CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES, ASOCIACIONES DEPORTIVAS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES DE BREÑA ALTA PARA EL EJERCICIO 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES70 - CANARIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BREÑA ALTA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Informativa correspondiente.  Se valorará que el mayor número de deportistas del club o asociación estén empadronados en el municipio de Breña Alta con una antelación mínima de un año a la fecha de solicitud de la presente subvención, salvo casos excepcionales que serán valorados por la Comisión Informativa correspondiente.  Estar al corriente de sus obligaciones con La Seguridad Social, con La Administración Tributaria y con La Hacienda Municipal.  Estar inscrito en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Breña Alta, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la subvención.
  • .- El caso de deportistas individuales:  Pertenecer a un Club Deportivo, Asociación Deportiva o Federación Deportiva legalmente constituida.  Estar empadronados en el municipio de Breña Alta con al menos un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.  Estar al corriente de sus obligaciones con La Seguridad Social, con La Administración Tributaria y con La Hacienda municipal.
  • 2. Quien reúna la condición de beneficiario, deberá aportar la siguiente documentación
  • En base a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el solicitante podrá omitir la presentación de documentación general que ya obre en poder de esta Administración actuante
  • -Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención, plazo de resolución y notificación. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión será el Servicio de Deportes. Una vez realizada la valoración de las solicitudes, La Comisión Informativa de Deportes, formulará propuesta de resolución a La Junta de Gobierno Local, que resolverá el procedimiento en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias, notificándose a los beneficiarios en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de resolución. La resolución de La Junta de Gobierno Local pone fin a la vía administrativa.
  • - Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de UN MES a partir del siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Provincia, según modelo que se facilitará en el Registro General, debiendo ir acompañada de la documentación exigida en el punto 4 de esta convocatoria. En caso que la documentación esté incompleta o defectuosa se le requerirá al interesado para su subsanación en el plazo de 10 días improrrogables. Tal y como establece el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • - Criterios de subvención de las solicitudes.- Las subvenciones a conceder se determinarán de acuerdo con el siguiente criterio de
  • - Plazo de Resolución, notificación y recursos: La resolución de solicitudes, cuyo plazo de tramitación y resolución serán de TRES meses, se producirá una vez emitido el informe de evaluación de la documentación, correspondiendo a la Junta de Gobierno Local la competencia para resolver, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en los artículos del 40 al 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente Recursos de Reposición, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo. Villa de Breña Alta El Alcalde
  • AUTORIZACION A TERCERAS PERSONAS Autorizo a , con DNI/NIE (se adjunta copia) nº , a presentar en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, la presente solicitud.
  • DECLARA Que cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en las Bases reguladoras de esta Convocatoria, para obtener la condición de beneficiario y, ex - presamente, con los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 437 009. Fax: 922437597
  • dad recogidas en el art. 13 de la misma. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica, Local y con la Seguridad Social. Que el total de las subvenciones y ayudas solicitadas para este proyecto, tanto a instituciones públicas como a entidades privadas, no superan el coste total de la ac
  • tividad para la que solicita la misma, habiendo solicitado o recibido (marcar, en
  • lación mínima de un año a la fecha de la solicitud de la presente subvención
  • documentation
    AUTORIZACION A TERCERAS PERSONAS Autorizo a, con DNI/NIE (se adjunta copia) n.º , a presentar en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, la presente solicitud.
  • documentation
    DECLARA Que cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en las Bases reguladoras de esta Convocatoria, para obtener la condición de beneficiario y, expresamente, con los estab- lecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, no encontrándose en ninguna de las circunstancias de incompatibilidad recogidas en el art. 13 de la misma. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica, Local y con la Seguridad Social. Que el total de las subvenciones y ayudas solicitadas para este proyecto, tanto a institucio - nes públicas como a entidades privadas, no superan el coste total de la actividad para la que Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta C/ Blas Pérez González, 1, VILLA DE BREÑA ALTA. 38710 Santa Cruz de Tenerife. Tfno. 922 437 009. Fax: 922437597
  • documentation
    na web (www.balta.org). Cuadro de Financiación año (Anexo III) Relación de Facturas (Anexo IV) Dossier fotográfico de las equipaciones (si las tuvieran), donde se aprecie el logotipo municipal (si lo llevara
  • documentation
    sarios, que obren en su poder, para comprobar el cumplimiento de los requisitos de la entidad solicitante. Consentimiento y Deber de Informar a los Interesados sobre Protección de Datos Información Básica sobre Protección de Datos La persona solicitante ha sido informada por el Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta sobre el tratamiento y custodia de los datos aportados en la solicitud y en la documentación que le acompaña para la tramitación y gestión de expedientes administrativos.
  • documentation
    Responsable: Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta con CIF: P3800800I
  • documentation
    Dirección Postal: Calle Blas Pérez González, Número 1, 38710, Breña Alta, La Palma
  • documentation
    Contacto Delegado de Protección de Datos: dpd@balta.org

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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