subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro de municipios de la Mancomunidad de la Merindad de Durango, para realiza · 2026

Título oficial: Convocatoria de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro de municipios de la Mancomunidad de la Merindad de Durango, para realización de proyectos de cooperación a desarrollo y estancias temporales de niños/as de poblaciones desfavorecidas 2026

Los proyectos de cooperación subvencionables deb erán desarrollarse en el año 202 6 y

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona MANCOMUNIDAD DE LA MERINDAD DE DURANGO-DURANGOKO MERINALDEAREN AMANKOMUNAZGOA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser ben eficiarias de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las
  • que estén inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco.
  • que tengan su sede social en alguno de los municipios de la Mancomunidad de la Merindad de Durango.
  • que proyecten el desarrollo de las actividades subvencionables.
  • que cumplan los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,
  • y presenten los documentos establecidos en el punto séptimo.
  • Órganos competentes para la instrucción y resolución La instrucción del procedimiento corresponde al servicio gestor. El órgano competente para la aprobación y resolución de concesión de subvenciones será el/la Presidente/a u órgano en quien delegue, a propuesta de la Comisión Informativa de Ciudadania.
  • Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes se dirigirá a la Presidenta y suscritas por la persona beneficiaria o, en su caso, representante legal, junto con la documentación preceptiva, será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia.
  • Forma de presentación de las solicitudes. Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo oficial (Anexo I) y deberán
  • presentarse por medios telemáticos en la Sede electrónica: https://www.dma.eus/es-ES/Tramites/Paginas/procedimiento-detalle.aspx?idt=1e564add- d1ac-e211-b9d8-00237d32158c de la Mancomunidad, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cada entidad sólo podrá presentar una solicitud. La solicitud de subvención cumplimentada en su totalidad y firmada por el representante legal de la entidad irá acompañada de la siguiente documentación
  • Copia compulsada de los Estatutos de la Entidad o Asociación.
  • Certificado original de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco o copia compulsada.
  • Copia compulsada del Código de Identificación Fiscal de la Asociación.
  • Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad del/ de la rep resentante legal de la entidad de conformidad con sus estatutos.
  • Certificado del acuerdo de nombramiento de sus órganos y representantes debidamente inscrito en el registro oficial.
  • - Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • - Declaración responsable del/ de la representante legal de que la entidad no se encuentra inhabilitada para obtener subvenciones. (Anexo II)
  • - Declaración responsable de las subvenciones o ayudas solicitadas u obtenidas de otras instituciones públicas o privadas para el proyecto objeto de la solicitud de subvención. (Anexo III)
  • - Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto. (Anexo IV)
  • - Proyecto de cooperación exterior o de estancia temporal para el que se solicita la subvención detallando la actividad, objetivos, calendario, número de participantes y su coste económico. Será requisito indispensable hacer constar claramente las fechas previstas de inicio y finalización del programa o estancia temporal.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos corrientes que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el año natural de la convocatoria. Excepcionalmente podrán admitirse gastos realizados en otro ejercicio presupuestario cuando la actividad subvencionable se desarrolle entre dos ejercicios presupuestarios. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos alimenticios en productos de primera necesidad tales como arroz, legum - bres, pasta, azúcar, atún, sardinas u otros productos no perecederos.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de vestido, calzado y abrigo (mantas).
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Productos farmacéuticos y de atención sanitaria (medicinas, vacunación, etc.).
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Productos de aseo personal e higiene.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    En general, otros gastos dirigidos a la satisfacción de necesidades básicas.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de desplazamiento de niños y niñas desde el país de origen hasta alguno de los municipios de la Mancomunidad en el caso de acogidas temporales.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de transporte público.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Primas de seguros.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · ineligible
    No serán objeto de subvención:
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de personal
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de desplazamiento en vehículo particular.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Donativos e indemnizaciones abonadas a personas por su trabajo para la asocia- ción.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de arrendamiento de locales.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de suministro de electricidad, agua y teléfono.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos en bienes inventariables.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Costes indirectos.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA BOB Miércoles, 16 de agosto de 2017Núm. 155 Pág. 3 Las facturas justificativas de la compra de productos y servicios deberán correspon- der al ejercicio de la convocatoria. Reglas de contratación del gasto a cumplir por parte de la persona beneficiaria Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de efi- ciencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Forma y plazo de presentación de las solicitudes Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo oficial (Anexo I) y deberán pre- sentarse en el Registro General de la Mancomunidad, en la Casa Astola, número 26, en Abadiño, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pú- blicas. El plazo de presentación de solicitudes y documentación complementaria será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia». Cada entidad sólo podrá presentar una solicitud.
  • En particular, se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Documentos e información que deben acompañar a la solicitud La solicitud de subvención cumplimentada en su totalidad y firmada por el represen-

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Los proyectos de cooperación subvencionables deb erán desarrollarse en el año 202 6 y