BECAS PARA LOS JÓVENES DEL CAMPUS DE OCUPACIÓN DE CALONGE Y SANT ANTONI PARA EL EJERCICIO 2026

Título oficial: CONVOCATORIA DE BECAS PARA LOS JÓVENES DEL CAMPUS DE OCUPACIÓN DE CALONGE Y SANT ANTONI PARA EL EJERCICIO 2026

El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de ayudas con el fin de apoyar económico a los jóvenes que sigan un itinerario de inserción del Campus de Ocupación de Calonge y Sant Antoni. Se trata de una ayuda económica directa para las personas jóvenes participantes que tiene como objetivo asegurar su permanencia y garantizar su participación y aprovechamiento del itinerario del Campus de Ocupación. La concesión de estas ayudas se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CALONGE.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €. Inicio: 01/09/2026. Plazo: Fin: 15/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los jóvenes de entre 16 y 21 años, en situación de paro, que formen parte del CAMPUS y que cursen programas de inserción laboral y motivación personal de los jóvenes de Calonge y Sant Antoni.
  • Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:
  • Estar empadronado en el municipio de Calonge y Sant Antoni.
  • Estar inscritos en el Campus de Ocupación, al Club del Trabajo y a Garantía Juvenil.
  • Haber firmado la hoja de aceptación de las bases y del plan de trabajo estipulado entre el técnico y el joven.
  • No estar sometido en ninguno de las causas de prohibición contenidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni. En el momento de presentación de las solicitudes se tendrá que aportar la siguiente
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Hoja de inscripción en el Club del Trabajo y Garantía Juvenil.
  • Certificado actualizado de la Oficina de Trabajo de la Generalitat donde conste su inscripción como persona demandante de ocupación y, si se tercia, la percepción de prestaciones de paro.
  • Declaración responsable conforme está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni, autorizando en el Ayuntamiento para que pueda obtener directamente los certificados acreditativos ante las administraciones correspondientes.
  • Criterios de valoración de las solicitudes Dentro del plazo máximo de 5 días desde el acabamiento del plazo por la presentación de solicitudes o, si hace falta, el de enmienda de las presentadas, se reunirá la Comisión Técnica de
  • Revisión de las solicitudes.
  • Elaboración de las listas provisionales de admitidos y excluidos.
  • Propuesta de resolución de las reclamaciones formuladas contra las listas de admitidos y excluidos.
  • Elaboración de las listas definitivas.
  • Valoración mensual de la asistencia al programa de inserción laboral o motivacional. Una vez elaborada la lista provisional de admitidos y excluidos, esta será elevada al Regidor Delegado de Promoción Económica por su aprobación y se hará pública al azulejo de anuncios electrónico del Ayuntamiento y a la página web del Ayuntamiento de Calonge y Sant Antoni. Se podrán formular reclamaciones contra las listas provisionales de admitidos y excluidos dentro del plazo máximo de 3 días desde el día de su publicación. Las reclamaciones se tendrán que presentar por escrito mediante instancia presentada ante el Registro General de Entrada a la Oficina de Atención al Ciudadano (*OAC) de forma presencial o electrónica. En caso de no producirse ninguna reclamación, estas listas acontecerán definitivas. La Junta de Gobierno, a propuesta del Regidor Delegado de Promoción Económica, resolverá las
  • Denegación de la ayuda, con el motivo correspondiente que podrá ser:
  • Que no haya disponibilidad presupuestaria suficiente.
  • Que no se haya aportado la documentación requerida.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de ayudas con el fin de apoyar económico a los jóvenes que sigan un itinerario de inserción del Campus de Ocupación de Calonge y Sant Antoni. Se trata de una ayuda económica directa para las personas jóvenes participantes que tiene como objetivo asegurar su permanencia y garantizar su participación y aprovechamiento del itinerario del Campus de Ocupación. La concesión de estas ayudas se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.