CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES OTORGADAS POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS, PARA LA ADQUISICIÓN DE LA PRIMERA VIVIENDA. 2026

Es objeto del presente Reglamento la concesión de ayuda económica a personas físicas mayores de edad que construyan o adquieran su primera vivienda para residencia habitual en el municipio de Villanueva de los Castillejos.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES615 - Huelva. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y .3 de la LGS.
  • Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las personas que reúnan los requisitos
  • El solicitante deberá ser persona física mayor de edad en el momento de presentar la solicitud.
  • El solicitante deberá estar empadronado en la localidad, desde el momento de la adquisición o construcción de la vivienda, debiendo permanecer en tal situación, al menos durante dos años desde la concesión de la ayuda.
  • El solicitante que construya su vivienda (ejecución finalizada) o adquiera una vivienda unifamiliar en Villanueva de los Castillejos para destinarla a vivienda habitual, en el ejercicio anterior al de convocatoria.
  • No incurrir en las causas que imposibilitan obtener la condición de beneficiario de conformidad con el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante declaración responsable del beneficiario.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias a nivel Estatal, Autonómico y Local, lo que se acreditará mediante la presentación de la correspondiente certificación emitida por la Administración u Organismo competente.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones de Seguridad Social, lo que se acreditará mediante la presentación de la correspondiente certificación emitida por la Administración u Organismo competente.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, lo que se acreditará mediante declaración responsable del beneficiario. El importe del coste de ejecución material o de adquisición podrá ser comprobado por los servicios técnicos municipales. Se excluye cualquier otro tipo de edificación que no sea el de vivienda. Se subvencionará al solicitante una sola vez, con independencia del número de viviendas solicitadas. No podrá volver a ser solicitada esta misma ayuda por el interesado, por el cónyuge, cualquier otro miembro de la unidad familiar o pareja de hecho, excepto en caso de divorcio o disolución de la pareja de hecho o emancipación.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es el Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos PLAZA De Andalucía 1, VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS. 21540 (Huelva). Tfno. 959387007. Fax: 959387073 Cód. Validación: 5THDKNNCDTDJX6F9TPZ7PTFT3 Verificación: https://villanuevadeloscastillejos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes de ayuda serán presentadas por los interesados aportando la documentación que a continuación se indica. La documentación requerida se presentará en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos directamente o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, de las Administraciones Públicas.
  • Documentación a presentar por el interesado:
  • Fotocopia Documento Nacional de Identidad.
  • Libro de familia en el supuesto de que el solicitante esté casado.
  • Copia de la escritura pública debidamente registrada, debiendo aparecer como propietario o copropietario el solicitante.
  • Alta de la vivienda en la Gerencia Territorial del Catastro.
  • Proyecto de ejecución de la vivienda o bien escritura o contrato de compraventa a fin de poder determinar, bien el coste de ejecución o bien el de adquisición sobre el que calcular la cuantía de la ayuda.
  • Certificaciones de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias a nivel Estatal, Autonómico y Local, con Seguridad social; que serán emitidas por la Administración u Organismo competente.
  • El Ayuntamiento podrá comprobar en sus archivos la siguiente documentación:
  • Certificado de empadronamiento.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto del presente Reglamento la concesión de ayuda económica a personas físicas mayores de edad que construyan o adquieran su primera vivienda para residencia habitual en el municipio de Villanueva de los Castillejos.