Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Se implante en alguno de los municipios que se integran dentro de dicho proyecto.
  • Se refiera a una de estas tres actividades: Fomento de tejido comercial, agrícola, ganadero, forestal y de servicios. Establecimiento de nuevas actividades socioeconómicas mediante autoempleo. Implantación de alojamientos y servicios turísticos.
  • - Por ello, es objeto de esta subvención la financiación de:
  • Los gastos asociados a servicios profesionales que sirvan de apoyo al desarrollo de iniciativas emprendedoras dentro del marco del proyecto "Tejiendo Caminos en la Sierra de Codés".
  • Los gast os derivados del desarrollo de proyectos colaborativos promovidos conjuntamente por dos o más personas físicas o jurídicas, orientados a fomentar la cooperación, la innovación, el intercambio de conocimiento, la comercialización conjunta o cualquier otra a ctuación que contribuya al fortalecimiento del tejido empresarial y al desarrollo económico del territorio. Dichos gastos deberán estar directamente vinculados a la actividad subvencionada, justificarse materialmente y realizarse entre el 1 de noviembre d e 2026 y el 31 de diciembre de 2027, incluyendo el IVA correspondiente cuando resulte subvencionable conforme a la normativa aplicable. Se considerarán elegibles aquellos gastos que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del proyecto, independientem ente de si son ejecutados por las personas promotoras de la iniciativa o por terceros, siempre que se acredite documentalmente su necesidad y su
  • - La línea de ayudas a proyectos colaborativos tiene por finalidad fomentar la cooperación entre emprendedores de la Sierra de Codés mediante el desarrollo de iniciativas conjuntas que generen sinergias, favorezcan el intercambio de conocimiento, impulsen la innovación y contribuyan al fortalecimiento del tejido empresarial del territorio. Tendrán la consideración de proyectos colaborativos aquellas iniciativas desarrolladas conjuntamente por dos o más personas físicas o jurídicas que compartan objetivos, recursos o actuaciones dirigidas a la creación o mejora de productos o servicios, la comercialización conjunta, la digitalización, la promoción del territorio o cualquier otra actuación alineada con los objetivos del proyecto "Tejiendo Caminos en la Sierra de Codés". Los proyectos deberán acreditar una colaboración efectiva entre las personas o entidades participantes y presentarse mediante una memoria conjunta en la que se describan las actuaciones previstas, los objetivos perseguidos, el reparto de funciones asumido por cada participante y el presupuesto correspondiente.
  • - El proyecto "Tejiendo Caminos en la Sierra de Codés" pretende potenciar el desarrollo local a través del emprendimiento y la innovación, consolidando una red de cooperación entre mujeres líderes en los municipios de la zona.
  • 3ª.- Requisitos de las personas beneficiarias Para ser beneficiaria de la subvención, será necesario desarrollar el proyecto de que se trate en alguno de los municipios que conforman la red. Los beneficiarios han de estar al corriente en el pago con la Hacienda Foral Navarra, con la Seguridad Social y con las entidades locales integradas en el proyecto. Podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 4ª Obligaciones de las personas beneficiarias
  • - Los beneficiarios de estas subvenciones t endrán las obligaciones establecidas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y las demás previstas en estas bases.
  • - Específicamente, deberán someterse a las actuaciones de comprobación y con trol a efectuar por el órgano concedente, así como por cualesquiera otros órganos competentes para ello, aportando cuanta documentación le sea requerida de dichas actuaciones.
  • - Asimismo, deberán aceptar someterse a los eventuales controles que puedan producirse por el hecho de recibir una ayuda cofinanciada por Gobierno de Navarra. Estos controles podrán provenir cualquiera de las entidades integradas dentro de la red, así como de los distintos cofinanciadores del proyecto.
  • - Las personas beneficiarias de la subvención publicitarán la colaboración de todas las entidades que promueven el proyecto, debiendo integrarse el logo que figura en el Anexo I correspondiente en cuantas comunicaciones o publicaciones relacionadas con la actividad a financiar realicen.
  • - Igualmente, deberá colocar en algún lugar visible, al menos durante la duración del proyecto, un cartel DIN A3 con el logo señalado, en el que se haga mención al hecho de haber sido subvencionado por este proyecto.
  • - Asimismo, deberán conservar la documentación justificativa de las operaciones durante un plazo de 3 años, y deberán mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con el proyecto subvencionado y aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión: control de calidad y transparencia en la contratación, control de posibles conflictos de intereses, control de posibles falsificaciones, etc.
  • - En caso de incumplimiento de las citadas obligaciones, salvo en casos de fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona beneficiaria, procederá el reintegro total de las subvenciones percibidas, con sus correspondientes intereses de demora. No se considerará causa justificada de baja en la Seguridad Social o cese de actividad el abandono o finalización de la misma basada en razones económicas.
  • ª Concurrencia de subvenciones Las subvenciones contempladas en estas bases reguladoras serán compatibles con otras ayudas y subvenciones que puedan concederse con igual finalidad. 7ª.- Cuantías de las subvenciones
  • Ayudas al emprendimiento individual: La cuantía máxima por proyecto o iniciativa será de 5.000 euros.
  • Ayudas a proyectos colaborativos: La cuantía máxima por proyecto será de 6.000 euros. El presupuesto máximo destinado a esta línea será de 6.000 euros. El presupuesto total destinado a la presente convocatoria asciende a 28.500 euros. 8ª.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar la solicitud de subvención se iniciará con la publicación de la presente convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones, y estará abierto hasta que se agote el crédito presupuestario o, alternativamente, hasta el 30 de septiembre de 2026. 9ª.- Instrucción, tramitación y resolución
  • - El procedimiento se iniciará a instancia de parte, mediante solicitud de la persona interesada dirigida al Ayuntamiento de Bargota, mediante presentación de solicitud a través del registro general. La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá al Ayuntamiento de Bargota, que estará asesorado por el Equipo de Coordinación del proyecto.
  • - Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras Prestaciones económicas