PREMIOS CULTURA 2026 DIRIGIDOS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PERSONAS FÍSICAS Y AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS DE G…

Título oficial: CONVOCATORIA DE PREMIOS CULTURA 2026 DIRIGIDOS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PERSONAS FÍSICAS Y AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS DE GETAFE.

Cultura

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES300 - Madrid. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GETAFE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 205.200,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las entidades sin ánimo de lucro deben estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente según su régimen jurídico, así como en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados.
  • Las agrupaciones de personas físicas deben estar compuestas mayoritariamente por personas empadronadas en Getafe.
  • Las personas físicas que se postulen a nivel individual deberán estar empadronadas en Getafe.
  • En el momento de valoración de las solicitudes, las entidades , persona física o representante en el caso de agrupaciones de personas físicas, deben hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social.
  • No estar incursas en ninguna de las prohibiciones pr evistas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto deberá aportrse declaración responsable según modelo Anexo III. No recibirán puntuación ni podrán ser premiados aquellas actividades que hayan sido realizadas en concepto de prestación de servicios o con la financiación de otras ayudas, de cualquier naturaleza, otorgadas por este Ayuntamiento.
  • PREMIOS DE 2.400 € Además del premio concedido, se podrá otorgar un premio extraordinario adicional de
  • 400 € a una candidatura destacada. B.- ARTES PLÁSTICAS, ARTES VISUALES y ARTES LITERARIAS Se establecen los siguientes
  • 3 premios de 2.400 € Además del premio concedido, se podrá otorgar un premio extraordinario adicional de
  • 400 € a una candidatura destacada.
  • 3 premios de 22.800 € Además del premio concedido, se podrá otorgar un premio extraordinario adicional de
  • SOLICITUD Y PLAZO: Las solicitudes, que se formalizarán según el modelo que figura como Anexo I de las presentes bases, se presentarán junto con la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe en el horario establecido por el departamento, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la pu blicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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