CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS MUNICIPALES A EMPRESAS LOCALES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS DEL MUNICIPIO DE BREÑA BAJA, ANUALIDAD 2026

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES707 - La Palma. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BREÑA BAJA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • 1.- Podrán ser beneficiarios, con carácter general, empresas o entidades con personalidad jurídica propia, cualquiera que sea su forma jurídica; las entidades sin ánimo de lucro; los autónomos/as o personas físicas que contraten a desempleados/as para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en el municipio de Breña Baja, que lleven a cabo contrataciones efectuadas con desempleados/as del municipio de Breña Baja y que las mismas tengan lugar entre el 1 de noviembre del ejercicio anterior hasta el 31 de octubre de cada anualidad de la convocatoria, siempre que exista consignación presupuestaria.
  • 2.- No podrán obtener la condición de beneficiarios, de confirmada con el apartado segundo del articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificado por la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo.
  • 1.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones será el Servicio de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Breña Baja, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
  • 2.- Los expedientes se tramitarán y resolverán siguiendo riguroso orden de entrada en el Registro General, hasta el límite de la disponibilidad presupuestaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en estas Bases.
  • 3.- La propuesta motivada de resolución del procedimiento se formulará por dictamen de la Comisión de Valoración, previo informe favorable de los servicios técnicos del Área de Empleo y Desarrollo Local y de la Intervención Municipal, que será elevada a la Alcaldía-Presidencia para su resolución.
  • 4.- Una vez agotado el crédito presupuestario existente, se procederá a denegar las subvenciones que no puedan ser atendidas por falta de disponibilidad presupuestaria. Cód. Validación: 7MZRKJANYNPNXDSNH3MTXFJC3 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5
  • 5.- Las solicitudes que se hayan denegado por falta de crédito en este ejercicio causarán derecho en el ejercicio siguiente siempre y cuando conserven el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas Bases y exista propuesta favorable de la Comisión Informativa correspondiente al área, y siguiendo el orden establecido según la fecha de entrada en el Registro General.
  • OCTAVA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.- El plazo para presentar solicitudes será el comprendido entre el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y el 31 de octubre 2026.
  • 1.- El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de dos meses, que se computará a partir del día siguiente a la entrada de documentación de solicitud en el Registro General de esta entidad, y en todo caso deberá aprobarse en el ejercicio de cada convocatoria.
  • 2.- La resolución definitiva del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cód. Validación: 7MZRKJANYNPNXDSNH3MTXFJC3 Verificación: https://bbaja.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes