Personas físicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

CONVOCATORIA DE CONCESION DE AYUDAS ECONOMICAS PARA EL APRENDIZAJE DE OTROS IDIOMAS PARA EL AÑO 2026, DEL AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA.

2. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. A tal efecto, la concesión de las ayudas se realizará mediante el análisis de las solicitudes presentadas en tiempo y forma, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la base 6. Se abonará a cargo de la partida presupuestaria 33400-4890007 “Convocatoria subv aprend otros idiomas” del vigente presupuesto prorrogado para el año 2026, con un máximo de 7.000 €.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • 1. Todos los documentos serán originales o compulsados por el Ayuntamiento.
  • 2. Los datos de las personas solicitantes se tratarán según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
  • 3. Junto con la Instancia General de solicitud de beca se aportará:
  • Certificado de la entidad organizadora del curso en el que se detallarán las condiciones del mismo: fechas de duración, nivel, número de horas, asistencia y coste del curso. Para poder cobrar la ayuda, la asistencia deberá ser superior al 75%.
  • Justificante del pago de la matrícula (expedido por la entidad bancaria o la entidad organizadora del curso). En el caso de haber abonado el curso a plazos, se deberán presentar los recibos bancarios.
  • Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria en la que se desea se ingrese la subvención.
  • 4. Una vez finalizado el curso para el que se solicita la beca (y siempre antes del 30 de septiembre de 2025), se deberá adjuntar un certificado de asistencia expedido por la entidad formadora la que se ha acudido. Para poder cobrar la ayuda la asistencia deberá ser superior al 75%. En el mismo certificado deberá aparecer el nivel o niveles superados.
  • 5. Subsanación de errores. Si en la solicitud presentada faltara algún documento o dato, el Ayuntamiento requerirá completar la solicitud en el plazo de diez días naturales desde la recepción de la notificación. Si pasado ese plazo no se ha aportado la documentación o datos requeridos, se entenderá que la persona solicitante renuncia a la solicitud.
  • 1. La beca ascenderá al 40% del importe de la matrícula.
  • 2. En cualquier caso, el o la alumno/a no recibirá una beca superior a 400 euros en cada convocatoria.
  • 3. En el supuesto de que importe total de las ayudas supere la consignación económica reservada para la convocatoria en los presupuestos municipales, se procederá al prorrateo entre las personas beneficiarias de la convocatoria que cumplan los requisitos establecidos.
  • - RESOLUCIÓN, NOTIFICACIÓN Y PAGOS
  • 1. Si al hacer la solicitud el curso ha finalizado, la persona solicitante recibirá el 100% de la beca tras la realización de informe favorable por parte de la Comisión de Educación del Ayuntamiento y la resolución correspondiente del órgano municipal competente.
  • 2. Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá imponer
  • Recurso CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución.
  • Recuso de ALZADA ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de UN MES siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
  • Recurso de REPOSICION ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
  • - OBLIGACIONES DE LA PERSONA SOLICITANTE
  • Comunicar al Ayuntamiento los cambios relevantes introducidos en el desarrollo de los cursos subvencionados.
  • Facilitar el cometido de los/as evaluadores.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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2. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. A tal efecto, la concesión de las ayudas se realizará mediante el análisis de las solicitudes presentadas en tiempo y forma, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la base 6. Se abonará a cargo de la partida presupuestaria 33400-4890007 “Convocatoria subv aprend otros idiomas” del vigente presupuesto prorrogado para el año 2026, con un máximo de 7.000 €.