Personas físicasES512 - Girona

CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA GASTOS DE MATRICULACIÓN DE LOS CASALES DE VERANO 2025

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORROELLA DE FLUVIÀ.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El niño/a debe estar empadronado en el municipio a fecha de 1 de enero de
  • El niño/a debe haber estado matriculado en un campamento de verano durante el verano de 2025.
  • Presentar la solicitud dentro de plazo y en la forma correspondiente.
  • No tener deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Torroella de Fluvià.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Para acreditar estos requisitos será necesario aportar:
  • Modelo normalizado de solicitud que contendrá una declaración responsable de cumplimiento de todos los requisitos.
  • Copia del libro de familia o documento acreditativo de la filiación familiar, o copia de la documentación acreditativa en el caso de representación legal o acogimiento del niño/a, o copia de la resolución judicial de la custodia del menor o convenio regulador de las relaciones paterno -filiales en el caso de separación o divorcio.
  • Justificante de pago de las cuotas mensuales (no se deben incluir extras como comedor, servicios de acogida, etc.).
  • Forma y plazo de presentación de solicitudes El Alcalde acordará la aprobación de esta convocatoria. Las solicitudes se formularán a través d el modelo normalizado que consta como anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento y se presentarán a través del Registro General del Ayuntamiento, dentro del horario de atención al público, de lunes a viernes de 10:00h a 13:30h, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día 1 de agosto y finalizará el 31 de agosto de 2026.
  • Modelo de instancia CAMPAMENTO DE VERANO 2025 del Ayuntamiento de Torroella de Fluvià.
  • Copia del DNI, NIE o Pasaporte de la madre, padre o tutor/a legal del niño/a.
  • Certificado bancario de la cuenta donde se realizará el ingreso de la ayuda. En caso de que se actúe como beneficiario por primera vez, será necesario aportar una ficha de alta de acreedor firmada por la entidad bancaria.
  • Acreditación de la matrícula o escolarización del niño/a donde debe quedar identificado el centro y el curso que realiza, así como el pago de la correspondiente matrícula.
  • En el caso de ayuda para los gastos de campamento d e verano, justificante de pago de las cuotas mensuales (no se deben incluir extras como comedor, servicios de acogida, etc.) de manera que el Ayuntamiento de Torroella de Fluvià pueda comprobar de oficio que el beneficiario y los miembros de la unidad familiar están empadronados en la población de Torroella de Fluvià y se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias con la Corporación Municipal.
  • Asimismo, la presentación de la solicitud supone la aceptación de la ayuda y, en su caso, de su otorgamiento.
  • Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento La Secretaría deberá verificar el cumplimiento de las condiciones para ser considerado beneficiario de la ayuda. En caso de que alguno de los beneficiarios no cumpla alguno de los requisitos y se trate de un defecto subsanable, a propuesta de la Secretaría, el Alcalde resolverá la inadmisión provisional de las solicitudes. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento, dando la posibilidad a los provisionalmente inadmitidos de presentar los documentos necesarios a fin de poder ser admitidos en el plazo de 10 días hábiles. En caso de no presentar la documentación, se les considerará por desistidos del procedimiento. Finalizado el plazo de audie ncia, en caso de que se presenten alegaciones, serán informadas por parte de la Secretaría y se elevará una propuesta de resolución al
  • Plazo de resolución y notificación El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento es de dos meses a partir del último día para la presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo de resolución sin haberse notificado la resolució n legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
  • Fin de la vía administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que dispo nen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso -administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • Criterios de valoración de solicitudes Cualquier solicitante que cumpla con los requisitos de la base cuarta será beneficiario de la subvención. Las personas beneficiarias de las ayudas no pueden recibir por este concepto una cantidad superior al coste del campamento de verano. El importe de la ayuda se abonará mediante transferencia bancaria a la cu enta corriente con el IBAN que indique el beneficiario en la solicitud.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación