Personas físicasEstudiantes y educaciónES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

becas para estudiantes del Programa de Doctorado en Género y Diversidad de la Universidad de Oviedo, curso académico 20 · 2026/2027

Título oficial: Convocatoria de becas para estudiantes del Programa de Doctorado en Género y Diversidad de la Universidad de Oviedo, curso académico 2026-2027 en régimen de concurrencia competitiva

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Fotocopia del DNI de la personas solicitante, en vigor.
  • Certificación Académica con nota media en base 10 de la titulación de acceso.
  • Detalle de la liquidación de la matrícula curso 2026-2027
  • Anexo II. Impreso de datos bancarios de terceros/as acreedores/as de la Universidad de Oviedo que figura como Anexo II de esta convocatoria.
  • Anexo III. Declaración de estar al corrient e de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no estar incurso /a en el resto de prohibiciones recogidas en el art. 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se ajustará al modelo que figura como Anexo III.
  • A los efectos de concurrencia a los méritos del apartado C de valoración , las personas solicitantes aportarán en la solicitud telemática de la Ayuda a través del tramitador
  • Copia de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas de todos los miembros de la unidad familiar o certificación emitida por la Agencia Tributaria, correspondiente al ejercicio 2025.
  • Certificado de padrón municipal donde se especifique la relación de integrantes de la unidad familiar que conviven.
  • Cuando se alegue independencia familiar y económica, deberá presentar título propiedad de la vivienda o contrato de alquiler de la misma, copia de la declaración de la renta del año 202 5 y, si no la hizo, un certificado de imputaciones del año 2025.
  • Si cobr a una prestación o pensión, el documento del reconocimiento del Organismo Competente o solicitando un certificado en el mismo con los
  • El estudiantado extranjero deberá acreditar documentalmente qué personas integran la unidad familiar y los ingresos de la misma. En este caso se podrán consignar los ingresos de la familia en la moneda propia del país en que se obtengan. El cálculo de su contravalor en euros se hará aplicando el tipo oficial que hubiera tenido la moneda respectiva el pri mer día hábil de
  • La persona solicitante que no hubiera presentado la declaración de la renta de 2025 por estar exenta de ello o hubiera percibido ingresos libres de impuestos deberá acreditarlo documentalmente.
  • La administración universitaria podrá solicitar a la persona solicitante otros documentos distintos de los enumerados anteriormente cuando por medio de estos no quede debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda.
  • 4. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
  • 5. En aplicación al apartado octavo de las bases reguladoras, los datos personales recogidos en la solicitud tiene carácter obligatorio y podrán ser tratados por la Universidad de Oviedo de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, con el fin de la correcta gestión de las mismas, así como para el ejercicio de las demás funciones propias del Servicio Público de Educación Superior, reguladas en la Ley Orgánica de Universidades y en los Estatutos de la Universidad de Oviedo. Decimotercero.- Tramitación de las solicitudes
  • 1. El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión es el Vicerrectorado de Investigación a través del Servicio de Postgrado , que revisará las solicitudes y verificará que contienen la document ación exigida y que cumplen los requisitos requeridos. Seguidamente, aprobará una lista provisional de admitidos y excluidos que publicará en la web de la Universidad de Oviedo (http://.www.uniovi.es), así como en el tablón de anuncios del Centro Internacional de Postgrado , concediendo a los interesados un plazo de cinco días hábiles, para que aleguen lo que estimen necesario sobre la subsanación de los defectos por los que fueron excluidos o aporten la documentación omitida en su solicitud , haciéndole sabe r que en caso contrario su solicitud será archivada, de conformidad con el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido el plazo citado,
  • 2. El Vicerrectorado de Investigación podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por los aspirantes. Igualmente, podrá recabar cuantos informes, datos o aclaraciones considere oportunos para resolver las solicitudes. Decimocuarto.- Comisión de Valoración
  • 1. La valoración de las solicitudes presentadas corresponderá a la Comisión de Valoración cuyos miembros serán nombrados por el Rector, a propuesta de la Vicerrectora de Investigación y que
  • Presidente: Vicerrectora de Investigación o persona en la que delegue
  • Vocales: o Directora de Área de Doctorado o persona en quien delegue o Coordinadora del Programa de Doctorado en Género y Diversidad o Un/a profesor/a del Programa de Doctorado en Género y Diversidad o Un/a representante del Instituto Asturiano de la Mujer o Un/a representante del estudiantado miembro del Consejo de Gobierno

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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