Convocatoria de las subvenciones para la contratación de personal destinado a facilitar la participación y la inclusión de niños y niñas en las actividades de comedor escolar y extraescolares (curso 2026-2027), anualidad 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLDEFELS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro oficial. Si estas son de carácter local, también deberán estar inscritas en el Registro Municipal de entidades ciudadanas.
  • Que en fecha de la solicitud reúnan los requisitos que establece la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003 de 17 de noviembre), y se encuentren al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con este ayuntamiento, u otras provenientes de ingresos de derecho público, incluyendo reintegros de subvenciones anteriores.
  • Disponer del seguro de responsabilidad civil durante todo el período de ejecución de las actividades subvencionadas.
  • Aportar la documentación solicitada en el apartado i). Las empresas beneficiarias deberán usar, al menos el catalán en la rotulación, en los avisos y en la documentación dirigida al público, de acuerdo con el Art. 1.1.3. del Reglamento para el uso de la lengua catalana del Ayuntamiento de Castelldefels, DOGC
  • 940 (03/08/2007) en lo que refiere al proyecto subvencionado. En atención al cumplimiento de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTC), Art. 15.2, este ayuntamiento está obligado a publicar las retribuciones que perciben las personas que forman parte de los órganos de dirección o administración de las personas jurídicas (entidades y empresas) beneficiarias de subvenciones y ayudas públicas superiores a 10.000,00€. Es por ello que la entidad beneficiaría queda obligada a facilitar al Ayuntamiento esta información, referida al año anterior al de la solicitud.
  • Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento. De acuerdo al artículo 8.2 de las Bases específicas que regulan la concesión de estas subvenciones en relación a los órganos competentes para la instrucción de la resolución del procedimiento, la instrucción del procedimiento corresponderá al jefe/a de la sección del Área de Servicios Sociales, Dependencia y Personas mayores. Para la valoración de las solicitudes se creará una Comisión calificadora integrada por las
  • Presidente/a: Concejal/a del Área de Servicios Sociales, Dependencia y Personas mayores.
  • Vocal: El/La jefe/a del Área de Servicios Sociales, Dependencia y Personas mayores.
  • Vocal: Un/a técnico/a del Área de Servicios Sociales, Dependencia y Personas mayores.
  • Secretario/a: un/a funcionario/a del Área de Servicios Sociales, Dependencia y Personas mayores. La Comisión calificadora podrá contar con el asesoramiento técnico externo, el cual actuará con voz, pero sin voto. El órgano responsable de la resolución del procedimiento de otorgamiento de las subvenciones será la Alcaldía por atribución directa de la normativa de régimen local, o órgano en quien delegue.
  • Plazo de presentación de solicitudes. El periodo de presentación de solicitudes será del 1 al 29 de septiembre de 2026. Sin perjuicio de presentar la documentación por cualquiera de las vías que establece el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siempre de acuerdo con lo que prevé el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las solicitudes se
  • presentaran siguiendo el trámite web siguiente: Convocatòria de las subvenciones para la contratación de personal destinado a facilitar la participación y la inclusión de niños y niñas en los actividades de comedor escolar y extraescolar (Curso 2026/2027), anualidad 2026
  • Contenido de la solicitud. El contenido de la solicitud para la presente convocatoria será el que se describe a
  • Impreso de solicitud, de acuerdo el modelo disponible en el tramite web definido en el
  • Identificación de quien suscribe la solicitud, y el carácter con que lo hace.
  • Datos generales de la entidad.
  • Declaración de las subvenciones solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro.
  • Presupuesto total de los gastos subvencionables e importe solicitado de subvención.
  • Compromiso de difundir que la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Castelldefels.
  • Compromiso de cumplir todas las condiciones que se recogen en las bases y la convocatoria, en la Ley General de Subvenciones y en la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento y entes dependientes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social