneficiarios.
  • TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA De conformidad con lo indicado en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación de este procedimiento será exclusivamente electrónica. Para participar en el procedimiento, conocer el estado de su expediente y realizar cualquiera de los trámites, los interesados deberán acudir telemáticamente a la sede electrónica de la Diputación de Almería. Los usuarios se identificarán en la sede usando cualquiera de los medios de identificación y firma electrónica previstos en ella (Cl@ve, DNIe, certificado electrónico, etc.), siempre a nombre de la entidad solicitante. En el tablón de anuncios de dicha sede electrónica, se encontrará una sección dedicada a subvenciones y ayudas, dentro de la cual se publicarán de forma oficial todos los actos, requerimientos y acuerdos relativos a la presente convocatoria.
  • Se podrá presentar una sola solicitud por entidad. El procedimiento de solicitud se realizará
  • Alta en Terceros-Apoderamientos : Previamente a la presentación de la solicitud, la entidad solicitante debe estar dada de alta en el Registro de Terceros-Apoderamientos de la Diputación. Para ello, deberá acceder a la dirección https://www.dipalme.org, seleccionando el apartado "Sede
  • Electrónica", o bien directamente a través del enlace: https://www.dipalme.org/Servicios/cmsdipro/index.nsf/index.xsp?p=sededipalme El interesado deberá cumplimentar los datos requeridos en la “Ficha de Terceros - Registro de Apoderamientos - Documentación” . Asimismo, se rellenará obligatoriamente la pestaña “Cuentas bancarias” a fin de indicar el número de cuenta donde realizar el ingreso de la subvención (en este caso, no será necesario que este documento sea validado físicamente por la entidad bancaria). En su caso, se cumplimentará la pestaña "Representantes" para autorizar a las personas que actúen en nombre de la entidad, adjuntando los documentos acreditativos de dicha representación.
  • Forma de presentación: Las solicitudes se ajustarán al modelo adjunto que se publica con la convocatoria, y se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, a través de la oficina virtual de la Diputación Provincial de Almería, a la que se podrá acceder en la dirección
  • desarrollo de la actividad. Los logotipos institucionales podrán descargarse en: https://www.dipalme.org/Servicios/Informacion/Informacion.nsf/referencia/Diputacion+Pr ovincial+de+Almeria+Organizacion+DP-O-DA En caso de que la temporada regular ya hubiera concluido sin haberse efectuado dicha publicidad, esta podrá realizarse posteriormente en cualquier medio de difusión, haciendo mención explícita a la colaboración institucional. d. Certificado federativo oficial de la competición : Firmado electrónicamente y expedido por la Federación Deportiva Española o Andaluza correspondiente, que acredite la liga de pertenencia, la categoría, el nivel de la competición y la clasificación definitiva obtenida por el equipo absoluto al final de dicha temporada 2025-2026. e. Certificado federativo oficial de la estructura : Expedido por la Federación Deportiva
  • La presentación de la solicitud implica la autorización por parte del solicitante a la Diputación de Almería para recabar de los organismos correspondientes, las certificaciones o informes acreditativos del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios siempre que no se hubiera opuesto expresamente.
  • La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa de las obligaciones y términos contenidos en las presentes bases reguladoras. Código Seguro De Verificación 06taKdiTdZWzLEDSD/tGxA== Estado Fecha y hora Firmado Por Maria Luisa Cruz Escudero - Diputada Delegada Area de Deportes Vida Saludable y Juventud Firmado 28/07/2026 10:35:45 Observaciones Página 4/16 Url De Verificación https://ov.dipalme.org/verifirma/code/06taKdiTdZWzLEDSD/tGxA== Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • En caso de modificarse o presentarse una nueva solicitud dentro del plazo de presentación esta- blecido, se tendrá por válida y eficaz únicamente la última registrada telemáticamente.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[7624].extracted_segments[0]

Constituye el objeto de estas bases regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a potenciar la cantera y estructura de los clubes deportivos almerienses con equipos federados en categorías cadete, juvenil y/o junior, que cuenten además con equipo senior compitiendo en categoría nacional en la temporada 2025- 2026 (en adelante, temporada) y que, además, reúnan los requisitos señalados en la base 3 de esta