CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ALUMNADO EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE GUÍA DE ISORA Y MATRICULADO ENSEÑANZA POSTOBLIGA · 2026

Título oficial: CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ALUMNADO EMPADRONADO EN EL MUNICIPIO DE GUÍA DE ISORA Y MATRICULADO ENSEÑANZA POSTOBLIGATORIA, EJERCICIO 2026

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES70 - CANARIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GUÍA DE ISORA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 74.700,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Haber superado como mínimo el 50% de los créditos matriculados en el último año cursado.
  • Cumplir c on los requisitos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario de estas, recogidos en el ANEXO I (solicitud).
  • Declaración responsable acreditativa de no estar incurso/a en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (incluida en el modelo de solicitud Anexo I), en el c aso de las personas beneficiarias menores de edad será cumplimentada por su padre/madre o tutor legal, en su representación.
  • A utorización expresa al Ayuntamiento de Guía de Isora para que pueda verificar los datos reflejados en la solicitud con los que obr an en las Administraciones Públicas, así como que el beneficiario se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias, tanto estatales, autonómicas como locales y con la Seguridad Social (incluida en el modelo de solicitud
  • Contrato de alquiler en vigor del alumno/a dur ante curso escolar y último recibo.
  • El Título de Familia Numerosa o carné de familia numerosa.
  • En caso de que algún miembro de la unidad familiar se encontrara en situación de discapacidad (igual o superior a 33%) se deberá aportar Certificado de reconocim iento del grado de discapacidad actualizado emitido por el Organismo competente de la Comunidad Autónoma que corresponda, o bien, Certificado o Resolución relativo al grado de incapacidad permanente del Instituto Nacional de la Seguridad Social donde aparezca el grado de discapacidad.
  • En caso de familia monoparental, libro de familia o cualquier otro documento que indique la situación de monoparentalidad.
  • La instrucción del procedimiento la llevará a cabo el/la empleado/a público/a del área competente, quién realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación de la correcta presentación de las solicitudes y documentación exigida, así como para el estudio de los datos relativos a la actuación subvencionable y del cumplimiento de las condiciones del/la solicitante para ser
  • Solicitar cuantos informes se estimen necesarios para resolver, o sean exigidos por las normas que regulen las subvenciones.
  • Comprobar datos que obren en poder de la Administración Local o en el de otras Administraciones Públicas. Asimismo, deberá informar sobre que solicitantes cumplen y cuáles no los requisitos formales y materiales exigidos para ser beneficiario/a, lo que elevará como propuesta para que pueda dictarse resolución.
  • La comisión de valoración, como órgano colegiado de carácter técnico, estará compuesta por al menos por 3 miembros, sin que puedan formar parte de esta los cargos electos y personal eventual.
  • El/la empleado/a público/a instructor/a, formulará propuesta de resolución provisional, que deberá notificarse a todos los/as interesados/as en la forma que se establezca en la convocatoria, concediendo un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. La propuesta de resolución provisional estará debidamente motivada especificando la puntuación obtenida por los/as solicitantes y las cuantías de subvenciones propuestas. Si la propuesta de resolución se separa del info rme técnico de valoración, en todo o en parte, el deberá motivar su decisión, debiendo quedar constancia en el expediente. Dicha propuesta de resolución provisional será objeto de publicación en el tablón de anuncio de esta Corporación otorgando un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el tablón de anuncios para que las personas interesadas la presenten las alegaciones que estimen oportunas acompañadas de los documentos en los que se fundamenten las mismas.
  • El órgano competente resolverá el procedimiento a la vista de la propuesta de resolución definitiva
  • La resolución será motivada y contendrá de forma expresa, la relación de solicitantes, la relación de a quienes se les concede la subvención y a quienes se les desestima, excluye o se les tiene por desistidos.
  • Si el órgano concedente se aparta en todo o en parte de la propuesta del instructor deberá motivarlo suficientemente, debiendo dejar constancia en el expediente.
  • En lo que respecta a la notificación de la resolución, se llevará a cabo de conf ormidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • La resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el tablón de anuncios y en la página web o sede electrónica de la entidad concedente siendo és tos los medios de publicidad de las subvenciones concedidas.
  • Transc urridos 5 días hábiles o plazo que se indique en la convocatoria desde la notificación de la concesión sin que el beneficiario haya manifestado lo contrario, se entenderá que acepta la subvención en todos sus términos, sin perjuicio de los recursos que pueda interponer contra la resolución.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, excepto los supuestos previstos legal o regla mentariamente, computándose el plazo desde el día hábil siguiente a la publicación de la convocatoria.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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