Personas físicasES51 - CATALUÑA

Convocatoria de dos becas de colaboración y formación en la doctrina de la Comisión Jurídica Asesora para el 2027

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona COMISIÓN JURÍDICA ASESORA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • La persona solicitante debe estar en posesión de los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con lo establecido en las bases 4 y 5 de las bases reguladoras.
  • Cuantía total máxima de la convocatoria
  • 1. La cuantía máxima prevista para esta convocatoria es de 31.200 € y está consignada en la a plicación presupuestaria D/480003000/1110/0000 del presupuesto de gastos de la Comisión Jurídica Asesora para el año 2027.
  • 2. La cuantía total máxima para esta convocatoria se puede ampliar de acuerdo con lo previsto en el artículo 92.4.b) del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre. La efectividad de la cuantía adicional quedará condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de la concesión de las becas.
  • 3. La tramitación de la convocatoria es anticipada; en consecuencia, la cuantía máxima prevista tiene carácter estimatorio y la concesión de las becas queda sometida a la condición suspensiva de la e xistencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la Generalitat de Catalunya para el ejercicio 2027 en el momento en el que se dicte la resolución de la concesión.
  • Importe y pago de la beca El importe de cada una de las becas para las personas beneficiarias es de 1.300 euros brutos mensuales, que serán abonados a meses vencidos, salvo los meses incompletos, que s e pagarán prorrateados. A est e importe hay que aplicar la retención correspondiente del impuesto sobre la renta de las personas físicas y la relativa a la Seguridad Social.
  • La documentación que debe anexarse a la solicitud, incluyendo el formulario de solicitud de uso obligatorio, es la prevista en las bases 7 y 8 de las bases reguladoras.
  • Reformulación de la solicitud Vistas las características de estas becas, no se puede reformular la solicitud.
  • 1 La persona beneficiaria tiene que presentar, dentro de los últimos quince días del periodo de disfrute de la beca, una memoria sobre el conjunto de las tareas realizadas, en las que se tienen que especificar los objetivos alcanzados, la metodología utilizada y los principales resultados de las tareas practicadas.
  • 2. El tutor o la tutora, a la vista de la memoria presentada, tiene que emitir un informe de evaluación para certificar el cumplimiento de las condiciones exigidas con la concesión de la beca y la justificación de la beca.
  • 3. El plazo para justificar la realización de la beca puede ser ampliado por parte del tutor o la tutora, a petición de la persona beneficiaria, si lo efectúa antes de que finalice el plazo que se pretende ampliar, por razones debidamente motivadas, y si, con e llo, no se perjudican derechos de terceros. La ampliación del plazo no puede superar la mitad del plazo inicialmente establecido.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    No se prevén gastos subvencionables.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Comisión de Selección La composición de la Comisión de Selección se regula en la base 9.2 de las bases reguladoras y es presidida por la persona responsable de Estudios e Investigación. Actúa como vocal el letrado o letrada responsable de Servicios Jurídicos Generales, y, como secretario o secretaria, la persona responsable del Área de Gestión Económica y Recursos Humanos. Actúan como presidente o presidenta, vocal y secretario o secretaria suplentes, en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada, los letrados o letradas responsables del Ámbito Doctrinal, del Ámbito Administrativo y del Ámbito Jurisprudencial, respectivamente.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Valoración de las solicitudes La Comisión de Selección, como órgano colegiado que evalúa las solicitudes, tiene que aplicar los criterios de valoración previstos en la base 10 de las bases reguladoras, siguiendo el procedimiento previsto en las bases 10 y 11.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Régimen de publicación y notificaciones, plazo máximo y sentido del silencio administrativo
  • Gastos subvencionables · eligible
    1 La resolución de concesión de las becas es objeto de publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya . Esta publicación su stituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2. Los requisitos documentales, la resolución de inadmisión o desistimiento y la propuesta de resolución provisional de la Comisión de Selección se publican en el Tablero electrónico de la A dministración de la Generalitat de Catalunya (e -Tauler), en la di rección https://tauler.seu-e.cat/inici?idEns=1. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Los anuncios expuestos p or la Comisión Jurídica Asesora en l' e- Tauler se pueden localizar buscándolos por “Organismo publicador”.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3 Corresponde a la persona instructora resolver sobre la inadmisión y el desistimiento de las becas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    4 El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión de las be cas es de seis meses a contar del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
  • Gastos subvencionables · eligible
    5 Transcurrido este plazo, si no se ha dictado y notificado una resolución expresa, la solicitud o solicitudes se entienden desestimadas por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55.1.a) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y e l artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Plazo de ejecución de la actividad Las actividades que deban realizar para el cumplimiento del objeto de la beca s e tienen que ejecutar durante el año 2027, de una manera improrrogable, sin perjuicio de las previsiones recogidas en la base 3 de las bases reguladoras. El periodo de colaboración se inicia a partir de la fecha consignada en la resolución de concesión de la beca y finaliza como máximo el día 31 de diciembre del mismo año.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Otras actuaciones de carácter económico