Personas físicasVivienda y alquilerES523 - Valencia / València

cesión de uso temporal de vivienda destinada a cubrir necesidades de emergencia habitacional 2026

Título oficial: Convocatoria de cesión de uso temporal de vivienda destinada a cubrir necesidades de emergencia habitacional 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Vivienda y alquiler.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 600,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronadas y residir efectivamente en el municipio de Silla, los miembros de la unidad familiar y/o de convivencia, con una antigüedad mínima de dos años continuados en el momento de la solicitud.
  • La persona o unidad de convivencia solicitante deberá acreditar disponer de ingresos regulares y suficientes que permitan asumir la aportación mensual establecida para la ocupación de la vivienda, fijada en 100,00 € mensuales, así como los gastos derivados de los suministros de la vivienda (agua, luz, gas…)
  • Ser, la persona solicitante, mayor de edad o menor emancipada y no tener modificada su capacidad legal, por resolución judicial y de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil.
  • Disponer de DNI, CUE (Certificado de registro de ciudadano de la UE) o TIE en vigor. En caso de no disponer de TIE, la resolución favorable de concesión de la estancia, residencia y/ o trabajo en España dictada por la Oficina de Extranjería correspondiente.
  • En caso de que las personas solicitantes no tengan la nacionalidad española o de un país de la Unión Europea deberán acreditar estar en posesión del permiso de residencia en vigor.
  • Teniendo en cuenta que la vivienda consta de una superficie útil total de 42,30 m 2, la ocupación
  • No ser titular, ni la persona solicitante ni ningún miembro integrante de la unidad familiar o de convivencia, del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional. En este apartado se incluye cuando lo sea por el 50%, adquirido por título de herencia.
  • No haber renunciado, ni la persona solicitante ni ninguno de los integrantes de su unidad familiar y/o de convivencia a otra vivienda pública que, habiendo sido solicitada con anterioridad, les hubiera sido adjudicada. No obstante, se exceptuará este requisito cuando la renuncia se hubiera debid o a la existencia de barreras arquitectónicas que dificultaran gravemente el uso como vivienda del inmueble a alguno de los miembros de la unidad de convivencia, por las especiales condiciones de éstos.
  • Acreditar las situaciones de necesidad de recurso residencial o habitacional manifestadas por la persona solicitante, de conformidad con las establecidas en el baremo que se adjunta como
  • El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, y empezará a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia del extracto de la convocatoria.
  • Así mismo se publicará en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Silla.
  • VI. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes deberán presentarse por Registro de Entrada General al Ayuntamiento de Silla por
  • Electrónicamente, si la persona posee certificado digital podrá presentar la solicitud por Registro Electrónico del Ayuntamiento de Silla, http://silla.sede.dival.es.
  • Presencialmente en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Silla, Calle Castell, n.º 8.
  • Cualquier otra forma permitida en derecho.
  • La solicitud se realizará mediante la presentación de los correspondientes impresos normalizados para la concesión de la ayuda correspondiente, acompañada de la documentación preceptiva.
  • VII. DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR A LA SOLICITUD Benestar Social Expediente 2890315C
  • 3 Junto con la solicitud deberá presentarse la documentación acreditativa de las circunstancias que alegue la persona solicitante para ser tenidas en cuenta en la baremación, así como cualquier otra documentación que le pueda ser exigida por los servicios sociales del Ayuntamiento,
  • DNI/NIE de las personas integrantes de la unidad familiar o de convivencia.
  • Libro de familia, en su caso.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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