CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS PARA EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS MULTISERVICIOS RURALES EN FUNCIONAMIENTO DE LA PROVINCIA DE TERUEL 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio. Su ámbito territorial es ES242 - Teruel. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Memoria de la actuación (según Anexo 2)
  • Certificado del Secretario/a del Ayuntamiento acreditativo del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de la subvención y de los datos necesarios para realizar la valoración según los criterios dispuestos en la Cláusula Décimo Primera de la convocatoria (según Anexo 3) Cód. Validación: 7R37FYNEJ2F6DFNAAQPT67HT3 Verificación: https://dpteruel.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 26
  • Certificado emitido por la Cámara de Cuentas de Aragón acreditativo de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas de acuerdo con la normativa aplicable. Noveno. - Órgano competente para la instrucción, valoración y resolución del procedimiento. Los órganos competentes para la realización de todas las actuaciones del
  • El Órgano de Instrucción del procedimiento será el Jefe de Sección de la Oficina de Desarrollo Territorial y Programas Europeos de la Diputación Provincial de Teruel y realizará de oficio cuantas actuaciones y actividades estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de las cuales deba formularse la Propuesta de Resolución. Asimismo, podrá pedir cuantos Informes estime necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la subvención. El órgano instructor no podrá formar parte de la Comisión de Valoración.
  • El órgano instructor procederá a la pre-evaluación de las solicitudes para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario. Comisión de Valoración.
  • La evaluación de las solicitudes corresponderá a un órgano colegiado, denominado Comisión de Valoración, el cual también será el encargado de formular la propuesta de concesión al órgano concedente a través del órgano instructor. La Comisión de Valoración de carácter técnico estará compuesta por al menos tres miembros del personal adscrito a la Oficina de Desarrollo Territorial y Programas Europeos de la Diputación Provincial de Teruel.
  • Al objeto de facilitar la mejor evaluación de las solicitudes, la Comisión de Valoración podrá requerir de los solicitantes, a través del órgano instructor, la ampliación de la información contenida en la solicitud, así como solicitar los informes técnicos de los Servicios Provinciales que estime necesarios.
  • La Comisión de Valoración, vistos los informes técnicos, tras la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios fijados en esta convocatoria, emitirá un Informe en el que se concretará el resultado de la valoración. El Informe será la base de la propuesta de Resolución del órgano instructor.
  • El crédito destinado a las subvenciones se prorrateará entre todos los beneficiarios de la subvención de acuerdo con los criterios de concesión que figuran en esta convocatoria. Informe-Propuesta de Resolución. El órgano instructor, a la vista del expediente y del Informe de la Comisión de Valoración, efectuará Informe-Propuesta de Resolución, debidamente motivado, en el que se expresará el solicitante o solicitantes para los que se propone la concesión de subvenciones y su cuantía, especificando los criterios de valoración utilizados en la evaluación. Si el Informe- Propuesta de Resolución se separa del Informe Técnico de Valoración, en todo o en parte, el instructor deberá motivar su decisión, debiendo quedar constancia en el expediente. Cód. Validación: 7R37FYNEJ2F6DFNAAQPT67HT3 Verificación: https://dpteruel.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 26
  • La Resolución, dictada por el Presidente de la Diputación Provincial, habrá de ser motivada de conformidad con lo que dispone esta convocatoria y además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa y fundamentada, la desestimación del resto de solicitudes y la no concesión por desistimiento, renuncia a su derecho o imposibilidad material sobrevenida, debiendo practicar la misma a todos los interesados. Si la Resolución se aparta en todo o en parte de la propuesta del instructor deberá motivarlo suficientemente, debiendo dejar constancia en el expediente.
  • En todo caso, deberá constar el objeto de la subvención, nombre del beneficiario, identificación fiscal del mismo, puntuación obtenida en la valoración, importe de la subvención con indicación del porcentaje cuando la cuantificación se haya basado en este criterio e importe a justificar, y todos aquellos datos no deducibles de esta convocatoria.
  • En la Resolución deberán quedar claramente identificados los compromisos asumidos por los beneficiarios y cuando el importe de la subvención y su percepción dependan de la realización por parte del beneficiario de una actividad propuesta por él mismo, deberá quedar claramente identificada tal propuesta o el documento donde se formuló.
  • El plazo para resolver y notificar la resolución será como máximo de tres (3) meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mayor o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. Asimismo, se publicará en la web de la Excma. Diputación Provincial de Teruel y en la BDNS.
  • Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la Resolución, los interesados podrán entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • La Resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa, a efectos de la interposición de los Recursos Administrativos que procedan de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Transcurridos diez (10) días desde la notificación de la concesión sin que la entidad beneficiaria haya manifestado lo contrario, se entenderá que acepta la subvención en todos sus términos, sin perjuicio de los Recursos que pueda interponer contra la Resolución. Décimo primero. - Criterios de Valoración
  •  De no estar incurso el solicitante en prohibición para ser beneficiario de subvenciones públicas.  De haber realizado al gasto conforme a la finalidad para la cual se concedió la subvención siguiendo los procedimientos legalmente establecidos.  De halla al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con la Hacienda Provincial  De otras ayudas o subvenciones solicitada y/o recibidas para el mismo objeto o finalidad.
  • La aceptación de la subvención otorgada y de las condiciones derivadas de su otorgamiento, entendiéndose aceptada si los beneficiarios no se oponen o la rechazan expresamente en el plazo máximo de diez días contados desde su notificación.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante la Diputación Provincial de Teruel, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la misma.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control financiero que corresponden a los servicios de Intervención de la Diputación Provincial de Teruel y previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas estatal o, en su caso, autonómico.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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