CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES SOCIALES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE SERVICIOS SOCIALES 2026

Título oficial: CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES SOCIALES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE SERVICIOS SOCIALES 2026

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra convoca concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sociales sin ánimo de lucro establecidas en este municipio, cuyo ámbito de actuación esté directamente vinculado con las competencias de la Delegación de Servicios Sociales…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 350.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser organizaciones sin ánimo de lucro.
  • Encontrarse constituidas formalmente con arreglo a su normativa específica e inscritas en el registro correspondiente.
  • Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones con un año de antelación al de la solicitud de subvencióny tener actualizada la información anual prevista en dicho Registro antes del 28 de febrero de 2026.
  • Que su sede social se halle en el municipio de Alcalá de Guadaíra. En caso contrario debe disponer de un local con actividad permanente y deberá acreditarse la afiliación de al menos 25 vecinos de este municipio mediante certificación nominal de los mismos.
  • Que sus fines estatutarios estén directamente relacionados con el objeto de la convocatoria.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones, según el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones(LGS).
  • Las entidades sociales solicitantes deberán reunir los anteriores requisitos a la fecha de finalización del plazo de solicitud y mantenerse, al menos, desde el inicio del proyecto hasta la presentación de la justificación del mismo.
  • Los documentos acreditativos e informaciones a que se refiere el párrafo 1.f) anterior, podrá sustituirse por la presentación de una declaración responsable, recogida en el Anexo 1.
  • Quedan excluidas expresamente de la presente convocatoria: Fundaciones, AMPAs, hermandades y peñas; asociaciones sindicales, vecinales, culturales , deportivas y empresariales, así como federaciones de asociaciones cuando algunas de sus asociaciones federadas sean solicitantes para la misma linea de subvención.
  • No podrán subvencionarse aquellos proyectos que reciban cualquier tipo de subvención o ayuda por parte de OTRO área o servicio del ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org 1 SelloAytoAlcalaGuadaira(1de1) Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra Fecha Firma: 19/06/2026 HASH: 956db2e345caeb19dcbef10a47f67157
  • En el supuesto excepcional de que el coste del proyecto supere los límites establecidos por líneas y ámbito sectorial , la entidad deberá especificar otras fuentes de financiación.
  • En ningún caso se subvencionaran proyectos que respondan a ámbitos de otras Áreas o Delegaciones municipales.
  • La solicitud deberá formalizarse utilizando obligatoriamente los modelos establecidos en la convocatoria. La presentación de la solicitud y demás documentación deberá hacerse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (https://www. alcaladeguadaira.es/sede- electronica) y estará firmada por la representación legal de la asociación.La firma deberá efectuarse por medios electrónicos.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.
  • La documentación necesaria para la tramitación de la solicitud de subvención, será la siguiente:
  • Documento desolicitud(anexo I) .
  • Proyecto o programaa realizar (anexo II). Sólo se podrá presentar UN PROYECTO por entidad del conjunto de proyectos recogidos en el anexo.
  • Documento acreditativo de lacuenta bancariaa nombre de la entidad perceptora, a la que deba transferirse, en su caso, el importe de la subvención.
  • Declaración responsablesobre los siguientes aspectos (Anexo I-Reverso):
  • No ser deudora de ningún organismo oficial de ámbito local, autonómico, ni estatal y estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad social.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Los gastos han de producirse durante el período de ejecución del proyecto y abonados con anterioridad a la presentación de su justificación en la administración local.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Serán subvencionables todos los gastos que se incluyen en las siguientes categorías: costes directos y costes indirectos. A.- COSTES DIRECTOS.Son aquellos gastos realizados para la consecución directa de los
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    B.1.- Gastos de Personal Estructural:
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Retribuciones de personal no directo: Salarios y seguridad social del personal administrativo, directivo, de secretaría o de supervisión que no realiza tareas específicas en el proyecto.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Gestión externa: Servicios de asesoría contable, laboral, fiscal o jurídica necesaria para el funcionamiento global de la entidad.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    B.2.- Gastos de Funcionamiento y Suministros:
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Suministros básicos: Facturas de electricidad, agua, gas e internet de las sedes donde se desarrolla la actividad.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Alquileres: Arrendamiento de oficinas, locales de atención o almacenes de la entidad beneficiaria.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Comunicaciones: Gastos de telefonía fija, móvil y servicios postales. Plaza del Duque nº 1 – 41500 – Alcalá de Guadaíra. – C.I.F. P4100400C - Nº registro EE.LL. 01410042 - http://www.ciudadalcala.org 8
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    B.3.- Gastos de Mantenimiento y Oficina
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Mantenimiento: Limpieza de las instalaciones, reparaciones ordinarias y seguridad.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Material de oficina: Papelería, consumibles de informática (tóner) y material no inventariable necesario para la administración.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Seguros: Pólizas de responsabilidad civil general o seguros de las instalaciones.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación para contratos del Sector público para el contrato menor, la persona jurídica beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades/personas jurídicas que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Nose podrá incluir como gasto subvencionable elimporte del IVA deduciblecuando la persona jurídica beneficiaria esté obligada a realizar declaración del mencionado impuesto y, por tanto, la cantidad que podrá imputarse como gastos de facturas, recibos y cualquier documento que contemple dicho impuesto, es la correspondiente a la base imponible de los justificantes, sin incluir el
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    En ningún caso serán gastos subvencionables:
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Los gastos de amortización de los bienes inventariables.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Los gastos corrientes del mantenimiento económico financiero de la estructura central de la entidad.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Gastos de adquisición de bienes inmuebles.
  • Se considerangastos subvencionables, a los efectos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencio · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales, previstos en el artículo

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra convoca concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sociales sin ánimo de lucro establecidas en este municipio, cuyo ámbito de actuación esté directamente vinculado con las competencias de la Delegación de Servicios Sociales . La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sociales sin ánimo de lucro establecidas en Alcalá de Guadaíra cuyo ámbito de actuación esté directamente vinculado con las competencias de la Delegación de Servicios Sociales, bases aprobadas por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra de 18 de junio de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla n.º 124 de 27 de junio de 2024. El objeto de esta convocatoria se concreta en el desarrollo de proyectos y/o actividades de acción social que den continuidad a las líneas de actuación del plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento, a realizar por las distintas entidades del Área Social de la localidad, relacionados con la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, familia e infancia,voluntariado, atención a colectivos en situación de dependencia, personas con discapacidad, población inmigrante y personas mayores.